- Empieza a contar desde que metes X cantidad de dinero, no recuerdo cuánto, pero creo q era la que hayas indicado como nómina.
- Sí
- Cuando quieras, no recuerdo el plazo que hay para cumplir, pero ya viste que la remuneración comienza desde que transfieras dinero.
PD: Yo también soy repetidor (con un año de margen, pero con la apertura de la cuenta Digital de por medio. El año se mira desde que cerraste la anterior CN.), y cobrando he cobrado el primer semestre sin problema.