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Renta vitalicia a Interes Vitalicio

5 respuestas
Renta vitalicia a Interes Vitalicio
Renta vitalicia a Interes Vitalicio
#1

Renta vitalicia a Interes Vitalicio

He podido comprobar que en una oficina de La Caixa han ofrecido un producto de Renta Vitalicia a mas de una persona, de modo que se puede estar promocionando la venta de este tipo de producto, lo que supondría que lo ofrezcan de manera asidua, y en estos casos como no, como algo que se puede rescatar cuando quieras,este producto no es un fraude, pero hay que tener en cuenta que:

El dinero no tiene que necesitarse en un futuro, ya que se tendrían que sufrir pérdidas en el capital, ya que como se vinculan a productos financieros de renta fija, con los tipos de interés tan bajos actuales, la perdida está asegurada. Una de las grandes ventajas del producto que son los beneficios fiscales también se perderían en este caso.

Se ofrece un tipo de interés técnico, pero no es el que realmente se aplica, ya que de este se restan unas comisiones y los precios de determinados servicios, de modo que os deberían dar el TAE del producto.

Se deben especificar los beneficiarios, ya que no se incorpora al testamento como el resto de bienes.

A partir de aquí, que cada uno haga lo que quiera porque hay gente que le pueda interesar, pero como siempre, este producto ya se esta vendiendo como lo que no es, una continuacion a la finalización de un determinado depósito, al no estar el cliente de acuerdo con el nuevo tipo de interés ofrecido, de esta manera llegan y superan a tipos de interés que pueda estar ofreciendo la competencia.

#3

Re: Renta vitalicia a Interes Vitalicio

La Caixa, producto: Renta Vitalicia Abierta, edad de los titulares 70 y 80 años.
Aportación única: 30.000 €, les ofrecen 50,61 euros mensuales.

Tenemos claro que a su muerte los beneficiarios cobrarían los 30.000 euros y que no se puede rescatar sin sufrir una fuerte penalización fiscal , pero hay otras dudas.

Dicen renta vitalicia, pero en el apdo interés técnico hablan de "Garantiza un ints. durante un periodo de 1, 3, 5 o 10 años", esto quiere decir que si son 10 años (porque entiendo que han de contratar un periodo de tiempo) en el 2024 pudiera ser que en lugar de cobrar 50,61 euros cobraran otro importe y en el caso de no estar de acuerdo y querer anularlo entonces no serían 30000 a rescatar, ¿lo entendemos bien o no es así?.

En ese caso, quiere decir que no serían a cobrar los 50,61 euros de por vida, sino por el tiempo que lo he contratado.

A partir de esa renta mensual y el capital inicial, ¿puedo calcular la TAE? (la Caixa dice 2,59%, ¿coincide?

Bueno, todo lo que se sale de la simple cuenta corriente y plazo fijo, empieza a ser complejo para nosotros. ¿podeis despejar nuestras dudas?

#4

Re: Renta vitalicia a Interes Vitalicio

Eso es un seguro de vida en el que pones el capital y te lo van devolviendo poco a poco, con los intereses que genera. ¿Estás seguro de que los herederos cobraréis el principal, y no solo la parte pendiente? Miradlo bien en el contrato.
Una cosa es que sea una renta mensual vitalicia, y otra muy distinta es que el capital que aportas al seguro de vida genere unos intereses, que lógicamente han de tener unos plazos.
En cuanto a los importes, las condiciones particulares del contrato (o generales) deberían explicar la fórmula que se aplica para el cálculo de la renta mensual, a partir de los intereses.
Y aquí vas perdido, no hay TAE entre otras cosas porque esto no es un producto bancario, sino un producto del sector seguros.
Como dicen en mi pueblo, Manolete, si no sabes torear, no te metas en semejantes fregados, que estás muy, muy perdido y necesitas un asesoramiento bastante exhaustivo en este tipo de productos.
Vamos, que no tiene mucha pinta de que sea para ti si no lo entiendes. Saludos,

#5

Re: Renta vitalicia a Interes Vitalicio

delabotaempinar, creo que mis dudas las tengo mas o menos resueltas. Pone como "Objetivo":(solo pongo el final) que deseen beneficiarse de una posible subida de los tipos de ints.al final del periodo de interés garantizado.
Por tanto si se contrata por 10 años (x ej.)(garantizan los 50,61€ durante se tiempo)si en el año 11 el interés ha bajado, el nuevo tipo de interés estará referenciado a la Deuda Pública menos un diferencial (que no pone cual), por tanto si no se estuviera de acuerdo y los titulares quisieran anular el contrato es cuando CREO se perderían las ventajas fiscales aplicadas en esos años.
En cuanto al tipo de interés final quizá sea un 2,06 teniendo en cuenta la parte que estaría exenta (en referencia a la edad de los titulares).
Y sí, los herederos cobran el 100% si lo pactas desde el inicio, sino la cuota mensual sería mayor, porque como dices tú te devolverían parte del capital.
Intentaré aclarar todo esto con la Caixa, pero entonces entendiéndolo bien puedo ir a preguntar a otros sitios, alguna aseguradora y algún otro banco, vamos como cuando pides una hipoteca.

#6

Re: Renta vitalicia a Interes Vitalicio

A ver, es un producto complejo, que no está sujeto a garantías legales (como sí están regulados, en cambio, los PIAS, de cuya ley toma prestadas las ventajas fiscales). NO ES UN DEPÓSITO NI NADA PARECIDO. Tú anticipas un dinero (prima única), y la diferencia es que en lugar de darte intereses a vencimiento, se aprovechan de ese resquicio legal para hacer una renta mensual vitalicia. No a dos, cinco o diez años: hasta que el tomador muera. Ojito con esto. Que la banca (y algunas aseguradoras) intentan vender las cosas por lo que no son, y luego vienen los lloros.

A mí no me gusta nada este producto, porque no tienes un artículo legal al que acogerte en caso de reclamar, tiene muchos asteriscos "y sis" (y si fallece antes, después de...). Y lo de las exenciones fiscales, siendo cierto, es un caramelo que en muchos casos viene envenenado. El resto ya queda a tu criterio, pero ve advertido de lo que vas a traerte entre manos. Saludos,