Buenas tardes de nuevo;
A grandes rasgos y para que sirva de resumen lo que tenemos que mirar es lo siguiente:
- ver si estamos o no obligados a declarar, si su marido no lo está no tiene porque hacer la declaración (salvo que le salga a devolver que ya ha comentado que no es el caso)
-usted en en el caso que este obligada la tendrá que presentar, se podrá aplicar el 50% del mínimo por descendientes ya que el otro 50% corresponde a su marido (y como ya hemos comentado anteriormente la aplicación de este derecho no se puede ceder a un tercero).
-Por último usted aplicará en su declaración individual la totalidad de la deducción por familia numerosa teniendo que dejar constancia de que su marido le cede su parte del derecho ( la forma de proceder viene detallada en el documento previo que he colgado) ya que la aplicación de esta deducción si es un derecho que se pueda ceder a un tercero ( como es el caso de un matrimonio en el que ambos tienen derecho a la deducción por familia numerosa)