Fiscalidad Valores Santander Reforma
Buenas tardes,
Tengo una duda que nadie sabe responderme acerca de la compensación de los rendimientos negativos derivados de los Valores Santander.
Según publicó hacienda en su página "Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. (BOE, 05-julio-2014)" Se podrán compensar estos rendimientos con ganancias patrimoniales empezando este año 2014. Y el saldo resultante en los años siguientes siempre que no se exceda de los 4 años de su generación. Mi pregunta es ¿Existe algún límite? Ya que entiendo que no.
Con la reforma fiscal del 2015 y la nueva normativa para la compensación de rentas del ahorro (Los rendimientos de capital mobiliario que se integran entre sí en la base imponible del ahorro. Si los rendimientos obtenidos son negativos, su importe se compensará con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas patrimoniales que se declaren en el otro componente de la base imponible del ahorro)existe un límite del 10% para el año 2015.
Mi pregunta es ¿este límite aplica a los rendimientos de os valores? ya que estos son una normativa especial para estos rendimientos. ¿Quedan fuera de estos limites?
Muchas gracias por vuestro tiempo.