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Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

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Implicación fiscal cuenta corriente de una hija
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Implicación fiscal cuenta corriente de una hija
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#16

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Gracias por la información.
En mi caso estoy pensando pagar un curso escolar a mis nietos (ya no son hijos y en todos los casos viven los padres) en el extranjero.
Estoy preocupado por si hay alguna implicacion fiscal.
¿algún comentario sobre el caso?.
Gracias de nuevo. 
#17

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Dependerá del importe de dicho curso. Pero, en general, en la práctica no hay implicación fiscal.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#18

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

En el caso de que los padres no puedan satisfacer ese gasto, no habría problema. En caso contrario, no lo tengo claro.

 Artículo 143. Están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el artículo precedente: 1.° Los cónyuges. 2.° Los ascendientes y descendientes. Los hermanos sólo se deben los auxilios necesarios para la vida, cuando los necesiten por cualquier causa que no sea imputable al alimentista, y se extenderán en su caso a los que precisen para su educación.

Artículo 144. La reclamación de alimentos cuando proceda y sean dos o más los obligados a prestarlos se hará por el orden siguiente: 1.° Al cónyuge. 2.° A los descendientes de grado más próximo. 3.° A los ascendientes, también de grado más próximo. 4.° A los hermanos, pero estando obligados en último lugar los que sólo sean uterinos o consanguíneos. Entre los descendientes y ascendientes se regulará la gradación por el orden en que sean llamados a la sucesión legítima de la persona que tenga derecho a los alimentos. 

¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.

#19

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Tendrías que consultar en el foro de fiscalidad, pero creo que esto sería donación ... solo sería valido en ausencia de progenitores y tuvieras a los nietos a ti cargo.. pero no estoy seguro, por ello mejor consultes en fiscalidad.
#20

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Si entra en los límites de los usos y costumbres, no tendría fiscalidad. Es usual que los abuelos hagan regalos a los nietos y/o les paguen ciertos gastos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#21

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Entonces debe intentarse que cuadre aproximadamente con la matrícula, con la estancia o ambas cosas ....¿es así?
#22

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Yo creo que no se trata de cuadrar nada, sino de hacer un regalo razonable, no existe una medida cierta para eso. 
Los cuadres más bien forman parte de la picaresca.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#23

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Yo creo que no aplica el que entre dentro de los usos y costumbres para que se considere donación o no. Es costumbre hacer regalos a los recién casados y no por eso deja de ser donación. Otra cosa es que sean cantidades pequeñas y Hacienda no se dedique a investigarlo (normalmente... me suena de algún caso en el que sí lo hicieron, que salió en la prensa). Si yo le doy "la paga" el domingo a mi sobrino, es donación, independientemente de que sean dos euros o dos millones. 

Por lo que yo interpreto del código civil, son los padres los obligados en este caso. Pero si no tienen recursos, entonces sí podría hacerlo el siguiente ascendente sin que sea donación (de hecho, no es que pueda, es que estaría obligado a ello).

Sin embargo, si los padres sí tienen recursos, podría ser considerado una donación (no sé si hacia el nieto o hacia los padres de este, que son los obligados a cubrir ese coste). Aunque, de nuevo, si las cantidades no son grandes, no llamaría la atención.

¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.

#24

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Por lo que interpreto del código civil, no influye el que el nieto esté a tu cargo o no. También existe la obligación "hacia arriba" y en estos casos no se considera que el nieto tenga los abuelos a su cargo. O entre hermanos.

¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.

#25

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Entonces estamos ante la interpretación que pueda hacer la Agencia Triburaria !!!! Sin embargo, resulta que el impuesto de donaciones está cedido a las comunidades autónomas, que salvo error no tienen la misma línea directa con las entidades financieras que la AEAT.

Al margen de tal interpretación, supongo que el tema está en la proporcionalidad y que realmente estos pagos correspondan más o menos con los gastos justificables en concepto de estudios y lo que ello conlleva, estancias, transporte, manutención . ... 

¿No habrá algo de eso en el petete? 
#26

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Sí, tiene que haber proporcionalidad:

 Artículo 146. La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe. 

Un padre puede proporcionar alimento a un hijo (si este no tiene medios) sin que sea donación. De hecho, en algunos casos estará obligado a hacerlo.

La discusión está en si es donación si el alimento lo proporciona el abuelo. Mi opinión es que no lo es si los padres no tienen medios. Si los tienen, no lo tengo claro (desconozco si hay otra legislación que aplique aparte del código civil, o incluso normativas autonómicas, como comentas), pero podría serlo (en teoría, aunque en la práctica nadie paga el impuesto de donaciones por cantidades pequeñas).

¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.

#27

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Creo que nadie ha dicho que no haya donación. Lo que digo yo es que no hay fiscalidad, siempre que esté dentro de los límites de los usos y costumbres.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#28

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

Ah vale, en todo momento estaba pensando que la duda era sobre si era donación. ¿Qué otra implicación fiscal podría tener, aunque fuera una cantidad grande? Aquí no hay ganancia patrimonial para el donante ni plusvalía...

Si sí hubiera ganancia patrimonial (por ejemplo en la donación de una vivienda que se ha revalorizado), sí que habría que tenerlo en cuenta en otros impuestos (IRPF y plusvalía), independientemente del importe (es decir, independientemente de que la ganancia patrimonial sea baja o de que donar un piso a un hijo entre dentro de los usos y costumbres).

¿En qué influyen los usos y costumbres?

¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.

#29

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

La implicación fiscal principal en las donaciones es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, o sea para el donatario, no para el donante. 
En el caso de regalos ajustados a los usos y costumbres hay una exención "de facto".
Si doy un donativo a un mendigo, ¿ tiene que tributar por esa donación?, no ¿En qué ley figura que no?, en ninguna.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#30

Re: Implicación fiscal cuenta corriente de una hija

No siempre. Aunque la costumbre es fuente de derecho, no ha de ser contraria a la ley (grosso modo, jeje, que yo soy de ciencias). Y no hay límite mínimo. Por ejemplo, los regalos de boda, más costumbre que esa... y algunos han sido objeto de inspección (aunque imagino que estas inspecciones son anecdóticas, lo he visto en prensa pero no conozco ningún caso en persona).

No estamos hablando de usos y costumbres, sino de cantidades pequeñas y de la capacidad/voluntad inspectora. Para ti y para mí "los usos y costumbres" de una propina son 60 euros, para un borbón son 60 millones... ;) En el primer caso no se investiga, en el segundo... tampoco, jajaja. (Y ambas serían donación, en principio.)

Un curso en el extranjero supongo que serán varios miles de euros... ya es una cantidad que puede llamar la atención, aunque sea costumbre.

¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.