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Facturar a la SLU, es posible?

9 respuestas
Facturar a la SLU, es posible?
Facturar a la SLU, es posible?
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#1

Facturar a la SLU, es posible?

En una Sociedad Limitada Unipersonal, es posible facturar mensualmente a la SL, con su correspondiente 21% iva y 21% de irpf??
O se consideraría dentro de las operaciones vinculadas y no es posible?

Entiendo que de esa forma que planteo el cargo de administrador único, en los Estatutos, debe ser gratuito, no?
Se estaría incumpliendo la legalidad? He leído que Hacienda pudiera interpretar que el cargo lo ejerces como Administrador y no como trabajador de la misma, de forma que tengas un 42% de retención y sin poder deducir ese gasto.

Este tema está vidrioso? O alguien me puede confirmar con rotundidad que se puede facturar a la sociedad con total tranquilidad?
Me imagino que dependerá también de una correcta elaboración de los estatutos..

Buenos, a ver si alguien me ilumina.

#2

Re: Facturar a la SLU, es posible?

En algún caso, como en ciertas sociedades profesionales, puede incluso ser obligatorio.

Obviamente es cuestión de una correcta redacción de estatutos, una correcta formalización de las relaciones socio-sociedad, y una correcta atribución de la fiscalidad a cada tipo de operación posible.

Si corresponde, y está bien acreditado, se puede y debe facturar a la sociedad con total tranquilidad. Pero hay que saber a título de que facturas a la sociedad.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Facturar a la SLU, es posible?

Gracias Cachilipox.

En caso de una SLU, actuando el administrador como uno más, llevando a cabo todo tipo de tareas, y contando tan sólo con alguna colaboración de otros profesionales autónomos, en ese caso, habría que fijar el cargo como retribuido, y aplicar una cantidad, aunque sea moderada, en concepto de "dirección"??, o podría el administrador facturar a la sociedad, dígamos, un 70% del total, y cobrar el otro 30% al final de ejercicio, como dividendos?

#4

Re: Facturar a la SLU, es posible?

Si el socio único, y administrador único de la SLU, además es un profesional en ejercicio, y canaliza su propia facturación a través de la sociedad, no solo puede, sino que debe transferir un elevado porcentaje del resultado obtenido por la sociedad (en apariencia) a su propio acervo personal.
Por tanto, facturación, IVA e IRPF.

Del resto de resultado positivo que quede en sede de la sociedad, efectuadas las reservas legales pertinentes, puede disponer libremente, pero soportando la tributación que corresponda.
Como dividendos, con la retención correspondiente al capital mobiliario (21 %).
Si es como honorarios por llevar la administración mercantil, retención del 42 %. Será gasto deducible para la sociedad solo si los estatutos tienen prevista la retribución del cargo. Sino, será una liberalidad, que tributa en quien la recibe, y no es deducible para quien la paga.

En este caso de sociedades meramente aparentes, similar a las sociedades profesionales, el profesional debe estar de alta censal, llevar sus propios libros registro, y efectuar las correspondientes declaraciones-liquidaciones trimestrales, al menos de IVA.
Los resultados obtenidos por su actividad profesional se declaran como ingresos de actividades económicas.

Si además cobra algo como dividendos, en ingresos del capital mobiliario.
Y si cobra algo como administrador (sea o no deducible para la sociedad), como ingresos del trabajo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Facturar a la SLU, es posible?

Cachilipox, me aclaras bastante con tu respuesta. Y sin preguntarte, ya me respondes a varias dudas que me rondaban.

Entonces, entiendo que el procedimiento podría ser el siguiente:

1. Yo le emito facturas a la sociedad, con su correspondiente iva e irpf. Presento el 303 trimestral como ahora, y luego declaro por actividades económicas en la declaración de la renta. Aquí me detengo un momento. Yo como autónomo, tendría x ingresos (lo que le facturase a la SL), y como gastos, apenas la cuota de autónomos, amortización de mi oficina e intereses del préstamo que tengo. Tendría derecho por tanto a esa deducción del 5% sobre el rendimiento neto previo. Luego estarían los dividendos, como rendimiento del capital mobiliario.

2. La SL presenta sus declaraciones, con todo el conjunto de gastos deducibles, incluidas en ellos, mis facturas, y las que emiten las personas que colaboran conmigo. Al final, la cantidad restante, una vez soportada la tributación, en este caso del 25%, y las reservas legales, sería la que yo recogería como dividendos, al 21%, 25%, 27% ... según los tramos.

3. En cuanto a los honorarios por llevar la administración, podría establecer una cantidad muy moderada, fijando previamente en los estatutos que el cargo es retribuido, y esas cantidades también se sumarían al conjunto de gastos deducibles de la sociedad, tributando al 42%.Serían, entiendo, facturas distintas a las que le emito a la SL como profesional. En este caso, tendrían un 21% de iva y un 42% de irpf, que aunque es un porcentaje elevado, luego se regularizaría en la declaración de la renta. Y se sumarían a mis ingresos como autónomo, o cómo es eso de que irían por rentas del trabajo? Igual que si fuera una nómina?

4. La SL por su parte presenta cada trimestre por el 111, las retenciones practicadas a mí mismo, y al resto de profesionales.

No sé si voy bien con esos pasos que te comento. Gracias.

#6

Re: Facturar a la SLU, es posible?

Correcto casi todo.

Punto 3, honorarios del administrador.
En principio, aunque por norma, la retribución del administrador corresponda a ingresos de naturaleza "mercantil", la tributación en el IRPF es "laboral".
Al tener esa asimilación tributaria a lo "laboral", no están sujetos al IVA.

Hay alguna excepción, como por ejemplo en las sociedades profesionales, cuando la calidad de socio-profesional implica la obligación de prestación de servicios a favor de la sociedad administrando la misma.
En este caso, y como excepción, ya que esa prestación de servicios es en tanto que socio-profesional (que implica "per se" alta censal, facturación con IVA, etc), los honorarios como administrador también son con IVA, y se declaran en actividades económicas.

Añadidos:
Que los estatutos reflejen la posibilidad de retribución es solo una de las condiciones "necesarias" para poder deducir los pagos de honorarios al administrador.
Además, debe poder determinarse "objetivamente", y con antelación, cual será esa cuantía. Por ejemplo, "un importe de xxx € por reunión del órgano de administración", o "la cuantía fijada por ley para el SMI", o "el equivalente a un 10 % de los beneficios repartibles", o cosas así.

Aunque al parecer no será una sociedad profesional, sino solo instrumental, creo que el criterio de atribución de resultados al profesional que maneja hacienda es algo así como "al menos el 80 % del resultado neto de la actividad". (Verificalo)
La SLU se haría cargo de los gastos generales y comunes, las retribuciones a los colaboradores asociados, en su caso los honorarios del administrador y del neto obtenido, ese 80 % (o porcentaje similar), debería ser lo que facturases como profesional. El 20 % restante es lo que queda como beneficio de la sociedad, -> impuesto de sociedades, -> reservas legales, -> dividendos.

En principio tus gastos propios serían la cuota de autónomos, y la provisión del 5 % por gastos de difícil justificación, ya que se supone que el resto de gastos generales y comunes los asume la sociedad.
Si tuvieses algún tipo de gasto deducible, relacionado directamente con la obtención de ingresos, y que no pudiese ser asumido por la sociedad, podrías deducirlo tu.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: Facturar a la SLU, es posible?

Cachilipox, lo primero agradecerte la extensa y razonada respuesta. Me está siendo de gran ayuda tu información para clarificar mis ideas.

Si nos vamos al terreno práctico, ¿se podría establecer un punto, aproximado, donde sea recomendable en términos estrictamente de pago de impuestos, constituir una sociedad? A partir de que rendimiento neto pierdo dinero si continuo como autónomo?

Actualmente yo gestiono mis impuestos (303, 111 y renta).

En caso de constituir la sociedad, añadiría un gasto que actualmente no tengo, el de asesoría fiscal, al entender que la llevanza de la contabilidad no es tarea tan sencilla como hasta ahora.

Y tendría entonces que pensar qué cantidad establezco para mis facturas mensuales a la SL, qué cantidad fijo en los estatutos para retribución de administrador, y qué cantidad me interesa recuperar vía pago impuesto de sociedades y dividendos.

A los tipos actuales del irpf, entiendo que debe existir un umbral a partir del cual, no sale rentable, fiscalmente hablando, seguir como autónomo.

Ya me dirás cuando puedas. Muchas gracias.

#8

Re: Facturar a la SLU, es posible?

Si se pretende hacer bien y legalmente, para que salga rentable canalizar mediante una SL, tienen que ser rendimientos netos MUY elevados.

Hay una situación intermedia, cuando resulta que algunos años el beneficio puede ser muy elevado, pero otros no tanto. Aunque el promedio de rendimientos sea medio-elevado, si se gestiona de manera adecuada lo de las retribuciones, pagos de dividendos, etc, se produce un efecto nivelación. Se destributa un poco los años más boyantes, y se concentra mas tributación los menos boyantes. El efecto final es una cierta disminución de la tributación final.

Hay quien se concentra solo en hacer los comparativos a partir de los tipos marginales del IRPF (que llegan hasta el 52 %).
Pero no es correcto del todo.
En el IRPF los marginales pueden ser muy elevados, pero tienes unos escalones inferiores de baja tributación, o incluso franquiciados.
En cambio, en IS se tributa desde el primer €.

El optimo, habiendo volumen de negocio y beneficio suficiente, sería concentrar hasta unos 50.000 € de rendimiento íntegro en la persona física, donde quedaría un neto disponible después de impuestos de unos 35.000-40.000 €.
Y para el posible excedente o picos de años buenos (que pueden llegar a ser muy buenos), disponer de una sociedad con la que instrumentar la actividad económica.
Y claro, utilizar todas las fórmulas legales de optimización de traspasos de la sociedad al socio (préstamos del socio a la sociedad hasta ciertos topes, cobro de dividendos hasta ciertos importes, ciertas liberalidades y atenciones protocolarias que no puedan imputarse como rentas al socio,...).

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