Este Subfondo es un subfondo subordinado y, como tal, invertirá en todo momento un mínimo del 85% de sus activos en participaciones del Fondo principal (EDM INVERSIÓN, FI), que cumple los requisitos para ser considerado un 'OICVM principal' en el sentido de la Directiva 2009/65/CE. El Subfondo podrá tener invertido hasta un 15% de sus activos en activos líquidos accesorios, incluidos efectivo, equivalentes de efectivo y depósitos bancarios a corto plazo. El objetivo de este Subfondo es lograr una apreciación del capital mediante inversiones en el Fondo principal.