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Futuros - Declaración de la renta

6 respuestas
Futuros - Declaración de la renta
Futuros - Declaración de la renta
#1

Futuros - Declaración de la renta

Buenos días,
Tengo diferentes dudas relacionadas con la declaración de la renta y los futuros. He estado leyendo hilos al respecto pero no me ha quedado del todo claro.
Yo en año pasado obtuve unos beneficios de 3.000 euros con futuros en una cuenta que tengo con worldspreads. La cantidad inicial fue de 10.000 euros. Es decir, al abrir la cuenta metí 10.000 euros y al final del año tenía 13.000 euros. Por lo que este año me toca declararlos en la declaración de la renta. Por lo que tengo entendido estos beneficios se consideran como ganancias patrimoniales y hacienda se queda con entre el 21% y 26% (según los escalones de ganancia) de los beneficios. Aparte de esto según me han dicho no hay que declarar la ganancia de cada operación y no hay retención, pero hay obligación de declarar las ganancias netas para los residentes españoles. Y se compensan las ganancias con las pérdidas. ¿Es esto así?
Muchas gracias y un saludo

#2

Asi es , como lo has comentado...saludos

#3

Re: Asi es , como lo has comentado...saludos

Atione, lo que comentas es correcto.

Al hacer la declaración de la Renta, los españoles residentes debemos declarar las ganacias netas patrimoniales, y estas se compensaran según las ganancias y pérdidas.

Un saludo.

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#4

Re: Asi es , como lo has comentado...saludos

Tengo otra duda. ¿Tengo que declarar las ganancias cada año o solo el año que quiera sacar esas ganancias de la cuenta del broker?

#5

Re: Asi es , como lo has comentado...saludos

Pienso que las ganancias de futuros se declaran a la venta o al sacar las ganancias netas de la cuenta de borker. De todos modos, esto lo puedes consultar en el blog de fiscalidad de Rankia.

Seguro que pueden informarte con más detalle. Un saludo

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#6

Re: Asi es , como lo has comentado...saludos

No sabía que había un blog de ese tipo (blog de fiscalidad de Rankia). Ya he realizado la pregunta.
Un saludo y gracias

#7

Re: Asi es , como lo has comentado...saludos

Hacienda se basa en cuando tu obtienes el beneficio, no en cuando retiras el dinero de tu cuenta.
Fijate que cuando tienes una cuenta en el banco te remiten las retenciones anualmente independientemente de que mantengas o no la cuenta en dicho banco.

Enhorabuena por ese 30% de rentabilidad.

Saludos.

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