El pagador (la empresa) tiene LA OBLIGACIÓN de retener lo que marque el reglamento.
Tú puedes pedir incluso que te retengan al 0 %. Pero la empresa no puede hacerlo. En caso que lo hiciese, además de la correspondiente sanción, el procedimiento es considerar que lo que tú has cobrado es lo que correspondería con la retención correcta, y la empresa no ha pagado la retención.
Ejemplo:
Cobras 100 brutos, retención 5 %. Recibes 95 netos.
Llegas a un acuerdo con la empresa, y pasa a retenerte solo 2 %. Cobras 98 netos.
La AEAT se da cuenta. Decide que tú en verdad has cobrado 103,16 euros brutos (con su 5 % de retención), y le pide a la empresa los 3,16 euros que le faltan, con sus correspondiente intereses y recargos, además de la posible sanción.
Ya ves, sin trampas no hay salida.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!