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Aviso Importante. Deducción de pérdidas en IRPF/2022 y siguientes
Con fecha 20 de Octubre de 2021, la Administración Concursal de Forum Filatélico presentó al Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, para su aprobación, el Informe Final de las Operaciones de Liquidacion y Rendición de Cuentas. En Sentencia del 21 de Julio de 2022, el Juzgado declara la conclusión y archivo del concurso de Forum Filatélico, el cese del administrador Concursal y la aprobación de las cuentas formuladas.
La Agencia Tributaria no permitió la compensación de pérdidas hasta que finalizara el concurso. Pues bien, ya ha llegado el momento, que será al declarar el IRPF de este año (2022). En el concurso se nos ha abonado únicamente el 23,5% del crédito ordinario reconocido, por lo que el 76,5 de la inversión realizada se ha perdido, que es la cantidad que a partir de ahora vamos a empezar a compensar.
Esta compensación de pérdidas se ha de realizar en la base imponible general, con un límite del 25% de los rendimientos e imputaciones que integran la base imponible general. Las cantidades que no se puedan compensar en 2022 se podrán compensaren los cuatro ejercicios siguientes, respetando en cada año el límite del 25% mencionado.
Pongo un ejemplo: afectado que invirtió 100.000 euros en Forum; ha recuperado solo 23.500 euros por lo que ha sufrido una pérdida de 76.500 euros. Suponiendo que en la declaración del IRPF/2022 este afectado tenga ingresos (trabajo personal, actividades económicas, imputaciones, etc) por importe de 40.000 euros, podrá compensar el 25% (10.000 euros), tributando solo por una base imponible general de 30.000 euros.
Dada la máxima difusión a esto. Vamos a hacerle pagar a la AEAT parte del mal que nos causó en 2006.
La Agencia Tributaria no permitió la compensación de pérdidas hasta que finalizara el concurso. Pues bien, ya ha llegado el momento, que será al declarar el IRPF de este año (2022). En el concurso se nos ha abonado únicamente el 23,5% del crédito ordinario reconocido, por lo que el 76,5 de la inversión realizada se ha perdido, que es la cantidad que a partir de ahora vamos a empezar a compensar.
Esta compensación de pérdidas se ha de realizar en la base imponible general, con un límite del 25% de los rendimientos e imputaciones que integran la base imponible general. Las cantidades que no se puedan compensar en 2022 se podrán compensaren los cuatro ejercicios siguientes, respetando en cada año el límite del 25% mencionado.
Pongo un ejemplo: afectado que invirtió 100.000 euros en Forum; ha recuperado solo 23.500 euros por lo que ha sufrido una pérdida de 76.500 euros. Suponiendo que en la declaración del IRPF/2022 este afectado tenga ingresos (trabajo personal, actividades económicas, imputaciones, etc) por importe de 40.000 euros, podrá compensar el 25% (10.000 euros), tributando solo por una base imponible general de 30.000 euros.
Dada la máxima difusión a esto. Vamos a hacerle pagar a la AEAT parte del mal que nos causó en 2006.