Pago plusvalía en Ayto Madrid por venta vivienda
Buenas noches,
Mis hermanos y yo hemos vendido recientemente una vivienda heredada y ahora tenemos que calcular y pagar la plusvalía que corresponde en el Ayuntamiento de Madrid, pero nos surgen algunas dudas que paso a comentaros por si alguien me puede ayudar. Os cuento brevemente nuestro caso:
- La propietaria de la vivienda falleció en el año 1974 dejando un usufructo vitalicio a favor de una tercera persona que falleció en Abril de 2014.
- Nosotros heredamos la nuda propiedad de vivienda en el año 2008, mediante Sentencia Judicial al haber ido renunciando los diferentes herederos con anterioridad.
- En Abril de 2014 adquirimos el pleno derecho sobre la vivienda y procedemos a venderla en Marzo de 2015.
- En el Ayuntamiento nos comentan que la plusvalía debe calcularse desde el año del fallecimiento del propietario (1974) hasta el año de la venta del inmueble.
Nuestras dudas son:
1. Si nosotros no somos propietarios hasta el año 2008, ¿realmente debemos calcular la plusvalía desde el 74? .
2. Para que el Juez nos declarara herederos, tuvimos que hacer frente a una deuda con la Comunidad de Vecinos bastante importante por unas obras realizadas en las zonas comunes. ¿Son deducibles en el cálculo de la plusvalía?
3. Uno de mis hermanos (copropietario de la vivienda) tiene una minusvalía del 65%. ¿Sabéis si tiene derecho a algún beneficio en la plusvalía?
Muchas gracias como siempre por vuestra ayuda.
Un saludo,