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Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante

15 respuestas
Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante
Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante
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#1

Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante

Me gustaría saber cómo tributa la nuda propiedad cuando el usufructo sobre esa nuda propiedad no es absoluto. La duda es sobre varios inmuebles en los que mi madre es plena propietaria del 50% y del otro 50% mi hermana y yo somos nudas propietarias y mi madre es usufructuaria de 1/4 parte (es decir, del 12,5%). Entiendo que ella debería declarar el 62,5% (en concepto de plena propiedad + usufructo) de todos los bienes inmuebles... Pero ¿deberíamos mi hermana y yo tributar por esa parte de nuda propiedad de la que mi madre no es usufructuaria o la nuda propiedad no tributa nunca mientras haya un usufructo, aunque el porcentaje de usufructo no sea por el total de la nuda propiedad?

#2

Re: Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante

Una cosa es la valoración del usufructo , ante una transmisión y otra cosa los efectos de este usufructo.

El usufructuario de un bien dispone del uso y de los frutos que este bien pueda generar, no tiene la propiedad que pertenece al Nudo Propietario.

En el IRPF se declaran las rentas de los bienes o su uso , por tanto corresponde exclusivamente al usufructuario declarar estos usos o rentas.

Saludos

#3

Re: Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante

Entiendo perfectamente lo que significa el usufructo y que es el usufructuario el que responde ante deudas, ganancias, etc..., pero no me queda clara la cuestión del IRPF sobre una Nuda Propiedad sin cuota de usufructo. Pregunté en Hacienda y me dieron a entender que quizá mi hermana y yo sí que tendríamos que tributar por ese porcentaje de Nuda Propiedad que resta tras descontar la cuarta parte de usufructo de mi madre. Tampoco nos lo dijeron taxativamente....

Por ejemplo, en un inmueble (que no es vivienda habitual):
Madre: 50% pleno dominio + 12,5% usufructo = Declara el 62,5%. El 37,5% restante sería Nuda Propiedad de mi hermana y mío y nadie tendría el usufructo de esa parte ni el pleno dominio. ¿Entiendo por tus palabras que esa parte de propiedad no habría que hacerla constar en ningún lado de mi Declaración del IRPF ni en la de mi hermana por ser Nuda Propiedad a secas? Es decir, ¿puede quedar un porcentaje de un inmueble sin declarar por ningún lado? Eso nos beneficiaría a ella y a mí, claro.

Gracias por las aclaraciones. Ya es bastante duro perder a una persona a la que quieres como para después tener que enfrentarte a mil cuestiones burocráticas que a veces hacen perder la moral.

#4

Re: Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante

La nuda propiedad es lo que queda tras atribuirle a otra persona el usufructo.
Si la madre tiene el usufructo del 12,5 %, es que hay un nudo propietario de ese 12,5 %.

En tu caso, la madre es plenipropietaria (= usufructuaria+nudopropietaria) del 50 %, más usufructuaria de otro 12,5 %. Por tanto, es titular fiscal del 62,5 % de esa vivienda.

El 37,5 % restante por tanto tiene otro usufructuario, y otro titular fiscal, que en principio debeis ser vosotras dos.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante

Efectivamente, mi hermana y yo somos nudas propietarias del usufructo que le corresponde a mi madre. Eso lo entiendo perfectamente. Se trata de una Declaración de Herederos Abintestato, en la que figuramos mi hermana y yo como herederas y mi madre como usufructuaria de una cuarta parte de esa herencia. Los inmuebles de mis padres son todos bienes gananciales. Por eso, mi madre es plena propietaria (no nuda propietaria) de un 50% de todos los inmuebles, y del otro 50% somos nudas propietarias a partes iguales (25+25) mi hermana y yo; y dentro de ese 50% que heredamos mi hermana y yo, a mi madre le corresponde el usufructo de una cuarta parte, por eso tendría que tributar por su parte de pleno dominio (50) + el usufructo de la cuarta parte de la herencia (1/4 de 50 = 12,5). Esta parte la tengo clara y así me lo aclararon también en Hacienda.

No tenía tan claro si hay una obligación de que mi hermana y yo tengamos que hacer constar la proporción de estos inmuebles de las que somos nudas propietarias (una vez restado el 12,5% de usufructo por el que va a tributar mi madre). Si tiene que haber un "titular fiscal" de todas las proporciones de los inmuebles, ¿entiendo entonces que SÍ tendríamos que tributar mi hermana y yo por nuestra nuda propiedad (una vez restado el porcentaje de usufructo: 50%-12,5%= 37,5%)?. Normalmente en los testamentos al uso, la viuda es usufructuaria vitalicia de todo, pero nuestra Declaración de Herederos es Abintestato y la proporción de usufructo es diferente conforme al Código Civil de Galicia. Esto nos ha dado mil quebraderos de cabeza, ya que a día de hoy nos hicieron un mal reparto del usufructo en todas partes: en el banco (poniendo a mi madre de plena usufructuaria de todo) y en el Catastro, donde tampoco leyeron bien la letra pequeña y de nuevo la pusieron como usufructuaria del total. Está siendo una pesadilla que ya dura más de un año.
Gracias por cualquier aclaración.

#6

Re: Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante

NOOOOO!

Te estás confundiendo.

Tu y tu hermana solo sois nudas propietarias del 12,5 % del usufructo de tu madre.

Y sois PLENAS propietarias del 37,5 % restante.

La situación jurídica de ser nudo propietario de algo sin que exista un usufructuario es un imposible lógico y legal.

O lo llevas confundido, o si así figura en algún documento, es un clamoroso error formal.

Otra cosa es que por la causa que fuera, ya que tu madre figura como usufructuaria total, si eso os beneficia fiscalmente, lo sigais declarando así.
Pero entonces el porcentaje que debe declarar tu madre es el 100 %.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante

Yo creo que tu madre es usufructuaria al 100% a efectos fiscales de su uso y rendimientos.

Otra cosa es que en el momento de la valoración del Usufructo este se valoro en el 12,5 % , cosa bastante extraña , pero si comentas que es una cosa peculiar en Galicia , puede ser.

Lo suyo es que la valoración del usufructo a la hora de la Transmisión Patrimonial, se obtiene en función de la edad del usufructuario con la formula ( 89 - Edad) = % . Por ejemplo si el usufructuario tiene 65 años (89-65)= 24%.

Pero el usufructo suele ser siempre el 100% y los Nudos Propietarios solo son Nudos Propietarios.

Saludos

#8

Re: Tributacion por usufructo de 1/4 parte de varios inmuebles y nuda propiedad restante

No, no es valoración rara, es el derecho civil gallego.

Primero disolución sociedad matrimonial, 50 % de plena propiedad a la viuda.

Luego se establece el caudal relicto, del que forma parte el 2º 50 %.

De ese 2º 50 %, al no haber testamento, y concurrir la viuda con descendientes, le corresponde a la viuda un usufructo vitalicio del 25 %.
Por tanto, usufructo del 12,5 % de la vivienda.

El 75 % restante del caudal relicto pasa a los descendientes.
Por tanto, un 37,5 % pasa a los descendientes en plena propiedad, y además, un 12,5% en nuda propiedad.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!