#11566
Re: Cuenta Facto 2018
Buenas tardes:
Según la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre Comercialización a Distancia, de Servicios Financieros destinados a los Consumidores, el TITULAR podrá desistir del Contrato sin necesidad de alegar causa alguna "en el plazo máximo de 14 días naturales desde el día de la fecha de contratación", creo que es texto literal.
Por consiguiente, salvo mejor parecer, considero que el computo se inicia, tal y como he citado, el mismo día de la contratación y no el siguiente.
Al loro con el tema que puede ser importante.
Saludos.
Según la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre Comercialización a Distancia, de Servicios Financieros destinados a los Consumidores, el TITULAR podrá desistir del Contrato sin necesidad de alegar causa alguna "en el plazo máximo de 14 días naturales desde el día de la fecha de contratación", creo que es texto literal.
Por consiguiente, salvo mejor parecer, considero que el computo se inicia, tal y como he citado, el mismo día de la contratación y no el siguiente.
Al loro con el tema que puede ser importante.
Saludos.