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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#249

Re: Rellenando el Modelo 720

mi situacion es la siguiente; tenia depositos por 49.500 euros el easisave, ha vencido hoy 27/12/17, en años anteriores no lo declare porque no llegaba a los 50.000€, durante este año he aperturado en IIG bank deposito por 50.000€ y al cancelar hoy el que tenia con easisave pretendo traspasarlo a IIG bank mi pregunta es ¿tengo que declarar lo de easisave?, naturalmente lo que tengo desde marzo en IIG bank se que si, pero si aperturo un nuevo deposito en IIG bank, mañana o pasado, tambien lo tengo que declarar, es decir  tengo que declarar  el deposito de easisave, el que tenia en IIG bank y el que aperturare mañana y pasado?, o como 

muchas gracias por la respuesta.

#250

Re: Rellenando el Modelo 720

Por la información que facilitas,parece que tu saldo medio del último trimestre supera ampliamente los 50.000 euros por lo que estás obligado a presentar el Modelo 720 y,en tu caso,deberás declarar el depósito de IIG Bank aperturado este año,el depósito de EASISAVE-FIMBANK que acaba de vencer y cualquier otra cuenta o depósito abierto (con o sin saldo). 

#252

Re: Rellenando el Modelo 720

Buenas tardes a todos, en la tarde de hoy he estado cumplimentando el famoso modelo 720 porque tengo unos ahorros en Mediterranean Bank en Malta. He generado el borrador al final de todo el proceso, y a pesar de que no me salen errores, si se muestran unos avisos, y me gustaría comentaroslo a ver si me podéis ayudar:

+ En la casilla de codigo BIC del banco he cumplimentado con esto: MBWMMTMTXXX y no con el C34125, ¿cuál de los dos es el correcto?

+ Tengo uno de los depósitos que lo abrí a mediados de Noviembre, debo calcularle el saldo promedio de los últimos tres meses, o al ser un depósito coincidirían los valores 1 y 2? Yo he puesto el mismo valor

+ Me pide el NIF en el país de residencia fiscal, entiendo que no debo tener que volver mi NIF ya que no tengo residencia fiscal en Malta.

Quería agradeceros la ayuda prestada y los consejos, ya que sin este foro no hubiese sido posible rellenar el modelo. Muchas gracias por adelantado. Saludos.

 

#253

Re: Rellenando el Modelo 720

1º El primero es el código BIC (Bank Identifier Code) del banco, también conocido como código SWIFT (Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication) y el segundo el código de registro administrativo de la compañia (ROC Company ID).

2º Al ser contratado dentro del último trimestre del año pasado,los valores 1 y 2 no coinciden. Debes calcular el saldo medio del último trimestre y hacerlo constar en la declaración.

3º Entiendo que solicitan tu NIF en España,tu lugar de residencia fiscal.

#254

Re: Rellenando el Modelo 720

Mil gracias de nuevo Josegaliza, me queda todo más claro. Mi duda era porque en la primera hoja del modelo ya debo de introducir mi DNI, el aviso del NIF me sale cuando estoy cumplimentando el IBAN de la cuenta y el BIC del banco, de ahí que tenía la duda, supongo que hay que ponerlo por duplicado.

 

#255

Re: Rellenando el Modelo 720

Si te solicitan los datos del banco,debes colocar el ROC Company ID,pero si lo que te piden son los datos del titular de la cuenta o depósito,debes poner tu NIF,además del porcentaje de titularidad.

#256

Re: Rellenando el Modelo 720

Hola, tenía una duda sobre si me pertenece rellenar este año el modelo 720.

En octubre de 2017 abrí una cuenta en Raisin (un sólo titular), y a 31/12/2017 no tenía importe por más de 50.000 €.

Mi mujer, con la que estoy casado en gananciales, abrió también una cuenta (única titular); la cual a 31/12/2017 tampoco superaba 50.000 €.

He estado consultando en la AEAT y he visto este PDF:  http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdf

Al principio, creía que no teníamos que presentarlo, puesto que ninguno de los dos individualmente superamos los 50.000 €, pero viendo la pregunta 12 del PDF, entiendo que al estar en gananciales tenemos que presentarlo ambos. La declaración de la renta la hacemos individualmente.

Gracias por las respuestas.