Son dos cosas distintas.
El escrito lo haces cuando necesitas conocer el estado de tu procedimiento, o cuando no has recibido tu mensualidad, o cuando recibes una cantidad excesiva y no sabes de qué....
El escrito es para cualquier situación que necesite atención pero careces de una notificación a la que reclamar.
Si en cambio tienes la notificación de denegación, de actualización, de respuesta a un escrito que habías mandado, de lo que sea; puedes interponer una reclamación previa a la misma.