¿Y si estás corto con un compromiso de devolución de los títulos de por ejemplo 2 años?
Depende si estás corto en acciones o en derivados, y si es en acciones con algún compormiso de devolución creo que la risa se nos iría rápido. Aunque igual en algún "mercado gris" se podrían comprar aunque sea a través de notario...
Creo que las ventas en corto en España están prohibidas, lo que se hace es tomarlas prestadas (alquiladas) y venderlas en el mercado, y esta operación suele ser con la condición por contrato, de devolverlas pasado un determinado tiempo. Por tanto habría que buscar a alguien que las vendiese.
Si te pilla con Futuros como la liquidación es diaria me imagino que te quedas con lo que haya pasado ese día, se cierra la posición y ya está. Tanto al largo como al corto se le cierra la posición. (entiendo yo)
Y si te pilla con CFDs me imagino que pasaría lo mismo que con futuros a no ser que te repliquen la orden en el mercado y en tal caso no sé qué pasaría, pero supongo que si uno compra y otro vende luego se anula y a cada cual se le paga o se le quita la diferencia de precios que haya sufrido.
Me estoy refiriendo al día que las suspendan, logicamente si estabas corto de mucho antes entiendo que los beneficios se materializan en derivados y en acciones pues se materializan en cuanto recompres las acciones y devuelvas las que pediste alquiladas...