Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.
No he visto por ahí causa alguna que pueda demostrar la desvinculación si se ha vuelto a trabajar en la empresa y que sea aceptada por la AEAT (también acepto correcciones en esto).
Si bien, la sentencia que enlaza el compañero forero hace unos post, deja intuir que podría ser aceptado -por un tribunal, que esto es importante en contraposición con la AEAT- una diferencia en salario o en condiciones laborales (en el caso que me "ha ocupado" el trabajador ha pasado de fijo en la empresa con una antigüedad laboral del 2003 y trabajando a tiempo completo, a un contrato a tiempo parcial y por un periodo determinado, en total 7 meses para la sustitución de la baja de una empleada por maternidad).
Obviamente, la antigüedad no le fue respetada, aunque las funciones, sí eran las mismas (se trataba de una PYME (7 trabajadores) con una labor bastante determinada. Pero, como digo, si la encargada de resolver en primera instancia es la AEAT y desestima, no quedaría más que llegar a los tribunales en un proceso bastante largo en el tiempo.
Y no, la "segunda vez" ha sido, lógicamente, un final de contrato.
Otra particularidad que puede ser interesante como muestra de una desvinculación es el hecho de que el trabajador, como tenía contrato a tiempo parcial, tenía ingresos tanto de INEM como del trabajo -se pueden compatibilizar-. Incluso entiendo que se va a alegar que, en los primeros meses del contrato, la percepción económica mayor provenía de INEM (era mayor la cuantía de la prestación que la cuantía de la nómina).
Ya veremos qué recorrido tiene el asunto, aunque uno se malicia que la Agencia Tributaria, en primera instancia no va a aceptar las alegaciones.
Suerte a todos.
no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida