Estamos en 2023 y la última declaración de la renta que hemos hecho refleja los ingresos del año pasado, por eso se llama IRPF 2022.
Si el año pasado 2022 no tuviste ingresos y así lo refleja tu última declaración de la renta (la que hicimos y presentamos en abril/mayo/junio de este 2023) te debería subir el IMV como bien afirmas, debiendo la Seguridad Social abonarte ATRASOS (la diferencia entre lo que te han ido pagando mes a mes en 2023 frente a lo que deberían haberte pagado, que será el importe del próximo IMV que percibas tras el proceso de revisión que hacen en estas fechas), los cuales te abonarán a partir de mitad del año que viene como muy pronto.
Y cuando se dan casos que un año "les debes dinero tú" (DEUDAS) y otro "te deben dinero a ti" (ATRASOS) como indicas, no actúan con un criterio fijo... a veces te hacen una liquidación y compensan una cosa con la otra y determinan la diferencia, a veces te reclaman las DEUDAS en cero coma descontándotelas del IMV mes a mes, otras veces se quedan los ATRASOS en el limbo porque tienen hasta cuatro años para reclamártelos (en el foro hay gente que dice le deben atrasos de la actualización de finales de 2021 y todavía no se los han abonado), etc... una auténtica lotería del despiporre como puedes ver.