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Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021

10 respuestas
Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021
Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021
#1

Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021


Según he recibido de nuestra Assessoria Fiscal, que regularmente nos remite información fiscal de forma genérica , además de colgarla en su web. 

Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021 
 
 
A partir del ejercicio 2021, en base a la modificación introducida por la Ley 11/2021 de 9 de julio de medidas de prevención i lucha contra el fraude fiscal, existe la obligación de incluir en el modelo 720 (declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero) información sobre monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se es titular, o respecto de las que se tenga la condición de beneficiario, autorizado o que se disponga de poder de disposición de dichas monedas virtuales. 
 
Se entiende que existirá obligación de declarar las monedas virtuales situadas en el extranjero (es decir, si el servidor del monedero o dicho monedero está situado en el extranjero) si el importe de éstas supera los 50.000 € 
 
Finalmente recordar que, incluso cuando la sentencia del TSJUE de 27/01/2022 declaró ilegal la no prescripción y su régimen sancionador, la declaración informativa continua vigente i en consecuencia subsiste la obligación de presentación del modelo 720.
 

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CRIPTOMONEDES SITUADES A L'ESTRANGER - OBLIGACIÓ DE DECLARAR  MODEL 720 - EXERCICI 2021
 
A partir de l’exercici 2021, i arran de la modificació introduïda per la Llei 11/2021, de 9 de juliol, de mesures de prevenció i lluita contra el frau fiscal, existeix l’obligació d’incloure en el model 720 (declaració informativa sobre béns i drets situats a l’estranger) informació sobre les monedes virtuals situades a l’estranger de les que es sigui titular, o respecte de les que es tingui la condició de beneficiari, autoritzat o es tingui el poder de disposició d’aquestes monedes virtuals.
 
S’entén que existirà obligació de declarar les monedes virtuals situades a l’estranger (és a dir, si el servidor del moneder o el moneder està ubicat a l’estranger) si l’import d’aquestes supera els 50.000 €.
 
Finalment recordar que, tot i que la sentència del TSJUE de 27/01/2022 ha declarat il·legal la no prescripció i el règim sancionador, la declaració informativa continua vigent i per tant subsisteix l’obligació de presentar el model 720. 
#2

Re: Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021

pero que supere los 50.000 en qué fecha concreta? porque el batacazo que lleva la gran burbuja bitcoin e hijas....
#3

Re: Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021

 Valoración de acciones negociadas en el extranjero
Pregunta 41:
 ¿A efectos de la obligación informativa de bienes situados en el extranjero, las acciones negociadas en un mercado organizado extranjero de características análogas a las de los españoles, cómo pueden valorarse?
Respuesta: A los efectos de esta declaración informativa, se podrán valorar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 15 o 16 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, o por su valor de cotización a 31 de diciembre.
Valoración de valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios
Pregunta 42:
¿A efectos de la obligación informativa de bienes situados en el extranjero, los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios negociados en un mercado organizado extranjero de características análogas a las de los españoles, cómo pueden valorarse?
Respuesta: A los efectos de esta declaración informativa, se podrán valorar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 13 o 14 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, o por su valor de cotización a 31 de diciembre 

Habrá que ir entonces (digo yo, que no soy fiscalista), a ver que dice la normativa de la declaración de patrimonio y observo esto:

 
Acciones Tributación de las acciones en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP)
El valor por el que deben computarse las acciones en el Impuesto sobre el Patrimonio depende de la naturaleza de los títulos. Las reglas de aplicación son las siguientes:
Supuestos de valores representativos | Valoración a efectos del Impuesto
Acciones y participaciones cotizadas | Valor de negociación media del cuarto trimestre de cada año.

Salvo mejor opinión, la de un experto fiscal, el valor será (a mi modesta interpretación) el valor medio del último trimestre del año. 
#4

Re: Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021

Por lo que he leído recientemente al respecto... salvo mejor criterio de un experto.

  1. La obligación de informar es antes del 31/3/2022 y similar años posteriores.
  2. La valoración en "criptomonedas" es a fecha 31/12/2021 y similar en años posteriores.
  3. Que sea el modelo 720 no está "completamente" confirmado pues el formato de este modelo, a finales de enero de 2022, aún no tenía un apartado para informar de "criptomonedas" o "monedas virtuales"
  4. En las redes sociales, varios asesores fiscales publicaron "de fuentes oficiales" presentaciones de Hacienda en las que se presentaba el modelo 721 como referente para "monedas virtuales".
  5. Tampoco está claro el tema de +50.000€, pues no hay tal valor indicado para "monedas virtuales" en la Ley 11/2021. Es una asociación que se ha hecho con los valores que hay que informar para otros bienes en el extranjero (cuenta corriente, inmuebles, etc.)

Disculpas anticipadas si mi comentario no aporta información relevante y me temo que solo amplia las dudas que hay al respecto...

Un saludo
#6

Re: Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021

Hola  Keranui,
Valientes de corazón (o afortunados de bolsillo) los que tienen más de 50.000 euros en criptomonedas. 
Saludos,
#8

Re: Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021

Lo curioso es que la gente que tenga más de 50.000 euros en criptomonedas casi seguro que las tendrá en un "cold wallet", con lo cual tampoco tendrán que declararlas en el modelo 720.
#9

Re: Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021

Y perderse el staking?
#10

Re: Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021

Hola Keranui,
Sin embargo, sí habrá que declarar en la Declaración de la Renta.
saludos,
#11

Re: Criptomonedas situadas en el extranjero – Obligación de declarar – Modelo 720 ejercicio 2021

Es cierto, pero son declaraciones de monedas virtuales con criterios diferentes:

  1. En la declaración de la Renta (2021): se declara si has obtenido ganancias y pérdidas por la transmisión de criptomonedas, pero no que tenemos criptomonedas. También se declara si se trata de una transmisión onerosa (a cambio de algo, e.g., una permuta) o lucrativa (a cambio de nada, e.g., una donación).
  2. En el modelo 720 -seguramente será el modelo 721 (2022): se declarará la tenencia de criptomonedas en el extranjero si su valor supera una cierta cantidad -que está por determinar cuando se apruebe el reglamento correspondiente.
  3. En la declaración de Patrimonio (2021): la novedad es que se introduce un apartado que sirve para identificar los saldos de monedas virtuales y que hasta ahora debían incluirse en el apartado genérico de demás bienes y derechos de contenido económico.

Un saludo