Hola,buenas noches
Observo que te explica someramente el contenido del recurso ante el Tjue. Y te explica que sin tus documentos y la hoja de encargo, no puede actuar en tu nombre.
No te dice nada sobre si en ambos recursos, ante el Tjue contra resolución JUR,y ante ka Audiencia Naciona, contra intervención del FROB, es necesaria e imprescindible tu adhesión a dichos procedimientos.
Habría que preguntarles, que en el caso, de sentencia favorable, repercute en TODOS los afectados o solo en los personados.
Por lo que leo en la misiva,estamos TODOS sin excepción: habla de los más de trescientos mil accionistas y los tenedores de deuda convertible y subordinada,para ser indemnizados.
En otro orden de cosas, la Mutualidad de la Abogacía,tambien afectada con casi 50millones,creo que tambien interponía recursos en solitario.
El Tjue se pronunciará sobre el acto en sí. Y nos acogerá a todos.
La Audiencia Nacional,determinará sobre la intervención y tambien nos incumbe a todos, y se podrá utilizar su sentencia por cualquier afectado.
Estamos un tanto desamparados entre tanta información que nunca nos aclaran al 100% la situación, y nos pueden meter en demandas que podríamos ahorrarnos, más que por el dinero que nos costará, por la situación personal de continuo desasosiego, despues del expolio sufrido.
Saludos