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Lo primero, esto NO es un consultorio sino una conversación entre inversores habituales en la que los ya iniciados en el negocio de las subastas hablamos sobre nuestras cosas, intercambiamos buenas y malas experiencias y opinamos sobre algunas de las subastas en curso.

Las consultas básicas sobre las subastas en general y sobre cualquier subasta en particular NO son bienvenidas.

Porque esto NO es una escuela de primaria de subastas.

Ni aquí queremos darle munición a los paracaidistas para competir en subastas con inversores ya iniciados que luchan con sus propias armas.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Y por último, como medida de precaución para que nadie tenga la tentación de utilizar este chat como medio para resolver sus dudas particulares, voy a proponer una única regla básica:

Que todo lo que se comente sobre cualquier subasta en curso tenga que ser aportando el código de la subasta. 

Jejeje, un pequeño misil en la línea de flotación de quien esté investigando su particular El Dorado.

Iniciemos la conversación.

 

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  1. en respuesta a mfmelo
    -
    #1540
    29/10/18 19:31

    pues se supone que los procedimientos que hayan empezado el 1 de septiembre ya no van a dar lugar a las adjudicaciones directas, van a ser subastas parecidas a las judiciales (online tambien), no van a tener precio de salida, se fija el 50% como minimo y si es inferior la mayor de las pujas se valorará por la mesa de subastas, lo que en la practica supone que sigue siendo a criterio de unos funcionarios que son de su padre y su madre asi q... suerte, una pena que no hayan puesto en el nuevo reglamento que si se cubre deuda+intereses+costas etc sea adjudicado el bien independientemente de su valor de tasación, como asi es en las judiciales.

  2. en respuesta a Jp4 365
    -
    #1539
    Hotwu
    29/10/18 17:42

    Pues precisamente por hacer pocas al año, es que a veces van con más cuidado y celo en el hacer.

  3. #1538
    29/10/18 16:13

    Hola, os sigo desde hace bastante tiempo, pero nunca he comentado nada por aqui, pero hoy he visto esta subasta SUB-RC-2018-0380100100902 y he pensado si en los juzgados que hacen subastas con mucha frecuencia hacen las cosas mal ¿que puede ocurrir en los ayuntameinto que hacen algunas pocas al año?
    En esta con la puja minima se aseguran bien de cobrar el importe de la deuda y por si eso fuera poco el importe del deposito es acojonante.

  4. en respuesta a Merlin1
    -
    Top 10
    #1537
    25/10/18 10:44

    Un conocido lleva intentado resolver un pro-indiviso con su pareja lo menos 5 años. Están totalmente enfrentados y no se ponen de acuerdo, no dejan de recurrir y el tema se va a hacer interminable. Más les valdría haberse puesto de acuerdo.

  5. en respuesta a Merlin1
    -
    #1536
    25/10/18 08:01

    No soy de Madrid, así que los plazos de allí, ni idea.

    Lo de los procuradores si adelanta, ya que es la parte interesada la que pone los medios directamente(dinero) y el procurador va en persona a hacer la notificación. Al ser interesado en que se acelere el proceso, lo suelen hacer sin demoras, pero después vuelve al cuello de botella de los juzgados y, ahí, sigue todo igual, o peor.

    Saludos.

  6. #1535
    25/10/18 07:35

    Buenos días,

    Quisiera haceros una pregunta. ¿Sabéis cuanto (de media, aproximadamente, ya que cada caso es un mundo) están tardando los juzgados de Madrid en dictar sentencia de extinción de proindiviso y posterior ejecución de sentencia mediante subasta del bien inmueble? Ahora que creo que a los procuradores se les permite realizar notificaciones, ¿habéis notado que eso ayuda a acortar los plazos de los procedimientos judiciales?
    Gracias de antemano y un saludo a todos

  7. en respuesta a subastero1983
    -
    #1534
    24/10/18 18:12

    Maricón el 2º.

  8. en respuesta a Jotaerre
    -
    #1533
    24/10/18 18:07

    Hasta hace unos 4 años, a través de un sistema público y que se publica (me callo), el cual bajaba a diario, tenía conocimiento de las deudas que se reclamaban. Iba guardando todos esos informes y cuando llegaba el momento de la subasta(sobre cerrado) sabía cuanto tenía que dar para no perder el tiempo y no dar ni un euro de más, ya no lo hago, pero como se está poniendo la cosa de nuevo voy a tener que bajarme dicha información. Cambiar con los tiempos, o perecer.

    Saludos.

  9. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #1532
    24/10/18 18:00

    El año pasado salió en Sevilla capital el 50% de un local céntrico y eche una oferta. Pasa el tiempo y no me aprueban nada (ya todo por internet) y decidí cambiar la oferta, a más baja y el sistema no me dejó. Retiré dicha oferta y pedí la devolución de la retención. Veo que vuelve a salir en AD y echo otra oferta muy inferior, se me acepta y me ocurre lo mismo, pasa el tiempo y no aprueban nada, ellos con la retención y los tiempos de terminación de las ofertas acabados, así que retiré mi oferta. Vuelve a salir y eche otra aún más barata, el 50% de la primera, pasa el tiempo y me aprueban la adjudicación y es que creo fuí el único oferente, ahora me estoy dando latigazos con la fusta: tenía que haber dado menos aún.

    Con los lotes buenos eso no ocurre: no suelen llegar a AD.
    Próximamente hay una subasta en la que ocurrirá eso, es de las buenas, buenas........to be continued.

    Como todo en la vida: oferta y demanda.

    Si el organismo subastador recupera lo que le adeudan o no tiene otra opción, vende como sea, al igual que los demás y para muestra un botón: No debemos fabricar y vender corbetas a Arabia Saudi, pero.....a los astilleros ¿quién los mantiene?....bueno tampoco es tan malo lo que le han hecho al periodista, además ya está muerto y ahora hay que dar de comer a los vivos, que esos si dan votos. En Venezuela la oposición se tira por las ventanas, pero ese es un régimen democrático.

    Saludos y me han adjudicado muchas veces al 3% y Don Joan conoce algunos casos en los que no lo conseguí porque siguieron corriendo los intereses incluso con las fincas subastadas, en otras ocasiones si se me aprueban, los juzgados interpretan las leyes como.....

  10. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #1531
    24/10/18 17:16

    Es que cuando la deuda es muy superior al valor del bien subastado yo no creo que Hacienda pretenda cobrarla entera. Otra cosa es cuando la deuda es manifiestamente inferior al valor del bien. Entonces sí pretenden que el precio de adjudicación la cubra. En cualquier caso, cada maestrillo tiene su librillo. Hay oficinas que por norma nunca adjudican por debajo del 50% del tipo de subasta. Otras en cambio, como ha dicho mfmelo, adjudican incluso por debajo del 10%.

  11. en respuesta a subastero1983
    -
    #1530
    24/10/18 17:11

    Jaja, muy buena, y muy cierto...

    Respecto a lo que habéis comentado sobre las AD de Hacienda, no veo que hayáis mencionado la importancia que tiene la deuda, criterio básico para la AEAT.

    Saludos,

  12. #1529
    24/10/18 16:11

    Que opináis de esta ??

    SUB-JA-2018-108247

    El cerito cabron no solo pasa a los subasteros xDDD El primero que puje es suya!!!

  13. en respuesta a Orgaz1987
    -
    #1528
    24/10/18 15:46

    Hace +- 3 años, se me antojó unos bienes que tenían en AD e hice una oferta. Volvió a salir y otra vez, y otra vez y…..yo cada vez dando menos, no habría más oferentes o las ofertas que hacían eran muy inferiores a la mía y al final tuve la mala suerte que se me aprobó todo el lote por el 4% del valor de tasación (de ellos), el mercado real me ha dicho que di demasiado.

    Saludos

  14. en respuesta a Orgaz1987
    -
    #1527
    Hotwu
    24/10/18 15:14

    Como comenta Tristán, depende de cada oficina, pero a partir del 25% (de su tasación ) algunas empiezan a considerar.

  15. en respuesta a Orgaz1987
    -
    Top 100
    #1526
    24/10/18 14:05

    Respuesta corta: depende de los criterios de cada oficina.

  16. en respuesta a Orgaz1987
    -
    #1525
    24/10/18 14:03

    Por mi pequeña experiencia en las AD, las tasaciones están infladísimas y eso lo saben, quizás no te lo aprueben a la primera, es cuestión de muchos factores, no tienen una norma fija. Yo tengo alguna adjudicación del 15% y otras denegadas por el 60%.

  17. #1524
    24/10/18 13:41

    Duda adjudicación directa de hacienda:
    Cuando la tasación del inmueble es 100 y el valor de mercado 25. Imaginad que pujo 12,5. Según su tasación sería el 12,5% pero según el valor de mercado sería el 50%.
    Suelen aprobar ofertas que según su tasación son ridículas pero que según el precio de mercado son razonables?

  18. en respuesta a Juan1980
    -
    #1523
    24/10/18 12:56

    Los bancos típicos: BBVA, SANTANDER, POPULAR(UF, YA NO EXISTE), lo que quieren es cobrar, incluso perdiendo dinero, a mi me han aprobado y aceptado muchas de ese tipo, pero hay que contar con la decisión del juzgado si ofrecemos muy poco, esa postura del juzgado no es la normal, pero hay juzgados que hacen sus propias leyes.
    A los bancos, típicos, no les viene bien por ejemplo: vivienda habitual, al subastero si, es preferible a un extraño que esté en la finca adjudicada.

    Hay otros bancos: Caixa y cajas en general, que pelean como si fueran subasteros, ya que tienen inmobiliarias e intereses más allá de la subasta y recuperación de los dineros.

    Conclusión: si el bien es interesante, doy toda la reclamación, es lo mínimo admisible y no pierdo tiempo. Si el bien subastado me da igual, ofrezco lo que creo oportuno y me importa poco si se me aprueba o no y a veces te encuentras la sorpresa, sobre todo en tiempos de crisis y dificultad para vender.

    Saludos.

  19. en respuesta a mfmelo
    -
    Top 10
    #1522
    24/10/18 10:22

    Sé que los bancos son entidades cuyas intenciones son difíciles de adivinar pero, qué opinas sobre esto?

    En una subasta donde el valor de mercado de la propiedad sea bastante superior (según idealista, fotocasa..) a la deuda con el banco, incluidos intereses y costas, hay algún caso en que el banco pueda preferir obtener una cantidad menor de un tercero en lugar de adjudicarse el bien?

    Lo explico mejor: supongamos piso con valor de mercado de 200.000 euros, deuda de 130.000 euros (incluidos todos los intereses y costas). Podría el banco preferir 100.000 euros de un postor que sea un tercero a quedarse el piso por 130.000 euros y luego tener que obtener la posesión y comercializarlo, sin saber cómo estará el mercado cuando lo quiera vender?

  20. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #1521
    Hotwu
    23/10/18 16:23

    Si es fondo de inversión, van a optimizar al límite el beneficio, pq les va en ello el negocio.
    Dentro de poco "Buscamos becario subastero..." al tiempo.


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