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Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias

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Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias
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Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias
#1

Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias

Hola, me están reclamando una deuda por descubierto de cuenta, de un recibo de tarjeta de crédito. Un recibo de una tarjeta que se me impide devolver, porque es la propia entidad bancaria la emisora de la tarjeta de crédito. La cantidad es de 18.000 euros de descubierto. Mi pregunta es si, no deberían reclamarme la cantidad por deuda de tarjeta de crédito? Los 18.000 superan la cantidad máxima fijada por la entidad de máximo de descubierto de cuenta(que me dijeron era de 1000eur en ING) , igoro si hay un tope legal. Y creo que lo hacen así para poder reclamarle a la otra persona cotitular de la cuenta, puesto que de la tarjeta solo soy yo titular.
Puedo reclamar esto con alguna base legal?
Alguien sabe en qué documentación puedo ver el máximo estipulado del descubierto? Porque el límite de 150-1000eur viene publicitado en su web pero no sale en la información contractual de la cuenta nómina. 

 Gracias. 
#2

Re: Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias

¿Qué motivo alegas para devolver el recibo?
En el contrato de la tarjeta suele fijarse el límite del crédito y las CONSECUENCIAS si se supera. Una de ellas suele ser, además del bloqueo de la tarjeta, el cobro inmediato del exceso de crédito consumido. Mira tu contrato.
#3

Re: Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias

¿Has hecho tu la compra por los 18.000 €?
#4

Re: Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias

Ese es el tema, el que indica @piqueras ¿tu has hecho este pago? ¿has acumulado tal deuda en la tarjeta? 

Sin estos datos, difícilmente se te puede ayudar. 
#5

Re: Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias

Si si, la deuda es cierta. Pero es una deuda de la tarjeta de crédito. 
A mi lo que se me hace raro es que me reclamen un descubierto de cuenta, siendo una deuda de tarjeta de crédito. 
Cuando no pago una cuota de un crédito, no me lo cargan a la cuenta dejándola en descubierto y reclamarme el descubierto. Si no que, no se carga el recibo, y me reclaman la cuota. Y si no pago el crédito, me reclaman el crédito, no lo cargan a la cuenta por su totalidad. 


#6

Re: Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias

Bueno, cuando te dan un descubierto autorizado de 1.000 euros (por ejemplo) quiere decir que el banco te responde hasta ese importe, pero no quiere decir que no te deje hacer uno superior.
En este caso entiendo que les interesa mas hacer el cargo porque la tarjeta también es suya.
Imagino que pasaría lo mismo con un préstamo de ING, si les interesa te lo pueden cargar.
De todas formas, ¿por qué quieres devolver el recibo de la tarjeta?
Lo que igual si puedes es hablar con ellos para financiar la deuda, o bien con la tarjeta o con un préstamo, pero igual es lo que dices tu, así le pueden reclamar la deuda a todos los titulares y les interesa.
No creo que se pueda reclamar mucho, no están obligados a cargarte el recibo, pero tampoco les impide nada hacerlo.
#7

Re: Descubierto de 18.000 - Cuentas Bancarias

Completando lo te te indica @enrique750 
una deuda procedente de un contrato de  tarjeta, se puede reclamar por el propio contrato de tarjeta o bien considerar vencida la deuda, cargarla en la cuenta corriente, porque sin duda lo permite en este caso el contrato y reclamar a través de descubierto en cuenta.

Parace que esta ha sido la opción que el banco ha considerado más favorable a sus intereses.

Lógicamente, entiendo que para considerar vencido y exigible la totalidad del saldo deudor, habras registrado impagos en dicha tarjeta. 

Por tanto, y por los datos que apuntas, no se trata de límite de descubierto, sino de uno provocado por la cancelación total del contrato de tarjeta, aplicando la deuda a una cuenta corriente. Si guardas copia de contrato de la tarjeta, en algún punto indicará que pueden actuar así. De todos modos, si no lo tienes puedes pedir copia, aunque al 99% que asi está estipulado.

No soy abogado, pero actuar así para reclamar el saldo a otro titular de la cuenta, le veo una oposición bastante fácil del/de la otro/a titular, cuando este llegue a un juzgado, porque la deuda inicial no le pertenece, ahora bien, antes que eso llegue a un juzgado le van a reclamar igual, por tanto, si lo hacen, que empiece por reclamar al SAC y si la respuesta no es la que espera, que recurra al Banco de España, a ver que le indican.