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¿Como rectificar y/o confirmar el borrador del IRPF 2010?

Confirmar el borrador del IRPF 2010

Si una vez solicitado el borrador de la declaracion de la renta (IRPF campaña 2010) consideras que refleja tu situación tributaria a efectos del impuesto IRPF, podrás efectuar la confirmación o suscripción del mismo en cuyo caso el borrador confirmado tendrá la consideración de declaración de la renta (IRPF) a todos los efectos.

¿Cómo confirmar el borrador de la declaración de la renta (IRPF campaña 2010) si resulta a devolver?

  • Confirmar el borrador por Internet con firma electrónica o número de referencia.
  • Confirmar el borrador por teléfono: llamando al 901 12 12 24 o 901 200 345.
  • Confirmar el borrador por SMS, enviando el siguiente mensaje a 5025:

           – Declaración individual: RENTA (espacio) nºjustificante (espacio) NIF.
           – Declaración conjunta: RENTA (espacio) nºjustificante (espacio) NIF primer declarante (espacio) NIF cónyuge.

  • Confirmar el borrador por banca electrónica o telefónica de las entidades financieras que presten este servicio.
  • Confirmar el borrador personalmente en:

           - Oficinas de las entidades financieras que colaboren con la Agencia Tributaria, incluso en cajeros automáticos.
           - Oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas.
           - Oficinas de la Agencia Tributaria.

¿Cómo confirmar el borrador de la declaración de la renta (IRPF campaña 2010) si resulta a ingresar?

 

A) Si domicilias el pago de la declaración de la renta

  • Confirmar el borrador por Internet con firma electrónica o número de referencia.
  • Confirmar el borrador por teléfono: 901 200 345.
  • Confirmar el borrador personalmente en:

            – Determinadas Oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas.
            – Oficinas de la Agencia Tributaria.
 

B) Si no domicilias el pago de la declaración de la renta

  • Confirmar el borrador por Internet sólo con firma electrónica (en declaración conjunta se precisa la firma electrónica de ambos contribuyentes).
  • Confirmar el borrador por banca electrónica o telefónica de las entidades financieras que presten este servicio.
  • Confirmar el borrador personalmente en Oficinas de las entidades financieras que colaboren con la Agencia Tributaria, incluso en cajeros automáticos.

Supuestos en que no se podrá confirmar el borrador de la declaracion de la renta (IRPF campaña 2010)

a) Cuando hayas obtenido determinadas rentas procedentes del extranjero que, en virtud de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España, se declaren exentas con progresividad.
b) Cuando compenses partidas negativas de ejercicios anteriores.
c) Cuando debas regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas.
d) Cuando tengas derecho a la deducción por doble imposición internacional y ejercites tal derecho.

Rectificación del borrador de la declaracion de la renta (IRPF campaña 2010)

Podrás instar la rectificación del borrador de declaración del IRPF recibido (5 de Abril a 30 de Junio) cuando consideres que han de añadirse datos personales o económicos no incluidos en el mismo o adviertas que contiene datos erróneos o inexactos.

a) Rectificación del borrador mediante personación en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria,
b) Rectificación del borrador por medios telefónicos, mediante llamada al nº 901 200 345,
c) Rectificación del borrador a través de Internet, en la dirección http://www.agenciatributaria.es
 

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