Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

188 respuestas
Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010
1 suscriptores
Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010
Página
16 / 24
#121

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

En mi opinión, están haciendo lo correcto y lo legal, creo que no podéis hacer nada.

Saludos.

#122

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Llevo alquilando un local comercial desde hace tiempo. Al inquilino siempre le hemos dado un recibo todos los meses detallando datos del arrendador,cif del arrendatario, importes, IVA, IRPF, fecha, ...etc.
Nos han comentado que lo correcto sería dar una factura.¿Es esto cierto? ¿Qué diferencia hay entre factura y recibo?

#123

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

No va a haber problema. Lo que estás entregando es realemente una factura... bueno, para serlo te falta poner el nombre: "factura" y un número de factura.

Saludos.

#124

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

al. rodrigo, necesito una mano en una cuestión.

Acabo de repasarme casi todo el hilo, pero tengo una duda, a ver si logro explicarme medianamente bien.

Un familiar alquilará un local comercial, me queda claro que yo cobro el iva y lo tengo que ingresar trimestralmente y que el inquilino tiene que pagar la retención (ingresandola en hacienda).

La pregunta es, el inquilino recupera algo del iva o de la retención posteriormente?.

Me refiero a que, conociendo como están las cosas, me pondrá pegas y me dirá que además de la renta mensual (iva incluido) el tiene que ingresar todos los meses x de irpf, y que le sube mucho la factura. Mi "defensa" es hacerle ver que, lo que paga de iva o de irpf lo recupera a posteriori (si es que realmente puede recuperar algo, que eso es lo que pregunto).

A ver si me puedes aportar algo de luz, y agradecido.

Método, disciplina y tiempo

#125

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

El inquilino, si realiza una actividad sujeta y no exenta de IVA, podrá deducir las cuotas soportadas por el alquiler del local. Si realiza una actividad no sujeta o una actividad sujeta pero exenta, podrá deducir en su IRPF o en su impuesto de sociedades, como mayor gasto, esas cuotas soportadas y que no puede deducir al no repercutir IVA.

La retención la recuperará el arrendador, en todo caso, en su IRPF o en su impuesto de sociedades. Pero el inquilino está contabilizando como gasto el importe íntegro del alquiler, no el importe del alquiler menos la retención.

Saludos.

#126

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Perfectamente claro!, esa era la duda, te lo agradezco al.rodrigo.

Saludos.

Método, disciplina y tiempo

#127

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Le estoy dando vueltas...

Si mi inquilino (una tienda de gominolas) vende 1000 euros en gominolas, deberá pagar de iva 190 euros ¿correcto?, ya que cuando yo le pago 1000 euros por las gominolas, estoy pagando 190 de iva que ya va en el precio.

Ok.

Cuando trimestralmente el tendero tenga que pagar a hacienda pagará 190 que debe ingresar MENOS el IVA que yo he ingresado en su nombre, por ejemplo 180 euros en el trimestre. DE MANERA que él, realmente, deberá ingresar la diferencia, en este caso 10 euros.
¿todo esto es correcto?

Perdona por ser pesado, pero es que me toca explicarselo al inquilino y me temo (con todos los respetos) que no se enterará facilmente.

Método, disciplina y tiempo

#128

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Es casi correcto, salvo que te has equivocado en los porcentajes, el tipo general es el 18%. Y siempre suponiendo que el inquilino no está en recargo de equivalencia.

Tu inquilino vende gominolas. De 1.000 euros (IVA incluido) que vende en el trimestre, 847,46 euros (1.000 / 1,18) son sus ingresos y 152,54 euros el IVA repercutido.

Vamos a suponer la siguiente factura mensual del alquiler:

Arrendamiento ..... 100,00
IVA (18%) ......... 18,00
IRPF (19%) ........ -19,00

TOTAL a pagar ..... 99,00

A ti, al mes te paga 99 euros. A Hacienda, al trimestre le pagará, por IVA 152,54 - (3 x 18) = 98,54 euros, y por retenciones 3 x 19 = 57 euros.

Por el local del alquiler, mensualmente tiene:

Gastos: 100 = 100 euros

Pagos realizados a ti: 99 euros
Deudas con hacienda: 19 euros
Créditos contra hacienda: 18 euros

Saludos.