Escritura de Aceptación y Adjudicación parcial de Herencia
Como nunca me he visto en una situación similar recurro a vosotros por si podeis ayudarme. Tras el fallecimiento de un tío de mi mujer (02/02/2015), que murió soltero y sin descendencia, sin que hubiera otorgado disposición alguna de última voluntad, se tramitó ante el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ferrol, el correspondiente expediente de declaración de herederos "ab intestato".
A continuación, en la escritura de Aceptación y Adjudicación parcial de Herencia de fecha 30/11/2015, en uno de sus apartados (ignoro cómo se llaman técnicamente), el Notario estableció que una hermana recibiese el doble de acciones que los demás (186 accs. del Santander; 12 accs. de Gas Natural SDG y 44 accs. de Telefónica) y compensase a otra hermana, que no recibió ninguna acción, y que reside en Shefield y está casada con un ciudadano británico, por el exceso de adjudicación, con 853,32€. Esta cantidad corresponde al 50% de la valoración de las acciones (93 a 5,1€; 6 a 19,61€ y 22 a 11,88€), supongo que con la cotización del día 30/10/2015.
A día de hoy las acciones todavía NO han sido depositadas en las diferentes cuentas de valores que los herederos abrieron a tal efecto en las entidades bancarias. Y aquí surge la duda, ¿la hermana que recibirá el doble de acciones tiene que compensar a la otra con los 853,32€ que figuran en la escritura o con la cantidad que resulte de aplicar a las acciones recibidas en exceso, la cotización bursátil del día que se depositen las acciones en la cuenta de valores?.
Es posible que la respuesta a mi pregunta sea muy evidente pero reconozco mi ignorancia sobre este asunto.
Muchísimas qracias por vuestra ayuda y recibid un cordial saludo