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Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

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Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital
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Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital
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#16

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Buenas al final te contestaron el recurso? Gracias
#17

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital


Mi experiencia con la denegación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) por ser administrador de una empresa inactiva


📌 Contexto:

En octubre de 2024, solicité el Ingreso Mínimo Vital (IMV) porque cumplo con los requisitos de vulnerabilidad económica. Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegó mi solicitud alegando que figuro como administrador de una sociedad mercantil , a pesar de que la empresa está inactiva desde mayo de 2021 y no genera ingresos.

📌 Recursos presentados:
1️⃣ Primera reclamación (22 de octubre de 2024): Aporté documentos como el modelo 036 de cese de actividad, certificado censal y el Impuesto de Sociedades de 2023, demostrando la inactividad de la empresa.
2️⃣ Recurso adicional (diciembre 2024): Añadí un informe médico tras un accidente grave, que afecta mi capacidad para trabajar y agrava mi vulnerabilidad económica.
3️⃣ Denuncia ante el Juzgado de lo Social (7 de enero de 2025): Tras la falta de respuesta en el plazo legal, presenté una demanda para que un juez revisara la denegación.

📌 Argumentos en mi defensa:
El artículo 10.1.b de la Ley 19/2021 excluye solo a administradores de empresas con actividad económica, pero mi empresa está inactiva y sin ingresos.
Principio de realidad económica: No percibo ingresos de la empresa y mi situación de vulnerabilidad es real.
Medidas cautelares rechazadas: Solicité el IMV de forma cautelar, pero el juez lo denegó argumentando que el juicio ya estaba próximo (24 de febrero de 2025).

📌 Estado actual:
El juicio ya ha finalizado y estoy esperando la sentencia. En el juicio, el INSS insistió en que mi cargo de administrador es motivo suficiente para denegar el IMV, sin importar si la empresa está activa o no. Ahora, espero la decisión del juez y, si es negativa, consideraré recurrir.

📌 Conclusión:
Este proceso ha sido largo y frustrante, pero quiero compartir mi experiencia para ayudar a quienes se encuentran en situaciones similares. El INSS deniega muchas solicitudes de forma automática, y es necesario pelearlo con documentación y argumentos sólidos. Si te encuentras en la misma situación, mi consejo es documentar bien la inactividad de la empresa y recurrir si es necesario.

#18

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Esta ha sido la sentencia:
Sentencia 74/25 en cordoba a 12 de marzo de 2025.
Hechos probados:
primero: (Mi nombre) presento ante el instituto nacional de la seguridad social solicitud del ingreso minimo vital (IMV) el 18/10/2024 con la documentación que adjunta que obra al f.1 y ss expediente administrativo, y doy por reproducida.

segundo: la solicitud fue inadmitida en resolución 21/10/24 por ser administrador de una sociedad mercantil. 

Tercero: el hoy demandante es administrador de la sociedad (nombre de mi empresa) sin estar inscrita su baja como tal. 

A los folios 31 y ss del expediente adminstrativo se constata: 
de esta mercantil se solicitó baja en el censo de actividades económicas de la agencia tributaria el 31/05/2021 por dejar de ejercer la actividad. 
En la declaración del impuesto de sociedades de esta empresa correspondiente al año 2023 no constan ingresos ni gastos derivados de la actividad.
En la certificación del censo de actividades económicas expedida el 15/01/2024 se indica que esta mercantil no figura en el censo de actividades económicas correspondientes al ejercicio 2024. 
CUARTO. Se ha agotado la via administrativa, (F.85 y ss del expediente admistrativo, que doy por reproducida). 

Fundamentos de derecho: 
PRIMERO: Los hechos declarados probados han adquirido dicha consideración en virtud de la fuerza probatoria apreciada en el conjunto de la prueba practicada, básicamente , en la documental aportada el expediente administrativo y por la parte demandante, que ha sido referida para mejor comprensión. 

SEGUNDO: Indicar con carácter previo que en este proceso se ha seguido pieza de medidas cautelares. Que por auto de 7/02/2025 se rechazó la solicitud de medida cautelar, que el 24/02/2024 interpuso recurso de reposición contra tal resolución , que fue admitido a tramite por diligencia de ordenación de la misma fecha (que coincidía con la de la vista del juicio), habiendo sido impugnado con posterioridad. Visto que el recurso coincidió con la celebración del presente juicio, será aquí donde se resuelva la pretensión principal, careciendo por ello de interés jurídico el recurso de reposición planteado, entendiendo decaído al ahora demandante en su derecho al recurso. 

TERCERO: 1.- para resolver la presente reclamación debemos destacar en primer lugar que la resolución discutida "inadmite solicitud" en términos de lo establecido en el art. 28.1 de la ley 19/2001 de 20 de diciembre, por la que se establece que el ingreso mínimo vital. No se llegó a incoar expediente e instruirlo, sino que al apreciar que la unidad de convivencia no cumplia con los requisitos de vulnerabilidad económica (art.10.1b del mismo texto legal, que remite al art. 11), se rechazó de plano. 
Hay que tener en cuenta la dificultad técnica y de gestión de una prestación como la presente , por lo que el legislador ha querido facilitar su trámite con una posibilidad de inadmisión ad limine litis (al comienzo del expediente administrativo). Para ello la norma no solo concreta de manera detallada los requisitos de fondo (art.10), relativos al beneficiario/unidad de convivencia (art.6 y 7) y la situación de vulnerabilidad económica (arts. 11 y 20), sino que también los de forma (art.21) para acceder al derecho.
Con lo anterior la entidad gestora está autorizada legalmente a inadmitir la solicitud si "en función de los datos declarados en la solicitud presentada" (fondo y forma) valora que el solicitante no tiene derecho a la prestación por no estar incurso en vulnerabilidad económica.
Esta decisión, al ser de inadmisión , no impide al actor formular una nueva petición si han existido errores u omisiones al cumplimentar la solicitud. 

2.- Por otro lado, y con relación al fondo de la cuestión controvertida , el art.11.3 de la ley 19/21, por la que se establece el ingreso mínimo vital , determina en su párrafo tercero: 
"igualmente quedarán excluidos del acceso al ingreso mínimo vital, independiente de la valoración del patrimonio neto, las personas beneficiarias individuales o las personas que se integren en una unidad de convivencia en la que cualquiera de sus miembros sea administrador de derecho de una sociedad mercantil que no haya cesado en su actividad".

Por su parte el apartado segundo de este mismo artículo, referido a la vulnerabilidad económica, indica: "2. Se apreciará que concurre este requisito cuando el promedio mensual del conjunto de ingresos y rentas anuales computables de la persona beneficiaria individual o del conjunto de miembros de la unidad de convivencia , correspondientes al ejercicio anterior.... " 

En la interpretación de estos dos textos legales, resulta claro que para ser admitido el derecho del ahora demandante no podía ser administrador de derecho de una sociedad mercantil que no hubiera cesado el su actividad en el ejercicio anterior a la solicitud. 

CUARTO.- Fijado el marco jurídico hay que confirmar la resolución recurrida por los siguientes motivos 

Porque efectivamente, a la hora de presentar la solicitud , el ahora demandante no acreditaba documentalmente cumplir los requisitos para acceder al derecho , apareciendo siquiera formalmente como administrador de una mercantil. 

Que lo que exige la norma no es que la mercantil este inactiva o no haya generado beneficios, sino no ser administrador de una empresa. Junto a la baja censal de la mercantil. el ahora demandante debió cesar en su cargo para que así se hiciera constar en el registro correspondiente. No constando así en el año 2023.

Por todo lo expuesto, la decisión resulta ajustada a derecho y procede desestimar la demanda. 

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación 

FALLO 
que desestimando la demanda sobre reconocimiento de derecho en materia de seguridad social relativa al ingreso minimo vital instada por D. (mi nombre), contra el instituto Nacional de la seguridad social , debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones deducidas en su contra, confirmado la resolución impugnada de 21/10/24 y posterior desestimatoria de la reclamación previa.



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Mi análisis: 

1. Posible error interpretativo del artículo 11.3 de la Ley 19/2021

Mi argumento principal es que el juez ha interpretado de manera restrictiva el artículo 11.3, centrándose únicamente en la condición formal de administrador de la sociedad mercantil, sin considerar que la sociedad no ha ejercido actividad económica desde 2021. Esto es relevante porque la norma excluye del IMV a los administradores de sociedades mercantiles "que no hayan cesado en su actividad", no a los administradores de sociedades inactivas.

Puntos a favor de mi interpretación:
  • Literalidad de la norma: El artículo 11.3 excluye a los administradores de sociedades mercantiles que no hayan cesado en su actividad. En tu caso, existe prueba documental (baja en el censo de actividades económicas, Impuesto de Sociedades sin ingresos ni gastos, y certificación de la AEAT) que acredita que la sociedad no ha ejercido actividad económica desde 2021.
  • Finalidad de la norma: El IMV es una prestación destinada a proteger a personas en situación de vulnerabilidad económica. La exclusión de los administradores de sociedades mercantiles busca evitar fraudes o simulaciones de insolvencia en sociedades que sí están activas. En mi caso, no hay indicios de fraude, ya que la sociedad está inactiva y sin ingresos.


  • 2. Desconexión entre el motivo formal y la realidad económica

  • La sentencia se centra en un formalismo (la falta de baja como administrador en el Registro Mercantil) sin considerar la realidad económica de la sociedad y mi situación personal.
    Puntos a favor de mi interpretación:
    • Inactividad económica de la sociedad: Mi sociedad no ha generado ingresos ni gastos desde 2021, lo que demuestra que no está operativa.
    • Finalidad protectora del IMV: La Ley 19/2021 tiene un carácter social y protector, por lo que su interpretación debe ser flexible y orientada a garantizar el derecho a la prestación en casos de vulnerabilidad económica real.


  • 3. Escaso análisis de la vulnerabilidad sobrevenida (artículo 11.5 de la Ley 19/2021)

  • La sentencia no ha valorado adecuadamente la posibilidad de que esté en una situación de vulnerabilidad sobrevenida, a pesar de las pruebas presentadas.
    Puntos a favor de mi interpretación:
    • Artículo 11.5 de la Ley 19/2021: Este artículo establece que se considerará vulnerabilidad sobrevenida cuando, a pesar de no cumplir inicialmente los requisitos, se acredite una situación de necesidad económica extrema.
    • Pruebas de vulnerabilidad: He presentado pruebas de mi situación económica saldo bancario exiguo, bono social eléctrico, incapacidad para trabajar con informe médico por un accidente que tuve en diciembre de 2024), el juez debería haberlas valorado en el contexto de la vulnerabilidad sobrevenida.

¿Que opináis? Podéis ayudarme con Jurisprudencia de otros Tribunales Superiores de Justicia? He solicitado justicia gratuita para poder recurrir ante el TSJ de Andalucía. Toda ayuda será agradecida. Muchas gracias


#19

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Yo creo que la sentencia, donde te indica lo siguiente (copio y pego) es clara:
.
.
En concreto, la sección "junto a la baja censal de la mercantil, el ahora demandante debió cesar en su cargo para que así se hiciera constar en el registro correspondiente" es la que te deniega el acceso al IMV.  Por ello, tengo mis dudas de que en instancias superiores puedas conseguir algo, aunque si esos temas ya fueron resueltos en 2024 podrías hacer IRPF 2024 el mes que viene y volver a solicitar el IMV.

EDITO: Según la sentencia parece que todavía sigues siendo administrador de mercantil, entonces igual seguirás con la denegación en nuevas solicitudes... lo que no alcanzo a comprender es por qué motivo no te has dado de baja (a pesar que dices que si lo hiciste, la sentencia afirma lo contrario) o incluso extinguido dicha mercantil estos años atrás, o haber cedido la titularidad de administrador a otra persona para no tener este problema.  De hecho, en la prima página de este hilo ves casos similares al tuyo de tiempo atrás en los que el IMV ha sido denegado por el mismo motivo.
#20

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

“Gracias por el comentario. Creo que se está confundiendo la mera permanencia formal como administrador con la existencia de actividad real y, precisamente, la Ley 19/2021 exige que la sociedad “no haya cesado en su actividad” para denegar el IMV. Yo he demostrado, con baja censal y declaraciones a cero, que mi mercantil no ejerce actividad alguna desde 2021.

La sentencia se centra en que no he tramitado la baja formal en el Registro Mercantil, pero eso implica unos costes que rondan los 600-700 euros (notaría, registro, liquidaciones…), importe que no puedo afrontar dada mi precariedad económica. Esa es la razón por la cual sigo figurando como administrador ‘registral’, aun sin generar facturas, ingresos o actividad alguna desde 2021. Mi postura es que el simple hecho de aparecer como administrador en el Registro no debe equivaler a tener una empresa activa con capacidad económica.

En definitiva, la Ley 19/2021 y su art. 11.3 están pensados para excluir del IMV a administradores de empresas que operen y tengan recursos potenciales, no a quienes tengan un registro formal inactivo y sin ingresos. Por eso recurro en instancias superiores: considero que el Juzgado aplicó una interpretación excesivamente formalista al ignorar la prueba de la inactividad fiscal (baja censal, cero ingresos…), y confundir “figurar en el Registro” con “disponer de medios reales”. Si se asume que basta con figurar para la exclusión, estamos dejando sin cobertura a quienes de verdad carecen de recursos por un mero formalismo. Esa es la base de mi recurso.”_

#21

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Te deseo suerte que la vas a necesitar, porque yo te diría que mientras sigas de alta como administrador de la mercantil no cumples los requisitos legislados para ser beneficiario del IMV, aun a pesar de tus apuntes e interpretaciones.
#22

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Si la ley pretendiera excluir a cualquier persona que figure como administrador en el Registro Mercantil, no haría esa distinción de ‘sociedad que no haya cesado en su actividad’ no crees?. Lo razonable es interpretar que se excluye a quien administre una empresa realmente activa, con potencial de generar ingresos. De otro modo, se excluiría automáticamente a todos los administradores, sin fijarse en si hay facturación o actividad real, lo cual no encaja con el texto legal ni con la finalidad protectora del IMV.”

Es un sin sentido, pero tienes razón voy a necesitar suerte.

Gracias¡
#23

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Hola, Viendo que pueden poner problemas con el tema de ser administrador. 
Seria interesante a cualquiera que haya sido administrador de una sociedad o en mi caso comunidad de bienes aportar a la documentacion el 036 o 037 con el cese cuando se vaya a tramitar el IMV??

Lo comento, en mi caso fui administrador/comunero de una CB.
Se disolvio. Presentamos todos los 037 para darnos de baja, pero hacienda al cabo de los años, me envio una notificacion que no habia presentado la declaracion de los cuatro trimestres(creo que era el 130), segun los datos que figuraban en el censo de empresarios.

* No hubo problemas porque envie a hacienda la copia del 037 que presente en su momento con la baja.

Un saludo
#24

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Sí, sería interesante hacerlo en esos casos.

De todas formas, el problema planteado por el compañero es otro... él no se ha dado de baja como administrador de la sociedad a pesar de que su mercantil no tenga actividad, y el hecho de no haber tramitado la baja es lo que le ocasiona la denegación del IMV tanto por la Seguridad Social como por sede judicial en su reclamación.
#25

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Buenas yo solo presenté la revocación del NIF y el modelo 036 y a mí me lo concedieron y nunca he tenido problemas. Eso fue en 2003. Y en 2020 me lo concedieron hasta hoy. Me lo han actualizado 4 sños
#26

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Yo estoy cobrando el sub mayores 52 años no sé si tiene algo que ver
#27

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Quizás es porque en 2020 era administrador sin actividad pero después cambio para las nuevas solicitudes es lo que creo yo. Porque si tienes el NIF revocado no es justo que no te conceda n
#28

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Eso se lo tendrás que comentar al compañero IMV JUSTICIA que es quien lleva su lucha judicial al respecto
#29

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Es que aquí hay más compañeros que no han tenido problemas. Al principio ponía sin actividad. Después cambiaron. Yo cuando lo pedí en 2020 les envié la baja autónomos y modelo 036 y me lo concedieron. Cuando actualizan imagino que miraran de nuevo todo. Como a muchos me he tenido indebidos por lógica eso también me lo han mirado. 
#30

Re: Recurso ante denegacion del IMV por ser administrador de empresa - Ingreso mínimo vital

Buenas yo soy de Córdoba pedi el IMV en 2020. Les envié baja autónomo, modelo 036 hacienda y revocación NIF. Yo no pude cerrar sociedad limitada en 2003 y me concedieron el IMV en esr año hasta hoy.Es lo que puedo decir. En 2020 ponía sin actividad y después eso cambió lo de sin actividad. Es lo único que se ocurre