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El banco me deniega el rescate del plan de pensiones
Hola.
He intentado el rescatar mi plan de pensiones que tengo en CaixaBank pero me lo han denegado.
El motivo del rescate es por despido objetivo (me han despedido por despido objetivo art 52), pero el banco me lo deniega por estar cobrando el desempleo.
Según el reglamento de mi plan de pensiones:
"La percepción de la prestación correspondiente a la jubilación podrá anticiparse:
b) En el caso de que el partícipe, cualquiera que sea su edad, extinga su relación laboral y pase a la situación legal de desempleo en los supuestos contemplados en los artículos 49.1g), 51, 52 y 57 del texto refundido de la Ley del estatuto de los Trabajadores"
Segun el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones, en su articulo 8 punto 2:
"Artículo 8. Anticipación de la prestación correspondiente a jubilación.
2. Las especificaciones de los planes de pensiones también podrán prever el pago anticipado de la prestación correspondiente a la jubilación en caso de que el partícipe, cualquiera que sea su edad, extinga su relación laboral y pase a situación legal de desempleo en los casos contemplados en los artículos 49.1.g), 51, 52, y 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre"
Yo no estoy solicitando el rescate por parado de larga duración, artículo 9.3, donde si se recoge el no tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo.
¿Cómo podría reclamar? ¿Tal vez traspasando mi plan a otro banco donde si se permita el rescate por despido objetivo y cobrando el desempleo?
He intentado el rescatar mi plan de pensiones que tengo en CaixaBank pero me lo han denegado.
El motivo del rescate es por despido objetivo (me han despedido por despido objetivo art 52), pero el banco me lo deniega por estar cobrando el desempleo.
Según el reglamento de mi plan de pensiones:
"La percepción de la prestación correspondiente a la jubilación podrá anticiparse:
b) En el caso de que el partícipe, cualquiera que sea su edad, extinga su relación laboral y pase a la situación legal de desempleo en los supuestos contemplados en los artículos 49.1g), 51, 52 y 57 del texto refundido de la Ley del estatuto de los Trabajadores"
Segun el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones, en su articulo 8 punto 2:
"Artículo 8. Anticipación de la prestación correspondiente a jubilación.
2. Las especificaciones de los planes de pensiones también podrán prever el pago anticipado de la prestación correspondiente a la jubilación en caso de que el partícipe, cualquiera que sea su edad, extinga su relación laboral y pase a situación legal de desempleo en los casos contemplados en los artículos 49.1.g), 51, 52, y 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre"
Yo no estoy solicitando el rescate por parado de larga duración, artículo 9.3, donde si se recoge el no tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo.
¿Cómo podría reclamar? ¿Tal vez traspasando mi plan a otro banco donde si se permita el rescate por despido objetivo y cobrando el desempleo?