Se invertirá, directa o indirectamente a través de IIC, un 0-100% de la exposición total en renta variable o en activos de renta fija pública/privada (incluyendo depósitos e instrumentos del mercado monetario cotizados o no, líquidos). La exposición al riesgo divisa será del 0%-100% de la exposición total. Los emisores y mercados serán de países ocde o emergentes, sin limitación. Puntualmente podrá existir concentración geográfica o sectorial.