Por lo que yo sé…
Se cobran los “premios” en esos bancos. Pero tú puedes decir que te lo ingresen en la cuenta que quieras (del banco que sea).
Si no tienes cuenta en esos bancos, tampoco pueden “obligarte” ha hacer una.
Para cobrar un premio de loterías necesitas:
- Que este premiado y llevar el boleto o décimo (las papeletas NO las paga el banco. Te tiene que pagar quien te vendió la papeleta, si es una cantidad grande, ver como se cobra para que NO sea donación).
- El DNI (documento nacional de identidad) en regla (que NO este caducado).
- Y el número de cuenta donde quieres que te transfieran el dinero (del banco que quieras).
- Mira bien lo que ponen en la página de lotería.
- Si solo lo “cobra” una persona y el premio es de varios. Y luego esta persona les “transfiere” el dinero, es una donación y tienes que tributar por ella.
En Loterías distinguimos los premios según la cantidad devengada en cada décimo o resguardo. Así, llamamos premios menores a los inferiores a 2.000 € y premios mayores a los resguardos o décimos que acumulen un importe igual o superior a 2.000 €.
Premios menores:
Podrás cobrar los premios menores en cualquiera de los casi 11.000 puntos de venta de la Red Comercial de Loterías, desplegados por toda la geografía nacional, a partir del día siguiente al del último sorteo en el que participe la apuesta.
Premios mayores:
Si has resultado agraciado con un premio mayor, el premio se cobrará exclusivamente en las entidades financieras autorizadas por SELAE.
Actualmente, una extensa red de más de 6.000 oficinas bancarias a lo largo de todo territorio estatal colabora en la prestación de este servicio. La lista actualizada se encuentra disponible en los puntos de venta de Loterías y también aquí:
Recuerda que en las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio sin recabar de los perceptores de los premios la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones legales de identificación (normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o normativa de cualquier otra índole que resulte de aplicación).
Pasos a seguir para cobrar tu premio: Una vez elegida la entidad colaboradora, te recomendamos que solicites cita previa para asegurar que te puedan atender adecuadamente. No es obligatorio disponer de una cuenta bancaria en la entidad elegida para el cobro del premio. Tampoco se aplicarán comisiones para cobrar el mismo. El banco colaborador te solicitará el original de tu documento de identidad (que deberá estar en vigor) y cumplimentar los formularios relacionados con la ley orgánica de protección de datos personales (LOPD). Además, puede que la entidad bancaria te solicite también información financiera relacionada con el conocimiento de sus clientes (KYC) para cumplir sus obligaciones legales de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Cuando el
premio es
compartido por un grupo de familiares, amigos, compañeros de trabajo, parejas, etc… en el caso de premios mayores a cobrar en entidades bancarias, la única peculiaridad es que deben acudir todos los titulares del premio para identificarse en la entidad financiera. Si el grupo es numeroso y voluntariamente los agraciados así lo prefieren, pueden designar un representante para realizar las gestiones en nombre de todos. Este apoderamiento debe conferirse en documento público ante un notario, ya que hablamos de importes elevados de caudales públicos, lo que requiere tener certeza de a quién y por qué se paga.
Certificado de premios
https://www.loteriasyapuestas.es/es/normativa/descarga-certificado-premios Además creo que en el banco también puedes pedir un “papel” no se como es, donde dice que has “ganado” tanto en tal premio de lotería. Te descuentan el 20% del premio (que se lo queda hacienda). Y la cantidad exenta de pagar ese 20% es de 40.000 euros.