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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#97

Re: Finaliza el plazo de presentación del Modelo 720: 31 de marzo 2015

Así es, si superara el límite de los 50.000€ deberás informar a través del modelo 720 entre el 1 de Enero y el 31 de Marzo de 2016. Saludos,

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#98

Re: Rellenando el Modelo 720

Bienes Gananciales.
Pregunta 12: Si un bien o derecho que deba ser objeto de declaración es “ganancial”, y solamente consta como titular formal del mismo uno de los cónyuges, ¿existe obligación de declaración del otro cónyuge?
Respuesta: Cuando la titularidad formal de un bien o derecho ganancial corresponde a uno de los cónyuges, ambos cónyuges (si están dentro del ámbito subjetivo de la obligación) tienen obligación de presentar la declaración. El cónyuge que no es titular formal deberá declarar como titular real de acuerdo con el artículo 4.2 de la Ley 10/2010 de 28 de abril de 2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Vamos a ver,tal como yo lo interpreto,si ninguno de los dos cónyuges alcanza un saldo total superior a 50.000 euros,NO EXISTE OBLIGACIÓN DE DECLARAR.

#99

Re: Finaliza el plazo de presentación del Modelo 720: 31 de marzo 2015

Tengo una duda referente al modelo 720, a ver si alguien puede ayudarme.
Estoy obligado a presentarlo por el importe global de cuentas.

La duda se refiere a los depósitos a plazo que se han abierto y cerrado dentro del mismo año 2014 (por ejemplo despósitos a 3 meses) ¿deben declararse también estos depósitos aunque después este saldo pase a una cuenta corriente que ya consta en la declaración?

Parecería que no porque luego en la primera hoja, suma los saldos a 31 de diciembre más los saldos en fecha de extinción pareciendo que suma dos vece(o más) el importe del que realmente se dispone.

En caso positivo ¿debe ponerse en "Origen del bien o derecho" el código C=Bien o derecho que se declara porque se extingue la titularidad?

Gracias.

#100

Re: Finaliza el plazo de presentación del Modelo 720: 31 de marzo 2015

He encontrado en la web de la AEAT este documento de FAQ con la siguiente información ¿alguien se ha encontrado con mi mismo caso?:

Pregunta 78: ¿Se debe informar de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero abiertas durante el ejercicio 2013 y canceladas antes del 31 de diciembre de 2013?
Respuesta: No, no existe obligación de informar.
El mismo criterio se aplica para los bienes y derechos objeto de las obligaciones de información reguladas en los artículos 42 ter y 54 bis del Reglamento General aprobado por el RD 1065/2007, de 27 de julio, de modo que si se adquieren a lo largo del ejercicio y se extingue su condición de titular sobre ellos en el mismo ejercicio, no existe obligación de informar.

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdf

#102

Re: Finaliza el plazo de presentación del Modelo 720: 31 de marzo 2015

Mi caso no es como el tuyo. Yo contraté un depósito trimestral a finales de octubre de 2014 para comprobar el funcionamiento de easisave y me venció a finales de enero de 2015. Este año he informado de la apertura del depósito en el modelo 720 y hasta el año próximo no tendré que informar sobre la finalización/cancelación del depósito.

Saludos

#103

Re: Finaliza el plazo de presentación del Modelo 720: 31 de marzo 2015

Gracias Trevor, en tu caso estoy yo también con depósitos más largos, pero además tenía un par de depósitos a 3M dentro del mismo ejercicio.
Al final los he incluido en la declaración.
La pregunta/respuesta de Hacienda que he puesto parece que se refiera más para el caso en que únicamente se haya abierto/cancelado una sola cuenta y no se tengan que declarar otras.
Prefiero actuar por exceso y no por defecto (por lo desproporcionado de las sanciones).

Por enésima vez despotrico de esta p..m.. de declaración (con los depósitos, es más o menos laborioso, pero me refiero sobretodo para los que tienen cuentas ómnibus en multidivisa y con cierta actividad, misión imposible).

#104

Re: Finaliza el plazo de presentación del Modelo 720: 31 de marzo 2015

¡Así es, mejor actuar por exceso! Yo declaré también un depósito que me abrieron a finales de diciembre con saldo cero en FCM Bank. Hasta principios de enero de 2015 no me lo constituyeron con saldo, pero preferí declararlo.

Saludos