Deseo que tengáis buena noche amig@s. Se luchará hasta el final. Envié hoy un escrito personal a el Defensor del Pueblo Español y la Esma, para quejarme de la CNMV. Como tengo insomnio, aprovecharé esta noche para hacer mi trabajo. Que os vaya todo muy bien. Un abrazo.
DEFENSOR DEL PUEBLO
Motivo de la queja Quiero presentar una queja porque la CNMV ha incumplido sus funciones, obligaciones y nos está perjudicando a muchísimos accionistas minoritarios: Web CNMV Nº de registro: 269201, hecho relevante publicado en Abengoa el 30-08-2018. Accionistas de Abengoa, Urbas y Vértice 360 pusieron reclamaciones a la CNMV por manipulaciones en el mercado de dichas acciones y CNMV no ha hecho nada. http://uma.com.es/escrito-de-la-union-minorista-de-abengoa-uma-a-la-atencion-de-d-victor-pastor-sobre-la-manipulacion/ CNMV dejó la manipulación del mercado por fondos buitres, que enviaron a la ruina: Abengoa del 35,34€ al 0,0244; Urbas 4,08€ a los 0,010; Vértice 3,10 a los 0,010. CNMV prohibió cortos en acciones como Liberbank. Se pidió que se prohiban los cortos en Abengoa, Urbas, Vértice y no lo ha hecho. CNMV dijo que en REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 establece para todos los valores una variación mínima del precio, incluidos los que se negocien con precios entre 0 y 0,10. En dicho reglamento pone que el mínimo es 0,010. Sociedad de Bolsas Española punto 5.7 de la Circular 1/2017: pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. No hay ninguna acción que cotice a 0. A ese precio estaría quebrada, no valdría nada. CNMV única institución europea que quiere autorizar una moneda de pago que no existe la milésima. En ningún país de la UE existe una acción que valga menos de 0,010. Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017) CNMV incumple los artículos que citan: Artículo 6. Requisitos de organización y Artículo 17. Requisitos relativos a la admisión de instrumentos financieros a negociación y la Mifid II, porque las normas no son claras, ni transparentes, todos los precios que quiere imponer serían artificiales, no existe la milésima en la UE. CNMV hace una advertencia a dichas acciones. Estamos en democracia y el Split es legal. Lo que dice que el Split incumpliría el Reglamento 596 2014 Parlamento Europeo abuso de mercado Artículo 12.1 Manipulación de mercado: Lo incumple CNMV, poner un precio ilegal, la milésima que no existe en la UE. Además CNMV permitió los precios que estuvo Abengoa 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10. ¿Por qué CNMV no dijo nada y lo dice ahora? Además en el aviso que apoya, ponía que serían las acciones que están cercanas a 0,010 y Abengoa A está más cercana a los 3 céntimos. CNMV tiene que cumplir las leyes del mercado, no querer decir que Abengoa, Urbas y Vértice no valen 0,010. El precio de dichas acciones podría ser muy superior a dichos 0,010. El mercado, no está para que CNMV imponga milésima, que no existe en la UE. CNMV incumple las competencias que la ley le otorga para garantizar la libre formación de precios y la integridad de la negociación. Dejó que Abengoa llegara a 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10 y ahora dice que podrán suspender o excluir la negociación de los valores correspondientes por no dejar que el mercado las baje de 0,010 precio mínimo de las acciones UE y no suspende los cortos que podrían enviar a la ruina a pequeños accionistas minoritarios que han puesto sus ahorros en dichas acciones. CNMV no tiene ningún derecho a hacer ninguna suspensión o exclusión de la negociación de los valores, para aplicar la norma, porque el precio mínimo de las acciones es 0,010 y están autorizando el invento de la milésima, que no existe en ningún país de la UE. Por lo que las acciones valen mínimo un 0,010 y si la CNMV quiere bajar del mínimo permitido por la ley, dichas acciones tienen todo el derecho a hacer un Split. CNMV dijo que se cumpla el Artículo 23 Facultades de las autoridades competentes de REGLAMENTO (UE) N 596/2014. CNMV no debería imponer un aviso del BME ilegal, que pone milésimas que no existen en la UE, incumpliría sus medidas de bajar el mínimo de la Unión Europea que es 0,010. Solicito la ayuda del Defensor del Pueblo.
He puesto arriba el formulario para reclamar contra la CNMV en el Defensor del Pueblo Español.
SOLUCIONADO ¿Cómo derrotar a la CNMV? Buenas noches amig@s de Abengoa, Urbas, Vértice 360 https://www.esma.europa.eu/about-esma/esma-in-short/complaints
QUEJA SOBRE UNA AUTORIDAD NACIONAL COMPETENTE Utilizando el Formulario de reclamo de la autoridad nacional competente https://www.esma.europa.eu/sites/default/files/form_to_be_completed_for_submission_of_request_to_investigate_nca_under_article_17_of_esma_regulation-1.docx
Enviarlo rellenado al email [email protected] Yo ya lo he enviado. Muchísima suerte a tod@s.
¿CÓMO RELLENAR LA QUEJA EN LA ESMA? ESMA ES LA MÁXIMA AUTORIDAD BURSATIL DE EUROPA, ESMA PUEDE SANCIONAR A LA CNMV POR NO CUMPLIR LAS LEYES EUROPEAS. CASILLA 1: Poner nombre y apellido
CASILLA 2: Poner quién os representa
CASILLA 3: Dirección
CASILLA 4: Telefono/fax/e-mail
CASILLA 5: COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV) Calle Edison, 4, 28006 Madrid
CASILLA 6: Yo he puesto lo siguiente: “REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 DE LA COMISIÓN de 14 de julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas al régimen de variación mínima de cotización aplicable a las acciones, los recibos de depositario y los fondos cotizados
REGLAMENTO (UE) N 596/2014 Parlamento Europeo abuso de mercado
Directiva 2014/65/UE
Mifid II
CASILLA 7: Yo he puesto lo siguiente: CNMV ha incumplido sus funciones, obligaciones y nos está perjudicando a muchísimos accionistas minoritarios: Web CNMV Nº de registro: 269201, hecho relevante publicado en Abengoa el 30-08-2018. Accionistas de Abengoa, Urbas y Vértice 360 pusieron reclamaciones a la CNMV por manipulaciones en el mercado de dichas acciones y CNMV no ha hecho nada. http://uma.com.es/escrito-de-la-union-minorista-de-abengoa-uma-a-la-atencion-de-d-victor-pastor-sobre-la-manipulacion/ CNMV dejó la manipulación del mercado por fondos buitres, que enviaron a la ruina: Abengoa del 35,34€ al 0,0244; Urbas 4,08€ a los 0,010; Vértice 3,10 a los 0,010. CNMV prohibió cortos en acciones como Liberbank. Se pidió que se prohiban los cortos en Abengoa, Urbas, Vértice y no lo ha hecho. CNMV dijo que en REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 establece para todos los valores una variación mínima del precio, incluidos los que se negocien con precios entre 0 y 0,10. En dicho reglamento pone que el mínimo es 0,010. Sociedad de Bolsas Española punto 5.7 de la Circular 1/2017: pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. No hay ninguna acción que cotice a 0. A ese precio estaría quebrada, no valdría nada. CNMV única institución europea que quiere autorizar una moneda de pago que no existe la milésima. En ningún país de la UE existe una acción que valga menos de 0,010. Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017) CNMV incumple los artículos que citan: Artículo 6. Requisitos de organización y Artículo 17. Requisitos relativos a la admisión de instrumentos financieros a negociación y la Mifid II, porque las normas no son claras, ni transparentes, todos los precios que quiere imponer serían artificiales, no existe la milésima en la UE. CNMV hace una advertencia a dichas acciones. Estamos en democracia y el Split es legal. Lo que dice que el Split incumpliría el Reglamento 596 2014 Parlamento Europeo abuso de mercado Artículo 12.1 Manipulación de mercado: Lo incumple CNMV, poner un precio ilegal, la milésima que no existe en la UE. Además CNMV permitió los precios que estuvo Abengoa 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10. ¿Por qué CNMV no dijo nada y lo dice ahora? Además en el aviso que apoya, ponía que serían las acciones que están cercanas a 0,010 y Abengoa A está más cercana a los 3 céntimos. CNMV tiene que cumplir las leyes del mercado, no querer decir que Abengoa, Urbas y Vértice no valen 0,010. El precio de dichas acciones podría ser muy superior a dichos 0,010. El mercado, no está para que CNMV imponga milésima, que no existe en la UE. CNMV incumple las competencias que la ley le otorga para garantizar la libre formación de precios y la integridad de la negociación. Dejó que Abengoa llegara a 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10 y ahora dice que podrán suspender o excluir la negociación de los valores correspondientes por no dejar que el mercado las baje de 0,010 precio mínimo de las acciones UE y no suspende los cortos que podrían enviar a la ruina a pequeños accionistas minoritarios que han puesto sus ahorros en dichas acciones.
CNMV no tiene ningún derecho a hacer ninguna suspensión o exclusión de la negociación de los valores, para aplicar la norma, porque el precio mínimo de las acciones es 0,010 y están autorizando el invento de la milésima, que no existe en ningún país de la UE. Por lo que las acciones valen mínimo un 0,010 y si la CNMV quiere bajar del mínimo permitido por la ley, dichas acciones tienen todo el derecho a hacer un Split. CNMV dijo que se cumpla el Artículo 23 Facultades de las autoridades competentes de REGLAMENTO (UE) N 596/2014. CNMV no debería imponer un aviso del BME ilegal, que pone milésimas que no existen en la UE, incumpliría sus medidas de bajar el mínimo de la Unión Europea que es 0,010.
5.7. Variación mínima de precios Los valores podrán cotizar con las variaciones mínimas de precios que se establecen a continuación, siendo el precio mínimo por valor de 0,01 euros. Incumplen queriendo bajar de 0,010 a 0,0010. Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica.
Según el Reglamento delegado (UE) 2017/588 de la Comisión de 14 de Julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE en lo que respecta a las normas técnicas de regulación referidas al régimen de VARIACIÓN MÍNIMA DE COTIZACIÓN APLICABLE A LAS ACCIONES, en vigor desde el 3 de enero de 2018, es ILEGAL la reciente implantación por la empresa BME de los 4 decimales. Los 4 decimales implican variaciones INFERIORES A LAS MÍNIMA entre dos niveles de precio de órdenes tramitadas. Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica.
Al margen de su improcedencia manifiesto que contraviene la directiva europea cuyo plazo de transposición a la legislación nacional ha vencido con creces y su aplicación es de OBLIGADO CUMPLIMIENTO. El artículo 93 de la propia Directiva 2014/65/UE, fija el plazo máximo de entrada en vigor en los Estados miembros del Reglamento que la desarrolla en la fecha límite del 3 de enero de 2017. Luego es un Reglamento VIGENTE y de OBLIGADO CUMPLIMIENTO en todo el territorio español, independientemente de la naturaleza jurídica del organismo regulador. “
CASILLA 8: Yo he puesto lo siguiente: “Reclamaciones a la CNMV por email, teléfono, burofax, cartas certificadas, etc."
CASILLA 9: No he puesto nada.
CASILLA 10: Yo he puesto lo siguiente: “ Sociedad de Bolsas Española punto 5.7 de la Circular 1/2017: pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017)”
CASILLA 11: Si queréis que Esma difunda vuestros datos como reclamantes a la BME ponéis una equis mayúscula en la primera, si no lo queréis ponéis una equis mayúscula en la segunda.
CASILLA 12: Tenéis que poner el lugar , la fecha y la firma. Yo he puesto la firma escaneando en grande una firma mía y después dando desde ese documento control c, control v a la hoja de la queja.