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¿Solo tengo que declararlo en la renta?

3 respuestas
¿Solo tengo que declararlo en la renta?
¿Solo tengo que declararlo en la renta?
#1

¿Solo tengo que declararlo en la renta?

Buenas, soy nuevo en esto de invertir en bolsa, tengo una duda, si yo compro, vendo acciones y cobro dividendos de estas ¿Qué impuestos me toca pagar exactamente? a parte de tener que declarar mis ganancias en la declaración de la renta ¿tengo que hacer otra gestión o pagar otro impuesto?
#2

Re: ¿Solo tengo que declararlo en la renta?

tienes que declarar ,las ganancias y pérdidas de las compraventas -en pag. 16-y en otro apartado -en pag.5-,los dividendos 
#3

Re: ¿Solo tengo que declararlo en la renta?



1- Por tener acciones tienes derecho a cobrar dividendos si las empresas que tengas lo pagan, por lo tanto cuando cobras el dividendo te retienen un 19%  del total, si la empresa es extranjera te pueden retener 2  cantidades una en el extranjero y otra en España, aunque la extranjera luego la puedes recuperar en parte hasta el 15% en la declaración por ser una doble imposición internacional.

Si tienes un bróker español por lo general los bróker pasan toda esa información a hacienda y la tendrás reflejada ya en tu declaración automáticamente en sus casillas o en la información fiscal del año que vayas hacer la declaración.

2- Luego tienes los "derechos" por ejemplo cuando se hace una ampliación de capital te corresponden derechos que luego puedes vender si quieres en bolsa, si los vendes serán objeto de una retención del 19%, si son empresas españolas con bróker español igualmente en la declaración te aparecerá directamente puesto en la declaración... sino tienes que meterlo tu manualmente, aunque si aparece en tu información fiscal hacienda lo tiene te saldrá ya puesto en la declaración.

Los derechos pueden ser por que te dan un dividendo en acciones (ampliación liberada no se pone dinero),  scrip dividend, en estos casos suele pasar que aunque decidas cobrar el dividendo en acciones, algún derecho te sobre por que te dan derechos para cambiar por acciones, si no vendes esos derechos cobras el dividendo en acciones directamente se convierten en acciones, pero suelen sobrar algunos por que por ejemplo a lo mejor son 20 derechos para 1 acción nueva y tu tienes 303 derechos los mismos que acciones tengas,  por lo tanto te sobrarán 3 derechos que se venden en bolsa, pues esos 3 derechos la venta tiene una retención.... y hay que declarar su venta... se venden esos 3 derechos por que no son suficientes para una nueva acción necesitas 20 por cada nueva acción en este ejemplo.

O igualmente en caso de ampliación capital (no liberada hay que poner dinero por cada acción nueva) a la a cual no quieras acudir, si vendes tus derechos todos o parte, esa parte tiene retención... y como digo si el bróker es español esos datos los manda directamente a hacienda y en la declaración o en tus datos fiscales aparecerá ya esa información.


3- Por último la venta de las acciones, esto son ganancias o perdidas patrimoniales que se dan cuando cierras la operación, esto lo tienes que rellenar en su apartado, bien te saldrá por lo general en la información fiscal el precio de venta, y en ocasiones también te saldrá el precio de compra, esos datos los debes guardar tu bien para saber a que precio compraste, y a que precio vendiste, de eso sale lo que ganas o lo que pierdes... y por eso pagarás impuesto si es ganancia y si pierdes pues se resta de otras ganancias y sino hay se quedan pendientes para el año siguiente, tienes hasta 4 años para poder desgravar esas perdidas.

Saludos.


No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#4

Re: ¿Solo tengo que declararlo en la renta?

Muchas gracias, me lo has aclarado bastante.
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