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Operación blanca en Quabit

 

 

Continúa el apetito inversor en el mercado inmobiliario  y  en este caso la empresa Quabit  es la protagonista, puesto que ha decidido  realizar una ampliación de capital para  poder conseguir financiación con la que realizar sus nuevas inversiones.

No voy a entrar a analizar la empresa y si se debe acudir a dicha ampliación o no, en este caso quiero utilizar esta ampliación de capital como ejemplo práctico de una “operación blanca”.

Una operación blanca es aquella mediante la cual un accionista antiguo, ante una ampliación de capital, vende parte de sus derechos preferentes de suscripción y con ese dinero que obtiene y los derechos restantes que no ha vendido acude a la ampliación de capital.

Esto se suele realizar cuando el accionista decide acudir a la ampliación y que no le suponga desembolso monetario alguno.

 

La fórmula para realizar la operación blanca es la siguiente

 

[(a-X)*P]/n = d*X

 

Donde "X" es el número de derechos que se deben de vender ; "a" el número de derechos antiguos que posee el accionista (cada acción otorga un derecho preferente); "n" es la proporción en que se realiza la ampliación (número de acciones antiguas entre el número de acciones nuevas) ; "d" es el valor de los derechos  y "P" es el precio de emisión de la ampliación

Despejamos la expresión

n*X*d = a*P-X*P

n*X*d+X*P=a*P

X*(n*d+P)=a*P

Con esta expresión obtenemos el número de derechos que el accionista debe vender para obtener el dinero necesario para poder acudir a la ampliación.

 

Ahora desarrollemos la operación blanca de acuerdo a los datos que ha publicado Quabit

 

 

 

De acuerdo con la documentación remitida a la CNMV el precio de suscripción es de 1,85 € por acción  que es la suma de  0.5 € de valor de acción y de 1,35 € por prima de emisión, el canje será de 7 acciones nuevas por cada 18 antiguas, cada acción antigua equivale a 1 derecho y cada derecho tiene una valor de 8 centimos de €.

 

Para el ejemplo consideramos que el número de títulos que posee el accionista es de 10.000 acciones de Quabit

 

Redondeamos a 8.999

Entonces el accionista deberá vender 8.999 derechos con lo que obtendrá 8.999*0,08 = 719,92 € que usaremos para financiar la compra de las acciones nuevas.

Con los otros 1.001 derechos sobrantes y de acuerdo con el ratio de ampliación podrá optar a otras 389 acciones nuevas [ 1.001 *(7/18) = 389,27]

Cuyo coste será de 389 *1,85 = 719,65 € que como vemos es suficiente para ser financiadas estas acciones con el dinero que obtenemos por la venta de los derechos de suscripción

Entonces el accionista puede suscribir una parte de la ampliación sin que le suponga desembolso alguno.

 

 

Los comentarios vertidos por el titular en relación con la publicación, que antecede, si bien son veraces a mi criterio, no suponen ninguna vinculación de terceros.

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  1. en respuesta a Mireia78
    -
    #6
    14/01/18 10:56

    Dependería del valor de los derechos, lo único que tendrías que hacer es vender o comprar según planteas tus pregunta, el precio de los derechos por la cantidad derechos que necesitas, si en el ejemplo cada derecho vale 0,08 € sería 500/0,08 = 6250 derechos necesito comprar o vender, pero entonces no es una operación blanca ya que o compramos más derechos para tener más acciones o vendemos derechos para tener más dinero en efectivo y no lo usamos para acudir a la ampliación de capital.

  2. Nuevo
    #5
    13/01/18 22:20

    Excelente explicación!!!
    Aunque me surge la duda: si alguien quiere hacer una operación Blanca pero que le quedarán 500€? O la inversa que pusiera de su bolsillo 500€?
    Como quedaría la simplificación de la fórmula?
    Gracias

  3. #4
    10/02/17 08:39

    Interesante y a tener en cuenta!

  4. en respuesta a tormarq
    -
    Top 100
    #3
    09/02/17 18:02

    No es si queremos ..hacienda esta en la ecuacion desde el 1 de Enero

    un abrazo

  5. en respuesta a E.delvalle
    -
    #2
    08/02/17 13:22

    Si queremos incluir en la formula como socio a hacienda, el símbolo "d" en la expresión sería en este caso d*(1-t) donde "t" sería el porcentaje del impuesto.

    Un saludo

  6. #1
    07/02/17 19:35

    Muy interesante.

    Pero me parece que las operaciones blancas no son tan blancas, como nos gustaría. Falta nuestra amiga Hacienda en la formula.

    La venta de derechos se considera ganancia patrimonial y están sujetas a retención, no se recibirá en realidad esos 719.92€, si no 719.92€(menos)Retenciones... y por tanto no se podrán comprar 389 nuevas acciones. Algunas menos.

    Saludos.