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¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?

6 respuestas
¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?
¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?
#1

¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?

En noviembre de 2015 tuve un juicio contra el INSS por haberme denegado la prestación de maternidad (hijo nacido en 2014). Pagué a mi abogado 500 € de provisión pero no tengo factura. En abril 2016 sale la sentencia a mi favor y otorga la posibilidad de que el INSS recurra. Finalmente recurren la sentencia y estamos a la espera de un recurso de alegaciones. Mi abogado me ha dicho que me facturará todo junto tras dicho recurso.

Mis dudas son:

- ¿Puedo desgravarme por este caso? Es decir, ¿puede considerarse el INSS como "la persona de la que percibe los rendimientos" que menciona el artículo de la ley del IRPF?

- En caso afirmativo, ¿puedo considerar el juicio y el recurso como 2 procedimientos judiciales diferentes y desgravarme en el IRPF 2015 y en el IRPF 2016? Al fin y al cabo, tengo que pagar más a mi abogado por culpa del recurso... Supongo que tendría que tener 2 facturas separadas.

- Por último, ¿puedo desgravarme en la declaración del IRPF 2015 siendo la factura del abogado del 2016 (pero que haga referencia en el concepto al juicio del 2015)? ¿Puedo justificar (en caso de requerimiento) con un "recibí" fechado en 2015 y la sentencia que indica la fecha en que se celebró el juicio?

Muchas gracias!

#2

Re: ¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?

Buenos días Mary, los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, se pueden deducir con el límite de 300 euros anuales siempre que sean debidos a procedimientos de despido, extinción de contrato o reclamaciones de cantidad derivadas de la relación laboral en vía judicial. Por lo que comentas, tu caso no es este, así que creo que no se pueden deducir. Tiene que haber un litigio y ser una defensa jurídica laboral.

Me parece que lo has consultado en otro foro y esta no ha sido la respuesta que te han dado. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal o lo consultes directamente con tu abogado. Saludos, 

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: ¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?

Gracias por tu respuesta, Amparo. Mi abogado me ha dicho lo mismo, que no me puedo deducir. También me ha dicho (por si alguien tuviera la misma duda) que para la agencia tributaria, el juicio y el recurso son un único procedimiento.

#4

Re: ¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?

En el artículo 19.2.e de la Ley 35/2006 (IRPF), pone literlamente:

e) Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.

En el reglamento del Impuesto no se precisa más.

¿Donde está regulado que "sean debidos a procedimientos de despido, extinción de contrato o reclamaciones de cantidad derivadas de la relación laboral en vía judicial" ?

La siguiente consulta

http://petete.minhap.gob.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=38163&Consulta=%2EEN+NUM-CONSULTA+%28V1202-16%29&Pos=0&UD=1

y otras similares parece que van en el sentido de entender que estos gastos son deducibles.

Saludos.

#5

Re: ¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?

Muy buen aporte. Queda claro (dentro de lo posible) que son deducibles con el límite de 300 €. Aunque sin factura o justificante documental, me temo que no sea posible.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: ¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?

Según el manual de la Renta 2015 que acabo de revisar hay dos tipos de dedudicciones por gastos asociados a la defensa jurídica: 

  • Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios con el empleador (máximo: 300 euros anuales) - donde no se indica nada más.
  • Para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral (Art. 15 ter Decreto Legislativo 1/2009) El importe satisfecho por el contribuyente, en concepto de gastos de defensa jurídica derivados de la relación laboral en procedimientos judiciales de despido, extinción de contrato y reclamación de cantidades (máximo: 200 euros anuales, tanto en tributación individual como conjunta).

En el primer caso "el empleador" debería verse bien la definición de ello.

Saludos, 

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#7

Re: ¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?

Respecto al punto número uno de tu comentario. El Manual, dice lo mismo que ha copiado harko en su comentario 4. Pone literalmente:

6. Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que recibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.
Página 112 del Manual Renta 2015 de la Agencia Tributaria. No veo que haya que buscar la definición de "empleador" porque no aparece. Respecto al punto dos de tu comentario. Creo que has copiado ese párrafo de una deducción autonómica. Concretamente Andalucía. Un saludo.