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¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?

7 respuestas
¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?
¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?
#1

¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?

A ver si me voy aclarando:
Al fallecimiento de una parsona con bienes inmuebles, si hay varios herederos, el procedimeinto habitual sería:
1. Realizar ESCRITURAS DE ACEPTACION Y PARTICION DE HERENCIA
2. Registrar esta escritura en el Registro de la propiedad
3. Liquidar el Impuesto de sucesiones antes de los 6 meses para no pagar recargo

¿Además de ello, hay que pagar algún impuesto municipal tipo plusvalía, por cada bien inmueble heredado, aún cuando NO SE VENDAN DICHOS INMUEBLES?

Gracias

#2

Re: ¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?

En principio, sí, siempre, ya que hay una transmisión de la propiedad, del fenecido a los herederos.
Otra cosa es que hay ayuntamientos que para algunas transmisiones "mortis causa" contemplen determinadas bonificaciones y reducciones.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: ¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?

extraído de:
http://www.foro-ciudad.com/plusvalia-municipal.php

7. Asimismo, los notarios estarán obligados a remitir al ayuntamiento respectivo, dentro de la primera quincena de cada trimestre, relación o índice comprensivo de todos los documentos por ellos autorizados en el trimestre anterior, en los que se contengan hechos, actos o negocios jurídicos que pongan de manifiesto la realización del hecho imponible de este impuesto, CON EXCEPCIÓN DE LOS ACTOS DE ÚLTIMA VOLUNTAD.

¿Debo entender que la herencia al tratarse de un ACTO DE ULTIMA VOLUNTAD, queda excluida de la obligación del notario de comunicarlo al Ayuntamiento?

Atte

#4

Re: ¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?

Hola,

después de analizar el apartado 7 del artículo 110 (Real Decreto Legislativo 2/2004) tengo que reconocer que no entiendo por qué el notario no tiene la obligación de comunicación para los actos de última voluntad. De todas formas seguiré mirando....

No obstante, es claro que el hecho imponible se produce y hay que liquidar el IIVTNU ("plusvalía).

En cualquier caso hay que tener en cuenta esto:

http://hayderecho.com/2013/02/12/de-la-incorrecta-liquidacion-de-la-plusvalia-municipal-en-perjuicio-del-contribuyente/

Un saludo

#5

Re: ¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?

La aceptación de la herencia es en todo caso un acto de primera voluntad, ya que es la primera decisión que tomamos respecto de un bien.

Los actos de última voluntad básicamente es el testamento.
La norma excluye de la obligación de comunicar al ayuntamiento aquellas disposiciones que se fijan en el testamento. O sea, no pueden chivarse de lo que sucederá.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: ¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?

Es evidente que las disposiciones testamentarias están al margen del IIVTNU, pero si la ejecución de tales disposiciones conlleva la transmisión de inmuebles nos encontramos con
se produce el hecho traslativo ("transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título"), que encajaría perfectamente el el hecho imponible.

En este caso el notario no se chiva de nada que esté fuera del ámbito que tratamos.

Un saludo

#7

Re: ¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?

Perdón, se me está escapando el meollo de la cuestión en "román paladin"
¿El notario comunicará al Ayuntamiento que se han hecho escrituras de aceptacion y adjudicación de herencia en la que se hace referencia a bienes inmuebles?

#8

Re: ¿Liquidar plusvalía municipal en los bienes inmuebles heredados?

Exactamente, una vez se ha producido ya el hecho real, la traslación de la propiedad, el notario lo notifica al Ayuntamiento.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!