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Jubilación y aportacon a plan de pensiones

9 respuestas
Jubilación y aportacon a plan de pensiones
Jubilación y aportacon a plan de pensiones
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#1

Jubilación y aportacon a plan de pensiones

Una persona se jubila anticipadamente a los 63 años por la Seguridad Social, ¿le interesa seguir aportando a planes de pensiones hasta los 65 años o bien esas aportaciones que haga una vez jubilada no las puede recuperar cuando recupere el plan de pensiones?. ¿existe un plazo para recuperar los planes de pensiones una vez jubilado?. gracias

#2

Re: Jubilación y aportacon a plan de pensiones

Las aportaciones al plan de pensiones siempre se recuperan.

Respecto al plazo, si mal no recuerdo no hay plazo, pero con los cambios que va a haber los van a desincentivar totalmente...

#3

Re: Jubilación y aportacon a plan de pensiones

muchas grcaias Kyrie, pero yo pensaba que las aportaciones que se hacian a un plan de pensiones despues de la jublación no se recuperaban por el titular, sino que quedaban ahi y son recuperados pòr los herederos en su dia. saludos y gracias de nuevo

#4

Re: Jubilación y aportacon a plan de pensiones

Desde el 01/01/2007 se permite que una vez jubilado sigas aportando al plan de pensiones para la contingencia de jubilación, siempre y cuando no percibas prestación por jubilación de ningún plan de pensiones, ppa o similar. Una vez percibida alguna prestación por jubilación de alguno de esos "instrumentos" es cuando ya sólo puedes aportar para las contingencias de fallecimiento y dependencia.

Antes de la fecha indicada no podías hacerlo, además existía un plazo de seis meses desde el acaecimiento de la contingencia para solicitar la prestación. Plazo que en estos momentos no existe. Hubo que crear un régimen transitorio para los jubilados antes del 01/01/2007 y que no habían iniciado el cobro de la prestación, de tal forma que:

- Jubilados antes del 01/07/2006. Las aportaciones realizadas entre la jubilación y el 31/12/2006 no pueden destinarse a la jubilación. Sin embargo las aportaciones realizadas desde el 01/01/2007 hasta el cobro de la prestación sí pueden destinarse a jubilación.

- Jubilados después del 01/07/20006. Las aportaciones desde la jubilación hasta el cobro de la prestación pueden destinarse a jubilación.

Con la reforma fiscal que presumiblemente se aprobará, sigue igual pero se limita el período temporal en el que se puede aplicar la reducción del 40% para prestaciones en forma de capital que tengan su origen en aportaciones realizadas hasta el 31/12/2006, de tal forma que sólo puede aplicarse ese porcentaje reductor en el año de acaecimiento de la contingencia y en los dos siguientes. Para contingencias acaecidas antes del 31/12/2014 podrá aplicarse la reducción en los diez años siguientes al acaecimiento de la contingencia o hasta el 31/12/2018 si esta fecha es posterior.

Saludos.

#5

Re: Jubilación y aportacon a plan de pensiones

gracias al.rodrigo, pero el caso que te cuento la persona ya esta jubilada y recibiendo la prestación de jubilación; tenia entendido que las aportaciones realizadas despues de recibir las prestaciones de jubilación no se podian rescatar sino que quedaban oara los herederos a efectos de Sucesiones, ¿es correcto?. Muchas Gracias

#6

Re: Jubilación y aportacon a plan de pensiones

Sí está cobrando la pensión pública de jubilación pero no ha cobrado nada de ningún plan de pensiones, ppa o sistema de previsión social alternativo puede seguir aportando a su plan de pensiones para la jubilación.

Si ya ha cobrado algo por jubilación de algún plan de pensiones, ppa o sistema de previsión social alternativo es cuando puede aportar sólo para fallecimiento o para dependencia.

Quizás aquí lo veas más claro:

http://www.dgsfp.mineco.es/Gaspar/PPNormasEspecialesAportaciones.asp

Por último, las prestaciones de un plan de pensiones o similar nunca tributan en el impuesto de sucesiones (ni tan siquiera forman parte del caudal hereditario). En el caso de fallecimiento las cantidades percibidas por los beneficiarios tributan como rendimiento del trabajo.

Saludos.

#7

Re: Jubilación y aportacon a plan de pensiones

Hola. Tengo un plan de pensiones Proteccion 2015 PPI en el Bbva que vence en junio del año que viene. Hoy en el banco el director me ha dicho que me conviene traspasarlo a otro plan (que él llama dinerario??) antes del 31 de diciembre por no sé que cambio en la ley. Actualmente estoy jubilado desde el año pasado y pensaba rescatar dicho plan a su vencimiento. Alguien podría informarme sobre este cambio legislativo y en que consiste?
También me gustaría saber como rescatar dicho plan (que cantidad anual )para que me resulte mas favorable fiscalmente.
Muchas gracias

#8

Re: Jubilación y aportacon a plan de pensiones