Buenos días,
No es eso, te dicen que por el articulo 32457 d del Reglamento de Contribuyentes Incautos, que desarrolla la Ley 112345 de los tipos de contribuyentes y como sacarles el dinero, para responderte tienes que rellenar el formulario que se presenta como anexo 1423 del Reglamento de formularios inencontrables, adjuntando libro de familia, certificado de penales, certificado de buena conducta, Escrito del Jefe de Barrio y dos avales de personas integras de la comunidad que estén al corriente de sus obligaciones fiscales, cosa que comprobarán por una inspección fiscal de los últimos 5 años a cada uno.
Te dan un plazo de 10 días para presentarlo todo o consideran que has desistido de la consulta.