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La Seda en concurso: situación, propuesta (Pac) y Denuncia minoritarios

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La Seda en concurso: situación, propuesta (Pac) y Denuncia minoritarios
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La Seda en concurso: situación, propuesta (Pac) y Denuncia minoritarios
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#17

Re: La Seda en concurso: situación, propuesta (Pac) y Denuncia minoritarios

Vuelvo a preguntar, por si alguien tiene alguna novedad.

Si no se puede hacer nada efectivo, ¿ cuándo se van a poder declarar estas pérdidas?

#18

Re: La Seda en concurso: situación, propuesta (Pac) y Denuncia minoritarios

.....

#19

Re: La Seda en concurso: situación, propuesta (Pac) y Denuncia minoritarios

Hola 26 de Mayo

Yo también llevo de éstas, y que yo sepa no hay noticias. Sólo nos queda esperar la liquidación o que vuelva a cotizar (Ojalá que sea ésta segunda), según leí hace meses no está descartado.

Suerte para todos los que estamos dentro, que la vamos a necesitar.

Regimor

#20

Re: La Seda en concurso: situación, propuesta (Pac) y Denuncia minoritarios

Subo el tema ¿Alguna novedad?

#21

RESPUESTA DEL PARLAMENT // FW: RV: LA SEDA: engaño bestial a Jdo. Mercantil (("mismo" del Concurso, creo))‏

GRACIAS a Parlament de Catalunya y Grupos, esperando su interés en este asunto de “La Seda de Barcelona”, el cual supone presunto “engaño” -creo- a los Minoritarios y a la misma JUSTICIA (según lo he argumentado).

--- Expongo todo este texto, CON ESTA RESPUESTA DEL PARLAMENT DE CATALUNYA, en el Foro de INVERTIA (Terra) de "La Seda", copiando la dirección electrónica para servir como "enlace" en Twitter, y así poder publicar el texto hacia múltiples destinos en Twitter (entre ellos los mismos de los “e-mails”) .- .... Lo expongo en FORO "RANKIA", por no "funcionar" el de INVERTIA .-

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From:
To:

Subject: RV: LA SEDA: engaño bestial a Jdo. Mercantil (("mismo" del Concurso, creo))
Date: Mon, 30 Mar 2015 09:36:09 +0000

 

Acusem rebuda del vostre escrit, que ha estat tramès als grups parlamentaris del Parlament de Catalunya.

Cordialment,

Evita imprimir aquest missatge si no és necessari i contribuiràs a estalviar recursos naturals. 

De:  [mailto:]
Enviat: dissabte, 28 / març / 2015 13:51
Per a:  Consultes al Parlament
Tema: FW: LA SEDA: engaño bestial a Jdo. Mercantil (("mismo" del Concurso, creo))

--- Expongo todo este texto en el Foro de INVERTIA (Terra), copiando la dirección electrónica para servir como "enlace" en Twitter, y así poder publicar el texto hacia múltiples destinos en Twitter .-

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Como continuación del “e-mail” de ayer :

Por “e-mail” a …  … , SOLICITO con respeto a la Administración Concursal de “La Seda”, con instancia a Juzgado Instr. “que sea”, se adopte MEDIDA de CAUTELA a fin que el Sr. MOREIRA y su Grupo “BA PET” (con Sr. Tavares), como actual “Presidente Social” de “La Seda”, NO ostente NINGUNA Representación SOCIAL , ni puedan ejercer VOTO “social” alguno, ... pues -entre otras cosas expuestas- resulta una INFAMIA que tales Señores “representen” “ALGO” mínimo en LEGALIDAD y LEALTAD... , habiendo CONSENTIDO “a sabiendas” -al parecer presuntamente- ARBITRAJE y LAUDO con un presunto “estafador” de la propia Sociedad “La Seda” -el expresidente Sr. Español- , querellado por el Mº FISCAL por presuntos DELITOS gravísimos (estos mismos sobre "trama" "Jatroil" y SIMULACIONES de "Rusia y Túnez",, y otros) ... bajo debido Procedimiento JUDICIAL-PENAL , así invadido por dicho “ARBITRAJE” y su LAUDO.-

 

-------------------------------------- ARGUMENTOS -------------------------------------

 

Las dos demandas devenidas de las dos “Acciones de Responsabilidad Social” contra el expresidente Sr. Español acordadas en la Junta del 8-8-09 (debió ser directa DENUNCIA en vía PENAL a fin de clarificar lo que indicaba KPMG como experto Auditor “independiente” -así contratado-), obran en el MISMO Juzgado Mercantil del Concurso-Liquidación de “La Seda”, según información del Decanato sobre “una” y “otra” de las dos demandas.

Las demandas debieron ignorar el Informe (completo) de KPMG ((pues según lo aparecido en prensa, pocos días antes de la Junta del 8-8-09, claramente se hablaba de “posibles-presuntos” delitos así indicados por KPMG, al parecer)), … y por tanto eran sesgadas, presuntamente, pues en otro caso (conocimiento pleno de dicho Informe de KPMG y su documentación) los letrados hubieran aconsejado la vía penal -y no dos demandas mercantiles-. … Pero está claro que todos los Letrados (de ambas Partes), -y los árbitros-, “debían conocer” dicho Informe de KPMG indicando posibles “delitos”, lo cual fue ignorado “a sabiendas” (presuntamente), en las dos demandas y en el “arbitraje-Laudo”. ......... Con este “Informe” (copio su información seguidamente), indicando posibles DELITOS, no cabía “votar” acciones “mercantiles” (los delitos no se “votan” para “posible” acción “legal”, sino que “deben” ser denunciados y más por quienes sean Administradores “leales”), … no cabían demandas, sino denuncia/querella en vía PENAL, ... y, ni mucho menos, cabía un “arbitraje” (ni su “Pacto” previo) respecto a posibles DELITOS. … Ambas Partes (La Seda-Administradores // Sr. Español), sus Letrados, y los árbitros, ... todos, por su responsabilidad y Cargo, o interés directo también, debían conocer los posibles DELITOS, pero, “a sabiendas” (presuntamente), evitan la vía PENAL como única pertinente (sobre presuntos DELITOS), con malversación de fondos de “La Seda” en impertinentes demandas e infame “arbitraje”. … Los árbitros, y los Letrados, debían conocer este “Informe” siguiente -si no fueron engañados por ocultación- (texto copiado de noticia en Prensa), donde queda claro que los asuntos de “Jatroil” y de “Rusia y Túnez” eran “presuntos” DELITOS , y no cabían demandas “mercantiles”, y ni mucho menos “un arbitraje”. …......................................................................

06-08-09 (la Junta fue el 8-8-09) expansion.com … Informe de KPMG En el caso de las ventas en Túnez y Rusia, KPMG establece que �el mismo stock que en 2006 fue vendido por La Seda a Netco y Polímeros PET y recomprado en 2007 y 2008, en última instancia fue revendido� a la tunecina Emme y la rusa VK Import. Según el informe, el 31 de diciembre de 2006, la química vendió 31.230 toneladas de envases de plástico PET a Netco por 35 millones de euros y los recompró dos meses después a un precio superior. En 2008, La Seda habría vendido el mismo lote a Emme a un precio un 6,7% superior al de mercado. La química catalana habría realizado una operación similar con la venta de 33.487 toneladas de PET a Polímeros PET y, posteriormente, a VK Import, también a un precio superior al del mercado, según KPMG. A raíz de diversas entrevistas realizadas con responsables de La Seda, el consultor concluye que �existen dudas razonables en cuanto a la existencia real del stock� y las operaciones, calificadas por los entrevistados de �especiales�, se habrían utilizado para �no reconocer una pérdida contable�. Se da la circunstancia de que Netco, Polímeros PET y la rusa VK Import están participadas por Joaquín García Campillo, un ex empleado de La Seda que fue despedido en 2001, señala el documento. El informe establece que estas operaciones representaron el 35,81% de la totalidad de las ventas de La Seda en 2006 y el 24% de la facturación en 2008. ............................... Jatroil : La Seda es propietaria del 5% de Jatroil, sociedad constituida en 2007 y que, según KPMG, �no refleja ninguna actividad salvo la realizada con La Seda�. El grupo químico ha concedido dos préstamos por 2,4 millones y 17,4 millones, respectivamente, a esta compañía para entrar en el negocio del biodiésel, importe que, a fecha de hoy no ha sido devuelto. Según el informe, el préstamo de 17,4 millones se transfirió a una tercera sociedad, Nuevo Sol Granadella, cuyo principal accionista es la familia Mondedeu a través de Provimola. Nuevo Sol Granadella debía encargarse de la búsqueda de los terrenos para construir la planta de biodiésel. KPMG afirma que, en las entrevistas realizadas para elaborar el informe, los directivos de La Seda afirmaron que �Jatroil y Nuevo Sol fueron escogidas como idóneas en base a su experiencia en la búsqueda de terrenos para la plantación de la jatropha y en la búsqueda en el extranjero�. El consultor concluye que la actividad de Nuevo Sol, �aparentemente, se refiere únicamente a proyectos de promoción inmobiliaria en España�. KPMG va más allá y apunta a que los recursos podrían haberse destinado �a distintos usos por el grupo encabezado por Provimola en otras operaciones con La Seda�. En concreto, se trataría de un pago de 1,2 millones por la compra de unos terrenos a Inmoseda en abril de 2008 y dos de 1,2 millones y 13,8 millones, respectivamente, por la adquisición de una licencia tecnológica. La trama se complica porque, al parecer, el pago de 13,8 millones a La Seda volvería a salir del grupo químico el mismo día de su entrada en la compañía, esta vez, desde la filial Artenius San Roque, a Nuevo Sol Ibiza, que gestiona promociones inmobiliarias en la isla española. ….................

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2012 INFORMACION FINANCIERA CONSOLIDADA Segundo Semestre

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24.2 Acciones de responsabilidad social

En la Junta General de Accionistas de La Seda de Barcelona, S.A. celebrada el día 8 de agosto de 2009 se aprobó interposición de dos demandas en ejercicio de la acción de responsabilidad social contra don Rafael Español Navarro, expresidente del Consejo de Administración.

En la primera de ellas, presentada el 22 de octubre de 2009, la Sociedad Dominante reclamó el resarcimiento del daño patrimonial por importe de 18.280 miles de euros producido por los préstamos concedidos a Jatroil, S.L mencionados en el apartado 24.1 anterior. A esta demanda se acumuló la demanda de indemnización presentada por la Sociedad Dominante contra Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija (Fiatc) y Chartis Europe Sucursal en España S.A. (Chartis), en méritos de la póliza de responsabilidad civil de administradores y directivos suscrita con dichas compañías hasta el límite de sus respectivas pólizas, es decir, 15.000 miles de euros a Fiatc y los restantes 3.280 miles de euros a Chartis.

En la segunda demanda presentada el día 16 de diciembre de 2009, la Sociedad Dominante reclamó el resarcimiento por el daño causado por el impago de las operaciones de venta de mercaderías a ciertas sociedades domiciliadas en Túnez y Rusia, por importe de 35.070 miles de euros, más intereses legales.

El demandado interpuso en ambos procedimientos sendas declinatorias de jurisdicción por arbitraje las cuales fueron estimadas mediante Autos de 19 de enero de 2010 y de marzo de 2010. Los recursos interpuestos contra ambos Autos fueron acumulados. Por Auto de 30 de diciembre de 2010 fue resuelto desfavorablemente para la Sociedad en cuanto a la declinatoria por competencia, mientras que se estimó en cuanto a la acumulación de acciones contra las compañías aseguradoras, sin imposición de costas. Este Auto señaló la acción directa de la Sociedad Dominante contra las compañías aseguradoras en virtud de la Ley del Seguro. Tras el Auto de 30 de diciembre de 2010 se reanudó el procedimiento únicamente contra Fiatc y Chartis por la señalada acción directa. Tras la celebración de la Audiencia Previa el Juzgado ha procedido a suspender la tramitación de los autos a la espera del procedimiento arbitral contra el anterior expresidente del Consejo de Administración. La resolución judicial que acordó dicha suspensión ha sido recurrida por la Sociedad Dominante.

Adicionalmente, mediante Auto de fecha 15 de mayo de 2012, el Juzgado ha estimado la excepción de prejudicialidad penal alegada por las aseguradoras, acordando la suspensión del proceso una vez quede pendiente de sentencia (((( ? ? ? )))) , y ello a la vista de la apertura de un procedimiento penal en el Juzgado del El Prat de Llobregat en el que consta como imputado el referido anteriormente expresidente del Consejo de Administración.

Con fecha 23 de mayo de 2012, se ha dictado laudo por el Tribunal Arbitral en el que se ha declarado que el exconsejero no actuó con la diligencia debida, (i) en relación con la decisión y formalización de un préstamo participativo con la entidad Jatroil, S.L. por importe total de 17.400 miles de euros, relativa a la adquisición de terrenos para la producción de cultivos para biocombustibles y (ii) en relación con la decisión y ejecución de las operaciones de venta de mercancías a las empresas de Túnez (Emme. Pl.Suarl) y Rusia (VK Import NN) efectuadas por la Sociedad Dominante por un importe de 29.955 miles de euros la primera y 38.636 miles de euros la segunda. El laudo ha declarado igualmente que la responsabilidad del exconsejero no puede exigirse, en su caso, hasta que la existencia y cuantía del daño causado a la Sociedad Dominante por las referidas conductas resulte de los diversos procedimientos en curso o a iniciar.

Actualmente el procedimiento se halla paralizado por prejudicialidad civil y penal. Los préstamos y los saldos a cobrar por las operaciones mencionadas anteriormente se encuentran totalmente deteriorados a 31 de Diciembre de 2012. (página) 40 de 46 ........................................................................................................

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…...................................................................... NOTA : aquí, con todo “descaro”, comunican públicamente que hay “prejudicialidad penal” estimada judicialmente, pero luego se ha dictado -y consentido presuntamente- Laudo “Arbitral”. Estos Señores ven estupendo -y lo publican- que meros árbitros se metan en cuestiones de “presuntos DELITOS” (según tal prejudicialidad PENAL) bajo debido Procedimiento JUDICIAL PENAL .

Aparte, se había intentado (conociendo el Informe de KPMG indicando ya esos posibles graves DELITOS) ... cargar parte del “pufo” a los Seguros, presuntamente, pues fue dictado ya por el Juzgado Merc. “Auto de acción directa contra las compañías aseguradoras”.

 

- - - Otro detalle vergonzoso es que estos Abogados de estos “leales” Administradores hacen “RECURSOS” : mejor que estos “RECURSOS” para mejor Justicia para “La Seda”, hubiera sido facilitar al Sr. Juez Mercantil ((mismo Juzgado Mercantil del Concurso-Liquidación según Decanato)) las “NOTICIAS” de prensa y medios sobre el Informe de KPMG indicando posibles graves DELITOS, o mejor, aportar dicho “completo” Informe de KPMG -en su completa relevancia PENAL- . Pero con las “NOTICIAS” -aportadas- hubiera valido para que el Sr. Juez Mercantil hubiera visto los claros indicios de graves DELITOS en esos dos asuntos demandados de “Jatroil” y de “Rusia y Túnez” (sin ser así “engañado” por “ocultación” de esos indicios de graves DELITOS), ... y por tanto hubiera remitido tales dos asuntos a la legal y debida COMPETENCIA JUDICIAL “PENAL”, y quizás de paso hubiera deducido testimonio PENAL contra ambas Partes y sus Letrados por llegar y “responder” a trámites de demandas “mercantiles”, siendo asuntos de “muy posibles” muy graves DELITOS según KPMG. En vez de esos “RECURSOS”, podían haber aportado al Juez Mercantil estas “NOTICIAS” : …............. (sobre las ventas a “Rusia y Túnez” como posibles SIMULACIONES -- noticia de “expansion.com”) : … …................... �existen dudas razonables en cuanto a la existencia real del stock� y las operaciones, calificadas por los entrevistados de �especiales�, se habrían utilizado para �no reconocer una pérdida contable� .............. ((( referido al Informe de KPMG , 6-08-09 ))) .-

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--- Igualmente la Aseguradora “FIATC” podía haber alegado -de inmediato- tales “NOTICIAS”, informando al Juez Mercantil sobre el Informe de KPMG y de la existencia de posibles DELITOS (con posibles SIMULACIONES) en el conjunto de esos dos asuntos. ... El Sr. Joan Castells era Vicepresidente (y Presidente “en funciones” de “La Seda” por breve tiempo) cuando KPMG hizo su Informe, según parece, o bien lo tuvo que conocer el Sr. Castells (aunque dimitió) en algún momento antes o después de su dimisión, y por el directo interés al ser también Castells el “Dirigente” de la Aseguradora “FIATC”, que aseguró al Sr. Español cuando éste era Presidente de “La Seda”. … No sé si Castells habrá denunciado ya el presunto intento de “engaño” a “FIATC” al tratarse de posibles “muy graves DELITOS” (con posibles SIMULACIONES) que se querían “cargar” a los Seguros , y estaba claro que ya KPMG indicaba -desde el principio- tales posibles DELITOS. “FIATC” debía responder por “15” MILLONES DE EUROS, según la Información anterior copiada, en virtud del AUTO de "Acción Directa contra las Aseguradoras" de fecha 30 de diciembre de 2010 ; con el Informe de KPMG o cualquiera de sus “NOTICIAS” salidas en Prensa y medios, Castells se planta ante el Sr. Juez Mercantil -de inmediato- y dice que “esos” son posibles gravísimos DELITOS (según KPMG), y que no tiene por qué “cargar” su Aseguradora “FIATC” con “15” MILLONES DE EUROS, en ningún caso. ... Pero lo extraño es que se diera lugar a trámites de “arbitraje”, y pasara UN AÑO y 4 meses desde ese AUTO de "Acción Directa" y el AUTO de “prejudicialidad PENAL”, con lo cual el Sr. Juez Mercantil fue "hurtado" de conocer debidamente el Informe de KPMG indicando posibles gravísimos DELITOS (cuanto menos según las “noticias” en Prensa y medios), haciendo el Juez “trámites” que NO hubieran sido pertinentes en su caso según lo “estimara” por dicho Informe de KPMG y sus efectos -si lo hubiera conocido debidamente-. …. También (“según parece” todo lo que estoy deduciendo presuntamente) es “curioso” que solamente las Aseguradoras aleguen la “prejudicialidad PENAL”, según se dice en la Información anterior copiada, sin que -según parece- lo alegara “La Seda” siendo cuestión crucial de enorme relevancia legal “DEBIDA”. Y es “curioso” que según parece … “se reanudó el procedimiento únicamente contra Fiatc y Chartis por la señalada acción directa” … , con lo cual el expresidente ((posible presunto “estafador”)) Sr. Español -al parecer- quedaba así exento de “pagar algo”, cuando perfectamente -creo- se le podía seguir demandando por el resto que no cubrieran los Seguros. ... Pero eran posibles DELITOS, y “La Seda” en todo momento pudo ALEGAR -por ello- el Informe de KPMG ...y luego -después- la QUERELLA “Criminal” del Mº FISCAL .-

 

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From:
To:
Subject: LA SEDA: engaño bestial a Jdo. Mercantil (("mismo" del Concurso, creo))
Date: Fri, 27 Mar 2015 23:32:36 +0000

------- "La Seda de Barcelona", en liquidación (Cotizada en Bolsa)

Remito este "mail" a:

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Don _____ :____

Administración Concursal de La Seda de Barcelona, S.A. en liquidación.

/ A Parlament de Catalunya

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--- Expongo todo este texto en el Foro de INVERTIA (Terra), copiando la dirección electrónica para servir como "enlace" en Twitter, y así poder publicar el texto hacia múltiples destinos en Twitter .-

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A "UNIDOS POR LA SEDA":

Como Asociación en defensa de Minoritarios, les pido con todo respeto consideren (si no lo hubieran Ustedes aún denunciado) el presunto engaño bestial de las DOS DECLINATORIAS DE JURISDICCIÓN "POR ARBITRAJE" A FAVOR del Demandado Sr. Español, del "ARBITRAJE" consiguiente, y del LAUDO "ARBITRAL" (habiendo presuntos DELITOS según KPMG -al parecer-, y según luego la QUERELLA CRIMINAL DEL Mº FISCAL , en los asuntos de "Jatroil" y de "Rusia y Túnez"). Como Minoritarios, es una verdadera INFAMIA -después de pérdidas enormes sufridas- que haya por ahí un Laudo "Arbitral" que declara (según H. R. 166143 CNMV) que el expresidente Sr. Español, presunto dañador-ESTAFADOR mediante presuntos DELITOS enormes, se condujo por ¡¡¡ "actuaciones EMPRESARIALES" !!! sin "DILIGENCIA" debida, en dichos dos negocios de "Jatroil" y de "Rusia y Túnez" QUERELLADOS "criminalmente" POR EL Mº FISCAL . Es VERGONZOSO -tal "Declaración" Formal- y una verdadera CANALLADA y afrenta vil hacia los Perjudicados, pues son presuntos DELITOS que -en gran parte y por sus efectos- han arruinado a la Empresa . ... Les pido que Ustedes también -con Denuncia- insten la efectiva aportación a la Justicia Penal de copia fiel del LAUDO ARBITRAL , y del PACTO DE ARBITRAJE que los Consejeros que fueran PACTARON "de antemano" -según parece- con el Sr. Español en los asuntos de "Jatroil" y de "Rusia y Túnez", según las DOS DECLINATORIAS POR "ARBITRAJE" que EL MISMO JUZGADO Mercantil del Concurso (información del Decanato) estimó al Sr. Español, siendo así suspendidas las dos Demandas para verificar ese "ARBITRAJE" (((pero eran posibles DELITOS gravísimos según ya indicaba el Informe de KPMG, por las "noticias" en prensa y medios, lo cual ha sido confirmado por el Mº FISCAL en su Querella))).

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( LAUDO ARBITRAL ) - HECHO RELEVANTE : ....... ((( DECLARACIÓN PRESUNTAMENTE “DELICTIVA”, según estimo, como presunto “fraude LEGAL” en las debidas acciones LEGALES-PENALES que se debieron tomar contra el expresidente Sr. Español por parte de “La Seda”, y por oposición frontal a lo estimado -penalmente- en la Querella del Mº Fiscal --y en el Informe de KPMG al parecer -- , sobre los mismos asuntos y hechos y respecto al mismo implicado-imputado ; Dilig. Previas 1.021/2.011 Jdo. Instr. Prat-3 ; se suplanta, así, la “legal y debida” Competencia Judicial-Penal, pagando indebidamente “La Seda” abogados y árbitros, todos en presunta connivencia -y el Sr. Español- a sabiendas de haber presuntos DELITOS en esos dos asuntos de “Jatroil” y de “Rusia y Túnez”, así “arbitrados” ; ... la Querella del Mº Fiscal se presentó UN AÑO ANTES de emitirse el Laudo “arbitral” ))) : . . . . . . . . . . . . . . . .

- - Querella del Mº Fiscal : Dilig. Previas 1.021/2.011 Jdo. Instr. Prat-3 ; mismos asuntos de “Jatroil” y de “Rusia y Túnez”, sobre los que -según parece- versa “también” el Laudo Arbitral : (((( son presuntos DELITOS gravísimos de enorme daño implicado, según el Mº Fiscal ; no son actuaciones “empresariales”, como falsariamente se declara )))) : * * * * *
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HECHO RELEVANTE ---- número 166143 CNMV ...... :
El Prat de Llobregat, 6 de junio de 2012.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 24/1988, de 18 de julio, se informa que se ha dictado el laudo arbitral en el marco de la acción social de responsabilidad acordada por la junta general de La Seda de Barcelona, S.A. contra don Rafael Español Navarro, en méritos del cual se ha declarado, entre otras cuestiones:
1. en relación con la decisión y formalización de un préstamo participativo con la entidad Jatroil, S.L. por importe total de 17.400.000 euros, relativa a la adquisición de terrenos para la producción de cultivos para biocombustibles; y
2. en relación con la decisión y ejecución de las operaciones de venta de mercancías a las empresas de Túnez (Emme. Pl.Suarl) y Rusia (VK Import NN) efectuadas por La Seda de Barcelona, S.A. por un importe de 29.954.748 euros la primera y 38.636.110,54 euros la segunda,
que las conductas desarrolladas por el Sr. Español en las indicadas operaciones
constituyeron actuaciones empresariales en las que no obró con la diligencia debida. * * * * * * * * * *
El laudo ha declarado igualmente que la responsabilidad del Sr. Español no puede exigirse, en su caso, hasta que la existencia y cuantía del daño causado a La Seda de Barcelona S.A. por las referidas conductas resulte de los diversos procedimientos en curso o a iniciar.
Atentamente,
Javier Fontcuberta
Secretario del Consejo de Administración * * * * * * * ((( Está implicado el Consejo de Administración, con el Sr. MOREIRA como Presidente, quien ha seguido "representando" a la Sociedad en la Liquidación !!! )))

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------------ Explico el asunto a "ampliar" en la Instrucción Penal, lo que implicaría a todos los Consejeros (que sean):

KPMG (como salió en Prensa-Medios) indicaba ya que "JATROIL" parecía una verdadera TRAMA delictiva, y que las "ventas" a "RUSIA Y TÚNEZ" eran posibles SIMULACIONES contables: sobre esto KPMG dijo (expansion.com, Informe KPMG, La Seda, ...buscar así) que "existen dudas razonables en cuanto a la existencia real del stock", lo cual se habría utilizado para "no reconocer pérdida contable".

Si hay "dudas" (por el experto INDEPENDIENTE contratado KPMG) de la existencia REAL de la mercancía de esas "ventas", entonces pueden ser presuntas SIMULACIONES, lo cual (y la trama “JATROIL”) habría que haber denunciado INMEDIATAMENTE a la Justicia PENAL por parte de los Administradores "leales". ... Pero se hicieron demandas "mercantiles" (ante el MISMO Juzgado Mercantil que -casualidad- lleva el Concurso-Liquidación), que acaban en ARBITRAJE-LAUDO (suspendiendo el trámite de las dos Demandas) porque resulta que -casualidad extraña!!!- había "por ahí" un Acuerdo-Pacto de "Arbitraje" entre LA SEDA y su expresidente Sr. Español, lo cual así "lo estima" el Juzgado Mercantil cuando el Sr. Español alegó la existencia de este Acuerdo-Pacto de "ARBITRAJE", ... y por eso “se van” a hacer "un ARBITRAJE", acabando en la emisión del LAUDO ARBITRAL (del Hecho Relevante 166143) .-

 

Pero, como hemos visto, el Auditor KPMG desde el mismo principio indicaba que esos dos asuntos (demandados-arbitrados en supuesto ENGAÑO al mismo JUZGADO MERCANTIL -mismo del Concurso-) , ... que esos dos asuntos podían ser presuntos DELITOS (TRAMA delictiva//“ventas” SIMULADAS), ... CON LO CUAL SE ENGAÑA al Juzgado Mercantil pues si esto (Informe de KPMG) lo hubiera conocido "plenamente" el Juez Mercantil hubiera dicho: ....... .... estos asuntos son posibles DELITOS, y yo no soy COMPETENTE para instrucción penal sobre posibles DELITOS, lo cual lo debe hacer el JUZGADO de INSTRUCCIÓN (vía PENAL) COMPETENTE, con lo cual “les meto un puro” "que se cagan" y deduzco "testimonio penal" ((para el JUZGADO de INSTRUCCIÓN-Penal correspondiente)) para que “se vea” -a su vez- como posible DELITO hacer "demandas mercantiles" y luego "arbitraje" sabiendo que hay un Informe de KPMG indicando muy posibles DELITOS en esos dos asuntos, con engaño-ocultación al Juez Mercantil que ha sido engañado cuando ha "estimado" haber ya vinculación de Pacto de ARBITRAJE, cuando eran esos asuntos posibles DELITOS gravísimos.

 

Pero acaban haciendo ese ARBITRAJE y emitiéndose el LAUDO ARBITRAL ((sin que el Juez Mercantil sepa que se trata de posibles DELITOS -durante todo el trámite del "arbitraje"- según indicaba KPMG, pues del Laudo tampoco le habrán informado que se ha hecho, aunque a última hora las Aseguradoras sí informaron al Jdo. Mercantil que había CAUSA PENAL con QUERELLA DEL FISCAL, pero aún así se emite el LAUDO "arbitral", lo cual no lo sabrá (???) el Jdo. Mercantil pues si son presuntos DELITOS ya bajo COMPETENCIA "JUDICIAL" PENAL, no se puede hacer Laudo "arbitral", pues corresponden esos dos asuntos a competencia JUDICIAL)).

 

Y si se hace "arbitraje" y se emite LAUDO (efectos de "cosa juzgada", pero que sería NULO al tratarse de PRESUNTOS ¡¡¡DELITOS!!!), y ya "había" UN AÑO ANTES la QUERELLA DEL FISCAL en debido Procedimiento JUDICIAL PENAL del Jdo.3 Prat, y antes la Fiscalía había estado en "investigaciones" (teniendo en cuenta el Informe de KPMG), y antes los Consejeros disponían ya del mismo Informe de KPMG como experto "independiente" que indicaba tales posibles DELITOS gravísimos, .... …. :

 

Resulta, así, que estos "tíos" se han pasado "por el forro" de sus "..." a KPMG, a las investigaciones del Fiscal, al Fiscal en su Querella, y a la Magistrada del Jdo.3 Prat en su debida COMPETENCIA JUDICIAL!!! "PENAL" (sobre tales presuntos DELITOS), con trámites "paralelos" de "arbitraje" y de LAUDO "Arbitral" invadiendo esa exclusiva COMPETENCIA JUDICIAL PENAL ; ... y de paso engañaron TAMBIÉN al Juzgado Mercantil -el MISMO del CONCURSO- con ocultación presunta del criterio e Informe de KPMG indicando posibles DELITOS, desde el principio de estas "irregularidades" (que eran muy posibles DELITOS para DENUNCIAR de inmediato en exclusiva vía PENAL y ante el JUEZ de Instrucción-PENAL). ... Y engañan así también a los Minoritarios, pues las "acciones legales" contra el expresidente Sr. Español son "una farsa" sin valor efectivo alguno, evitando así -ELLOS- la directa DENUNCIA "PENAL" de esos muy posibles DELITOS!!! gravísimos .-

 

Este "engaño" bestial afectaría a los CONSEJEROS implicados, CONTINUADAMENTE, “desde que” se presentaron las dos "demandas mercantiles" ante el Jdo. Mercantil, debiendo haber sido directa DENUNCIA "PENAL" por muy posibles "DELITOS muy graves", según "indicaba" ya el Informe de KPMG como experto Auditor "independiente" así contratado para "dilucidar" tales irregularidades ((parece ser que por exigencia de la CNMV, creo, pues hablaron en un “Hecho Relevante” de un "Requerimiento" de ésta) .-

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Parece ser que se ha terminado la Instrucción de la Pieza de "Rusia y Túnez", y el Juicio Oral ya se señalará próximamente (según alguna noticia).

Si hay debida instrucción de este tema del arbitraje-Laudo ((y el Jdo.3 tiene ya el Laudo -aunque NO LO SÉ-, lo cual no se me dice en las respuestas que he recibido, pero es "mi derecho" esta información de si se ha aportado ya -por algún medio- el Laudo y se tramita esto del "Arbitraje")), ... el Jdo. 3 Prat no puede dar por terminada la instrucción de esta "Pieza" de las presunta "ventas" SIMULADAS a "Rusia y Túnez" (a no ser que se haya abierto otra línea de investigación "aparte"), pues faltaría -creo "si así faltara"- la COMPLICIDAD del Consejo Admtr. (y demás Consejeros "continuadamente") y de árbitros y letrados -en su caso-, y el "papel" del Juzgado Mercantil en cuanto al "engaño" evidente a este Juzgado ((y a los Minoritarios)).

 

Si como salió en los medios y prensa, KPMG como EXPERTO INDEPENDIENTE indicaba que estas "ventas" eran posibles SIMULACIONES (se "dudaba" -"dudas razonables"- de .... "LA EXISTENCIA REAL del stock", de esa mercancía), queda claro que los Administradores "lo tapan" esto al Juzgado Mercantil (el MISMO DEL CONCURSO casualmente) cuando éste admite las dos Demandas -la de este tema en concreto- y cuando estima "a favor" del Sr. Español sus "dos" DECLINATORIAS por ¡¡¡ARBITRAJE!!! ((SIENDO EN EL FONDO -ELLO OCULTADO- muy posibles DELITOS!!! gravísimos tales posibles SIMULACIONES!!!)) ; y también engañan al Jdo. Mercantil cuando éste dicta AUTO DE ACCIÓN DIRECTA CONTRA LAS ASEGURADORAS: si eran posibles SIMULACIONES dichas "ventas" (de posible "humo") según KPMG, es claro intento de "intentar" estafar a los Seguros, y "utilización" perversa del Juez Mercantil (quien ignoraba que eran posibles SIMULACIONES según "indicaba" KPMG como experto "independiente"). ... Aún más: este "arbitraje" es "paralelo" a la Instrucción Penal, lo cual ya es el colmo del descaro, y la Juez nº 3 debería tomar "serias medidas" por esto, pero .... , ahí está "en el limbo" (mío cuanto menos, pues no tengo seguridad plena) tal "arbitraje" invasor de la legal COMPETENCIA JUDICIAL PENAL.

 

Todo esto creo que debería "estar" férreamente implicado -por COMPLICIDAD DIRECTA- con esta "Pieza" del próximo Juicio (según noticias) de esas presuntas "simulaciones" de "ventas" a "Rusia y Túnez".

 

Pero yo no tengo seguridad "plena" sobre que esto del "arbitraje" esté ya bajo debida instrucción, pues (aún -creo-) está bajo Sobreseimiento Provisional del Jdo. 1 (que NO pidió el Laudo directamente!!! a "La Seda", pero ESTIMANDO INDICIO DE DELITO!!!), y esto es lo que realmente aún tengo notificado sin cambio alguno (según "parece" -creo-).

 

Como verán, esto es asunto BESTIAL, un engaño infame y enorme a los Minoritarios y a la misma JUSTICIA : "salvaje" engaño (presunto), según parece.

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#23

Re: RESPUESTA DEL PARLAMENT // FW: RV: LA SEDA: engaño bestial a Jdo. Mercantil (("mismo" del Concurso, creo))‏

i?

#24

Re: RESPUESTA DEL PARLAMENT // FW: RV: LA SEDA: engaño bestial a Jdo. Mercantil (("mismo" del Concurso, creo))‏

Me ha llegado hoy por correo convocatoria de junta de accionistas de La Seda.

¿ Nos van a contar algo interesante ?