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Declaración conjunta cuando hay pensión incapacidad permanente total

2 respuestas
Declaración conjunta cuando hay pensión incapacidad permanente total
Declaración conjunta cuando hay pensión incapacidad permanente total
#1

Declaración conjunta cuando hay pensión incapacidad permanente total

Hola,
En casa somos 2 personas para hacer la declaración y hasta ahora la hemos hecho conjunta porque nos resultaba más favorable. En la declaración del 2013 será la primera vez que tenemos que incluir (supongo) la pensión por incapacidad permanente total de mi marido (inferior a 10.000€) que por lo que veo en la documentación que me han enviado de la Seguridad Social, no ha tenido ninguna retención.
Mi pregunta és:
Si hacemos la declaración conjunta, tenemos que incluir mis ingresos por rendimientos del trabajo más los de mi marido por la pensión? Porque si es así, al no habérsele practicado ninguna retención, la declaración conjunta nos resulta muy desfavorable. He estado mirando información sobre el tema y tengo claro que la incapacidad absoluta está exenta, pero en el caso de la total no lo veo tan claro.
Saludos y gracias,

#2

Re: Declaración conjunta cuando hay pensión incapacidad permanente total

Hola buenas tardes;

la pensión de incapacidad permanente total NO esta exenta y tiene la consideración de rendimiento del trabajo(las que estan exentas son la incapacidad absoluta y la gran invalidez)

Los rendimientos de la pensión tienen la calificación de rendimientos del trabajo y evidentemente si no nos han practicado retención(algo lógico por el importe que indicas)hará que la conjunta no os resulte para nada la opcion de tributación más favorable.

No obstante te hago saber que el hecho de tener reconocida una prestación por incapacidad permanente total permite reconocer en el contribuyente perceptor de la misma una discapacidad igual o superior al 33% lo cual evidentemente tambien tenéis que tener en cuenta a la hora de determinar el resultado de vuestra declaración declaración conjunta.

PD: el reconocimiento de la discapacidad es con indepencia de que si disponga o no del certificado acreditativo(es por el simple hecho de ser perceptor de la prestación por incapacidad permanente total)

#3

Re: Declaración conjunta cuando hay pensión incapacidad permanente total

La incapacidad permanente total esta sujeta al impuesto. Si haces declaración conjunta debes incluir los ingresos por esta pensión.
Es muy probable que la opción de tributación conjunta no sea la más favorable, para ello tienes el programa PADRE para hacer los cálculos pertinenetes.
La prestación por incapacidad permanente total presupone la existencia de un grado de minusvalía del 33% a considerar a los efectos de los mínimos correspondientes.

Saludos.