Declaración de rendimientos de inmuebles arrendados
La consulta es la siguiente:
Matrimonio en regimen de ganaciales desde el 2010
Cada cónyuge tiene una vivienda en propiedad adquiridas en un caso en el 2001 (a nombre de un cónyuge) y en el otro caso en el 2006, (a nombre del otro cónyuge)
Ambas viviendas se encuentran en arrendamiento e hipotecadas.
Cada contribuyente presenta tributación individual al ser más favorable.
A la hora de declarar los rendimientos por el alquiler de estas viviendas, ¿tendrían que declarar cada uno de los cónyuges la mitad de esos dos arrendamientos o únicamente los de la vivienda de la que es titular en exclusiva?
Gracias