Hola,
@Estonio... hasta donde yo sé, tu empresa te deberia darte el llamado "certificado de servicios" donde consten fechas, pais y trabajo desempeñado en el extranjero (por lo visto es muy muy importante que diga que la empresa X extranjera ha sido beneficiaria de tu trabajo). No se si legalmente están obligados a darlo o no, imagino que aun estando obligados siempre puede "escurrirse" de hacerlo como me pasa a mi.
Yo estoy en una situación muy similar a la tuya. En 2014, 2015 y también 2017 mi empresa me ha mandado a trabajar fuera de España en beneficio de empresas extranjeras (distintos paises/empresas en 2014-2015 que en 2017) y NO se muestran nada colaborativos cuando les solicito documentación para poder aplicarme el 7P. He removido cielo y tierra pero RRHH como quien oye llover.
¿Tienen obligación de darme el llamado "certificado de servicios" donde se reflejen fechas, pais, trabajo desempeñado? A dia de hoy en la práctica se niegan, aunque no lo dicen de forma directa (esto me hace pensar que negarse, no pueden negarse...).
¿Qué podría hacer?
Por ahora, se me ha ocurrido que podria pedirle a la(s) empresa(s) beneficiaria(s) de mi trabajo que me emitan/firmen ellos el "certificado de servicios" ya que tuvimos y mantenemos buena relación ¿valdría esto de cara a hacienda?
El resto de evidencias (vuelos, facturas de hotel, etc...) las tengo. Incluso las facturas de hotel están en su mayoría a nombre de la empresa donde estoy contratado.
Ideas? En total calculo que la devolución podria ser superior a los 10.000€ :S