No son ATRASOS, es el RETROACTIVO (pagos pendientes desde la solicitud hasta su aprobación a considerar desde la fecha de efectos económicos de su aprobación) y si, claro que te los deben pagar... el importe mensual concedido en la notificación por cada uno de los meses desde su fecha de efectos hasta final de ese año 2023 (que serán X meses), más el importe que aparezca en tu certificado integral por cada mes de este 2024.
El primer pago del IMV debería incluir ese RETROACTIVO aunque se están dando casos que no lo están abonando el primer mes, sino el segundo... si acaso no lo recibes en el primer o segundo pago puedes abrirles una reclamación al respecto sin que ello te paralice el IMV, pero si se lo reclamas denomínalo con su término correcto que es RETROACTIVO porque el término ATRASOS es cuando te sube el IMV en la revisión anual y tienen que abonarte la diferencia que no te han abonado de ese año por dicha subida. De hecho hace unos días alguien comentó en el foro que les reclamó a la Seguridad Social eso mismo que tú indicas, pero denominándolo como ATRASOS y recibió una nota de la Seguridad Social indicando que los ATRASOS se abonan al poco de que se produzcan o al año siguiente (lo cual es 100% correcto) quedándose con un palmo de narices, y todo porque lo que tenía que haber reclamado era el abono del RETROACTIVO, lo que supongo habrá corregido y solicitado, ahora ya expresándose correctamente... no cometas el mismo fallo.