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Titular y Autorizado de cuenta bancaria. Duda

4 respuestas
Titular y Autorizado de cuenta bancaria. Duda
Titular y Autorizado de cuenta bancaria. Duda
#1

Titular y Autorizado de cuenta bancaria. Duda

¡Hola! A ver si me podéis orientar un poco. Mi padre es el único titular en la cuenta de su banco, y a mi me tiene solamente como autorizado de la misma.

Mi pregunta es la siguiente. Si mañana mi padre fallece, ¿Yo podría disponer del dinero que hay en su cuenta automáticamente, teniendo en cuenta que sería el único heredero? ¿Tendría algún tipo de problema o consecuencia legal si traspaso dicho dinero a mi cuenta?

 

¡Gracias!

#2

Titular y Autorizado de cuenta bancaria. Duda

Pues no.

Una vez que el banco se entere del fallecimiento el banco seguirá pagando los recibos domiciliados a nombre de tu padre, pero no podras retirar el dinero hasta que no presentes la testamentaria NOTARIAL y algunos bancos pueden reclamar que hayas liquidado el impuesto de Sucesiones, ya que ahora los bancos son los inspectores fiscales encubiertos de la Agencia Tributaria.

Asi que una vez presentado el papeleo de Testamentaria e impuesto de Sucesiones el dinero seria tuyo en lo que determine esa testamentaria.

Imaginate que tu padre le deja a su querida quince mil euros en el testamento ya que aunque seas heredero, como hijo natural o reconocido único el Codigo Civil establece que los herederos les corresponde las dos terceras partes, ya que la tercera parte es de libre disposición, o sea tu padre podría dejar la tercera parte a una querida, a una Fundación, a un amigo y por eso no puedes tocar el dinero. Leete el articulo 808 del Codigo Civil.  Y existen Codigos Civiles Forales que son diferentes en el reparto.

Legalmente un hijo único tiene acceso a dos terceras partes, y el tercio de libre disposición se lo puede dar si asi lo desea, además de los derechos de usufructo del conyuge, si bien puede ser desheredado si hay una sentencia firme de actuar contra él como establece el articulo 756 del Codigo Civil. En este planeta existe el parricidio.

#3

Re: Titular y Autorizado de cuenta bancaria. Duda

No, no puedes. Si tu padre fallece, hay que ir al notario y tras hacer la correspondiente testamentaría podrás disponer del dinero, mientras tanto la cuenta de tu padre debe permanecer bloqueada. Si no comunicas al banco el fallecimiento de tu padre y dispones del dinero una vez ha fallecido, estarás cometiendo un delito y más tarde, cuando les sea comunicada la fecha real de muerte, se darán cuenta y si quieren te podrían denunciar. 

#4

Re: Titular y Autorizado de cuenta bancaria. Duda

Solo añadir que en el momento en que comuniques al banco el fallecimiento, dejas de ser autorizado

#5

Re: Titular y Autorizado de cuenta bancaria. Duda

En realidad, dejas de ser autorizado en el momento del fallecimiento, no cuando lo comuniques al banco.

Por tanto, si retiras dinero antes de que el banco se entere del fallecimiento, incurres en responsabilidad ante quien corresponda.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.