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Extinción de contrato temporal por horas.

16 respuestas
Extinción de contrato temporal por horas.
Extinción de contrato temporal por horas.
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#9

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

'por cierto ,enhorabuena por pasar a la empresa.

#10

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

Gracias.
Pienso que si estuviera incluido debería haber un concepto en la nómina que lo reflejara. Al menos la parte proporcional de vacaciones y pagas extra si lo ponen, no así ningún concepto por indemnización.

#11

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

La norma reguladora de las ETT también es LEY y por tanto la aplicable al caso en cuanto a la posible indemnización a percibir. No tengo duda de que son doce días, máxime cuando ya hay alguna sentencia que dice que así es y no veinte como pretendía algún aventurero.

La clave está en el artículo 11.2 que te indiqué anteriormente. En él se dice que los trabajadores tendrán derecho a recibir indemnización sin especificar la forma de terminación del contrato. Por ello se puede sostener que si la ley no establece diferencias en la forma de terminación del contrato, debe pagarse en todos los casos, ya que si fuera de otra manera la propia norma determinaría las formas en las que no se tendría derecho a la misma y no lo ha hecho.

Sin embargo si yo fuera la ETT trataría de no pagarla argumentando que se trata de una subrogación por parte de la empresa cesionaria y que ella será la que en su momento tendrá que abonar la indemnización que corresponda desde el inicio de la prestación de servicios. Todo ello de acuerdo con lo que te pongo en el enlace elasesorlaboral.es.

No pierdes nada por intentarlo y espero que te salga bien.

Respecto al enlace que me pones sobre la baja voluntaria creo que es poco relevante. No la firmes si no quieres. El hecho real es que te vas por propia iniciativa.

#12

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

Ya veremos como queda el tema pero con lo que pone en esa web, en el caso de un despido futuro me tendrían que contabilizar la antigüedad desde el primer dia que presté el servicio por ETT, aunque seguramente tenga que ser a base de denuncia porque me temo que tenderan a eliminar ese periodo a través de ETT y ahorrarse unos eurillos.

Así que si no me indemnizan ahora por estos meses a través de ETT, será en el futuro, en caso de despido por todo el periodo.

Gracias por tu ayuda,
Saludos.

#13

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

De todos modos releyendo ese artículo que mencionas dice:

2. Sin perjuicio de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, cuando el contrato se haya concertado por tiempo determinado el trabajador tendrá derecho, además, a recibir una indemnización económica a la finalización del contrato de puesta a disposición equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio.
Y lo cierto es que mi contrato no tenía una duración determinada, más bien lo contrario. No tenía fecha de finalización ya que era "hasta fin de obra/servicio", o lo que suele ser lo mismo "hasta que les de la gana". Quizá por ese matiz no entren los 12 días. Si es que lo tienen todo estudiado. Saludos.
#14

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

Un contrato de obra o servico es un contrato temporal y así lo califica el ET, tenga fecha de finalización o no.

Otra cosa es que se hagan con él todo tipo de inventos y que luego a las malas les salga el tiro por la culata en los tribunales.

#15

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

En principio parece que me darán los 8 días por fin del contrato, aunque todavía no me han dado la liquidación. Puede que sean 12, pero como para los meses que he estado por ETT y ahora a través de la empresa, tampoco voy a discuitirles esos 4 días. Me reservo mis derechos por si en el futuro me despidieran, entonces ya será otro cantar.

La duda que tengo ahora es que entre la baja de un contrato y el alta del otro he perdido un fin de semana. Yo tengo un paro acumulado anteriormente de prácticamente 2 años (menos casi 20 días) más el nuevo paro que haya generado de nuevo de menos de un año de trabajo. ¿ Podría solicitar la reanudación de ese paro acumulado por esos 2 días que realmente es como si hubiera estado parado ? Para perderlo casi prefiero que me lo den :)

Saludos.

#16

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

Es un asunto bastante conflictivo el que planteas y un tanto complicado.

Como he visto opiniones diversas voy a darte la mía, sin que ello signifique que sea la mejor ni la más acertada.

Como norma general el descanso semanal se paga y se cotiza. Si trabajas de lunes a viernes se paga, se cotiza el sábado y el domingo y se da de baja en Seguridad Social el domingo. Si cesas el miércoles se paga la parte proporcional del descanso semanal, se cotiza y se da de baja en Seguridad Social el miércoles.

Luego puede haber circunstancias especiales o particulares: contratos a tiempo parcial, contratos de duración determinada con fecha de finalización preestablecida, jornadas de trabajo especiales..., que pueden dar lugar a la aplicación de criterios distintos.

En cuanto a tu situación particular y teniendo en cuenta lo que conozco, si se considera que quedas desvinculado de la ETT un viernes y pasas a prestar servicios directamente para la empresa cesionaria el lunes y consideramos que estamos ante una subrogación, el descanso semanal lo tendrá que pagar y cotizar Pepe o Juan y no debería aparecer una laguna de dos días de cotización en tu vida laboral.

Si el INEM o como se llame ahora huele la torta, me temo que no te soltará un céntimo y hará bien porque no estás en situación legal de desempleo.

Finalmente me quedo con el aspecto práctico que es hasta dónde cada uno debe apretar las tuercas y si en ocasiones debe hacerse el tonto para conseguir algunas cosas si cree que merece la pena. Eso ya es personal.