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Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

30 respuestas
Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo
Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo
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#16

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Ellos lo que hacen es lo siguiente y según me dijeron ellos:

Ellos por cada referido te dan 60€.
Si haces 10 referidos, serían 600€.
Les mandas una factura con esos 600€ más IVA y te hacen el ingreso de esos 600€ más IVA.
En ningún momento me dicen que les mande factura con retención...
#17

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Yo creo que va a ser cuestión del epígrafe del IAE:

En un post anterior, dijiste que sería el 511 (AGENTES COMERCIALES), que está entre los IAE para Profesionales, que son los obligados a aplicar la retención IRPF en cada factura.

Buscando en Google, para saber en qué epígrafe considerar la actividad de un programa de referidos, me sugiere dos:

- El 751 (PROFESIONALES DE LA PUBLICIDAD, RELACIONES PÚBLICAS Y SIMILARES), que también está entre los Profesionales, con la obligación de retención.

- El 844 (SERVICIOS DE PUBLICIDAD, RELACIONES PÚBLICAS Y SIMILARES), que está entre los Empresariales, fuera de la obligación de retención.

Por tanto, si tu actividad finalmente corresponde a un epígrafe del grupo Empresarial, cuadraría con lo que comentabas: factura sin retención IRPF; el cliente te paga la factura íntegra, IVA incluido; y tú pagas el IRPF en las trimestrales.

¿Por qué planteabas usar el 511? ¿te lo indicaron en la gestoría, o fue el propio cliente? ¿o te lo sugirió alguien, que quizás ya trabaja en lo mismo? ¿o fue simplemente que lo elegiste tú mismo, leyendo todo el listado de IAEs, viendo cuál encajaba mejor, por su descripción?

Yo lo contrastaría con la gestoría, antes de volver a preguntar al cliente sobre las facturas con retención.

P.D.: tabla de epígrafes:
- AEAT.
- Otra (aquí está más estructurado, en secciones, y se navega un poco mejor).
#18

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Al preguntarme sobre qué era concretamente la actividad que realizaba, pues les comenté que era como comercial, captando referidos, de ahí que seleccionarán ese epígrafe. 
Lo que no sabía era este tema, en tener que poner en factura la retención...
#19

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Y si, yo creo que sería escoger el 844... Lo que no se si al pertenecer al grupo empresarial, no hay que tener una SL o algo parecido?
#20

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

También creo que podría estar en el epígrafe 7699:
#21

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Lo de la SL, no creo.

Vuelve a hablar con la gestoría, para confirmar en qué epígrafe o epígrafes podrías apuntarte. Coméntales también el tema del actividad profesional vs empresarial, respecto a la obligación o no de facturar con retención IRPF, relacionado con que tu cliente ya te ha confirmado que ellos no realizan la retención (es decir, dan a entender que tu actividad no es de las profesionales).

Si ya has hecho el alta apuntándote en el epígrafe profesional, supongo que no hay problema en que te den de alta en el empresarial, y de baja en el profesional. Por poder, puedes estar registrado en más de uno (a la hora de las declaraciones, creo que en cada actividad apuntas lo correspondiente), pero si al final en uno no vas a facturar nada, pues supongo que mejor quitarlo (sin darte de baja en Hacienda/SS, claro, sólo en el epígrafe).

Ya nos contarás.
#22

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Si, mañana hablaré con el asesor y a ver cuál es la mejor manera. Al final es quien me tiene que guiar...
Y según he leído, no hay problema en cambiar el epigrafe, incluso si por algún motivo es erróneo y quieres cambiarlo sin ningún coste.

Y lo de empresarial, según he visto es cuando formas parte de una estructura empresarial, con sus empleados, sus horarios... Por eso lo de la SL
"Un autónomo en un grupo empresarial suele referirse a un autónomo societario, una persona física que trabaja por cuenta propia dentro de una estructura empresarial (como una sociedad limitada o anónima) de la que es socio."
#23

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Muy buenas. 

Escribo para comentar, que ya he hablado con Octopus Energy y puedo mandar la factura con su correspondiente retención. 

De esta forma y tomando como ejemplo la siguiente factura, poder calcular que parte sería la que yo podría gastar ese mes: 

Ponemos como ejemplo el importe de 970€:

970€ + 21% IVA (203,7€) 

970€ - 7% de retención ( 67,9€)

970€ + 203,7 - 67,9= 1105,8€

Como la parte de IRPF ya está pagada, de esos 1105,8€ tendría que apartar el IVA

1105,8 - 203,7 = 901,3 €

Y ahora tendría de gasto 86€ de autónomo y 72€ de gestoría. 

901,3€ - 86€ - 72€ = 743,3€

743,3€ es la cantidad que yo podría gastarme ese mes,después de pagar IRPF, apartar el IVA y los gastos que tengo. 

Lo veis correcto?

#24

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Aclarada la parte del cliente, que te aplicará la retención. Así mejor, que no tienes que cambiar de epígrafe.

Acuérdate de que en la factura tienes que indicar:
- Importe bruto.
- IVA aplicado e importe resultante.
- Retención IRPF e importe resultante, con el tipo de interés que final quieras aplicar (15% ó 7%). Si eliges el 7%, puede convenir que añadas una nota remarcándolo, diciendo que es el tipo reducido por ser nuevo autónomo y tal (seguro que encuentras algún artículo, con alguna frase ya preparada, citando la normativa correspondiente).
- Resultado a pagarte a ti (bruto + IVA - IRPF).

Respecto a aplicar el 7%, según leo aquí, puede ser que te haga falta comunicárselo al cliente por escrito. No sé si bastará con indicarlo en la propia factura.

Respecto a las trimestrales de IRPF, si al menos el 70% de tus facturas van con retención del IRPF, no estarás obligado a presentarlas.
Por supuesto, sí estarás obligado a las trimestrales de IVA. Y a la Renta anual (en cuanto facturas más de 1000€ al año como autónomo, creo recordar).

En cuanto a tus cálculos, ten en cuenta que estarás aplicando la retención IRPF de sólo un 7% ó 15% (según elijas). Cuando hagas las declaraciones de IRPF (trimestrales, sólo si las decides presentar, aunque no estés obligado) (y la Renta anual), lo normal es que te salgan a pagar, porque el tipo mínimo será del 20% que comentabas en tus primeros posts (podría ser mayor, por tramos).
Es decir, que con las retenciones IRPF en cada factura, solamente estás adelantando un cierto porcentaje del total que terminarás pagando ese año.

Entonces, si tu idea es apartar cada mes la cantidad que estimas que tendrás que pagar de IRPF al final (dentro de X meses), tenlo en cuenta. No será sólo ese 7% ó 15% que te retendrán en las facturas.

Con esto de aplicar sólo un 7%, se busca que en tus primeros meses/años tengas más liquidez, pero sabiendo que ese dinero que dejas de pagar ahora, lo vas a pagar más adelante (si no haces las trimestrales de IRPF, pues en la Renta anual, el año que viene).
#25

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Otra cosa importante, @moises98 , es respecto a las trimestrales de IVA, en relación con el plazo que tarde en pagarte cada cliente:

Hay clientes, sobre todo cuando son empresas, que tardan X tiempo en pagarte una factura. Fácilmente, los hay que tardan hasta 30 días.

Te lo digo porque puede ocurrir que tengas que presentar la declaración trimestral del IVA, incluyendo importes que aún no has cobrado, teniendo que adelantar tú el dinero.

En tu caso, si en octubre ya vas a presentar la primer factura, como empiezas justo en trimestre nuevo (cuarto trimestre del año: octubre, noviembre, diciembre), la primera trimestral de IVA la tendrás a principios de enero del año que viene (en la primera quincena) (luego hay unos plazos para hacer el pago, depende de cada trimestre, pero suele ser hasta el día 20 de ese mes) (justo el de enero, me suena que es hasta el 30). Lo normal es que ya hayas cobrado lo facturado al menos en octubre y noviembre, por lo que tendrás algo de liquidez, pero es probable que aún no tengas lo de diciembre. Pero, claro, en la trimestral de IVA, tendrás que pagar también lo correspondiente a diciembre, aunque todavía no lo hayas cobrado tú.

Nota: me suena que introdujeron alguna forma de no tener que ingresar por adelantado importes de IVA aún no cobrados, pero la verdad es que no sé cómo va, ni qué requisitos tiene y tal. Es otra cosa que puedes investigar o hablar con la gestoría.
#26

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Respecto al pago de las facturas no tengo problema, en la misma semana que me comunican cuanto he ganado, lo pagan.

Según me han informado, en la factura que les emita, aparte de la base imponible y el IVA, tengo que poner "retención IRPF 7%" y la cantidad que corresponde, no me han indicado que tenga que mandar algún escrito.

La gestoria me facilito una aplicación para generar facturas, y simplemente seleccionando las casillas y seleccionando lo que corresponde de IVA e IRPF lo calcula y hace automático.

En cuanto al IRPF es algo que quiero tener muy en cuenta precisamente por eso, para que cuando llegue el momento tener para pagarlo, por eso mi interés en hacer los cálculos bien. 

Se que al aplicar un 7% es muy poco, yo creo que lo mejor directamente es aplicar un 15% ya que la diferencia entre ese 15% y el 20% es mucho menor.

Si aplico un 15% en las facturas, la diferencia sería de un 5%,por lo que aún sabiendo que me tocará pagar, será mucho menor.

De esta forma, mi idea es aplicar un 15% en las facturas, pero del dinero que me quede, guardar un 5% más, para completar ese 20%.

Aunque quiero puntualizar algo, el 20% del que hablamos, en realidad es un 19% no? 

Mirando los tramos, de momento estaría en el primero, que es un 19%, correcto?

También lo he comentado con el asesor lo de si al menos el 70% de las facturas van con retención,y si, serán todas, por lo que se que no hay obligación de presentar el modelo 130, aunque entiendo que haciéndolo, es una buena forma de saber cómo va el IRPF...

Más o menos creo tenerlo todo claro y te agradezco un montón todo lo que me estás aportando de verdad.


#27

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Yo, teniendo la opción de aplicar el 7% en vez del 15%, lo haría, porque es un dinero que me quedo yo X meses, aunque sepa que más adelante me tocará pagarlo. Pero, hasta entonces, puedo disponer de él, aunque sea para meterlo en una cuenta remunerada, o un depósito a plazo fijo, y no tocarlo.

Ídem con las trimestrales de IRPF. No estando obligado, yo no las presentaría, porque así el resto de IRPF que me toque pagar, ya lo pagaré en la Renta, el año que viene.

Notando que, en todo esto, mejor contrastarlo con la gestoría, por si hubiese alguna ventaja fiscal o similar por el hecho de adelantar los pagos. Pero no lo creo, salvo que haya alguna deducción grande que interese aplicar (ej. alguna amortización de material o equipo que necesitase).

Guay que lo tengas ya todo bastante atado. Cuesta arrancar, pero enseguida la cosa coge ritmo y ya sólo te tienes que preocupar de desarrollar la actividad en sí (que es lo "duro"), ya no tanto de toda esta burocracia.
#28

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Lo que si me han comentado, es que puedo acogerme a una reducción del 20% de los ingresos que obtenga en la declaración,por lo que la carga fiscal sería menor.

Yo en mi caso, prefiero hacer el trimestral, sobre todo ahora, para ver si llevo bien la cuenta con lo que estoy guardando y luego no llevarme la sorpresa en la renta.


#29

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Algo que se me ha olvidado consultar, y que me comentaste tú, es sobre los gastos deducibles. 

Cuando se calcula? Porque si aplico retención en la factura de ese IRPF sin descontar los gastos...

Sería en la declaración cuando se hace esto? 


#30

Re: Cálculo de gastos e ingresos mensual como autónomo

Los gastos deducibles sobre el IRPF, los aplicas en las declaraciones, ya sean las trimestrales, o en la Renta anual.

Si no es porque tengas un gasto muy grande deducible, yo creo que te va a salir mejor no hacer la trimestral de IRPF, y deducírtelo ya en la Renta anual (abril-junio del año que viene). Porque recuerda que el "palo" del IRPF (todo lo que te toque pagar por encima del 7% ya retenido en las facturas) lo pagarás en cuanto hagas la declaración.
Ya es decisión tuya si prefieres ir pagándolo cada trimestre (no estás obligado, por lo del 70% de lo facturado ya con retención), o guardártelo y pagarlo todo junto con la Renta anual.

Respecto a la exención de IRPF sobre el 20% del rendimiento, por ser nuevo autónomo, es el que te comenté hace unos cuantos posts. Creo que se aplica sólo en la Renta anual (no en las trimestrales).
Al igual que con el tipo reducido de IRPF del 7%, esta ventaja creo que la tienes los 2-3 primeros años (es decir, creo que te cubre lo que resta de 2025, y luego enteros 2026 y 2027).
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