Re: Pérdidas patrimoniales y recompra de acciones
El forero "Ramonchu11" que inicia este hilo, solo consulta si las perdidas que han quedado "cautivas" por la recompra de los mismo títulos en el plazo de los DOS meses que determina la norma antiaplicacion, tienen un plazo limite para que se mantengan "cautivas".
La contestación dada por "al.rodrigo" y "Masde50" son correctas a la consulta, no existe limite para que estas acciones "cautivas" no aplicadas, se puedan aplicar en el momento que venda las acciones recompradas que impiden su aplicación.
Si estas recompradas las mantiene en cartera sin tocar, durante por ejemplo 10 años , en ese ejercicio 2023, ejercicio de venta de las recompradas, es cuando en función del porcentaje de acciones que venda y deje "liberadas", estas se aplicaran en ese ejercicio y entran en el juego de compensaciones en ese momento.
Entiendo que la consulta esta correctamente contestada y además entendida.
El resto es analizar el método tan engorroso de calcular las acciones que van quedando
"liberadas" en un carrusel de compras-ventas de corto plazo.
Saludos