Ya saben: llegar la primavera y con ella el comienzo de la campaña de la declaración de la Renta del ejercicio que precede es todo uno. Es el momento en el que Hacienda llama a nuestra puerta para recordarnos la obligación de liquidar el Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas (IRPF).
Este impuesto grava de forma directa y progresiva la suma de todos los ingresos obtenidos (menos una serie de deducciones) en el transcurso del año precedente al de la fecha de liquidación. Durante el año, vamos pagando unas cantidades a cuenta de nuestros ingresos para, al llegar la época de la campaña, se haga la correspondiente liquidación. Así, si hemos abonado de más durante el año, Hacienda nos lo devolverá y si, por el contrario, no lo hemos satisfecho por completo, es el momento de hacer el pago de lo que quede por liquidar.
El IRPF cumplió el 8 de septiembre del pasado año 40 años desde su aprobación en las Cortes. Su implantación vino a modernizar el sistema fiscal un tanto ineficiente que había hasta ese momento cuyo nombre era Impuesto General sobre las Personas Físicas. La ley que regula el IRPF se publicó unos meses antes que la Constitución siendo presidente del Gobierno Adolfo Suárez y ministro de Hacienda Francisco Fernández Ordóñez. Por lo tanto, IRPF y Constitución han ido de la mano forjando nuestra Democracia.
Sin lugar a dudas, el IRPF es el tributo de mayor relevancia en España por motivos políticos, recaudatorios, económicos y sociales. Por motivos políticos debido a que es una moneda de cambio con el fin de la obtención de votos. Motivos recaudatorios y económicos por lo evidente, y motivos sociales por la importancia de las estadísticas del IRPF para los estudios de la política social en nuestro país.
El caso es que al crearse se le asignaron 28 tramos y unos tipos impositivos que iban desde el 15% al 65,5%, siendo en el ejercicio que nos ocupa de 5 tramos con tipos del 19% al 45%. Tenían la obligación de presentar la Declaración aquellos contribuyentes que sobrepasasen las 300.000 pesetas (el equivalente a unos 13.182€ actualizados según el IPC general). Las Declaraciones eran públicas buscando una total transparencia del impuesto; tal era la idea de cumplir con ese cometido que las listas se exponían en las delegaciones de Hacienda y era habitual ver cómo la gente acudía, a modo de cotilleo entiendo, a echarle un vistazo: ¿se imaginan esta situación ahora? Esa medida duró dos ejercicios porque se creyó que el secuestro de Luis Suñer, por parte de ETA, tuvo que ver con que fuese el español de la época con más ingresos declarados.
Por aquel entonces, Hacienda lanzó una campaña de gran calado entre la población, llegando incluso hasta nuestros días, con el eslogan de Stanley Bendelac “Ahora Hacienda somos todos. No nos engañemos”. La campaña quiso concienciar al contribuyente a que realizase su declaración y, lo más importante, que no mintiese en ella.
Su esfuerzo y el mío quedan refrendados con esa cantidad de servicios que la Administración pone a nuestra disposición
Paradójicamente, al crearse el tributo y aunque se llamaba ‘sobre las personas físicas’, recaía sobre la unidad familiar. Ello fue el motivo para que en 1991 sufriese su primera gran reforma para, ahora ya sí, poder tributar de forma individual pero manteniendo, hasta nuestros días, la posibilidad de declararlo de forma conjunta según proceda o salga más beneficioso para el contribuyente. Durante esta reforma y las siguientes, siempre se han cambiado la cantidad de tramos disponibles y se han variado los tipos impositivos, disminuyendo los máximos y aumentando los mínimos según procedía. Gradualmente, las diferentes reformas, han ido transfiriendo parte del IRPF a las Comunidades que tienen competencias suficientes como para modificar una parte de él.
Poco a poco la tecnología se ha ido imponiendo con el fin de facilitar al contribuyente en todo lo posible su presentación. En sus comienzos, había que presentarlo en unos impresos de venta en los estancos y en las administraciones que se podían rellenar a mano o a máquina. Posteriormente, se creó el archiconocido Programa de Ayuda a la Declaración de la Renta (PADRE) recientemente sustituido por Renta WEB y las aplicaciones disponibles para los dispositivos móviles. La tecnología siempre ha sido una obsesión para la Agencia Tributaria, obteniendo el logro de que España fuese en 1999 el primer país del mundo en aceptar una Declaración de la Renta por Internet. En 1984 se realizó el primer prototipo del programa PADRE para en 1996 poderse descargar de la red. En 1998 se podían pedir los datos fiscales que Hacienda tenía de nosotros. La primera prueba piloto del borrador de la Declaración se realizó en 2002. En 2004 se comienza a permitir la domiciliación bancaria con la ventaja de poder pagar el último día de la campaña. En 2009 se crea la sede electrónica, en 2014 PIN24H, instituido en 2015 por el sistema Cl@ve PIN y, en 2018, se lanzan aplicaciones para los dispositivos móviles, así como un programa de llamadas salientes por parte del Fisco potenciando de esta forma la asistencia telefónica. Como novedad para este año se suprime la impresión en papel evitando así la necesidad de depurar presentaciones duplicadas. En fin, Hacienda no solo ha ido innovando en la presentación del IRPF, también lo ha ido llevando a cabo de la misma manera en todas las figuras tributarias. Los impuestos y su presentación han ido evolucionando según lo ha ido haciendo la sociedad española.
La verdad es que a todos nos molesta pagar impuestos pero tenemos que ser conscientes que el Estado de Bienestar es importante y una buena parte de él se consigue mediante los impuestos. Por supuesto que se podrían administrar más y mejor pero eso es otro tema. Su esfuerzo y el mío quedan refrendados con esa cantidad de servicios que la Administración pone a nuestra disposición. El contribuyente siempre se ha quejado y se quejará de cumplir con sus obligaciones hacia el Fisco, pero más motivos tenían para quejarse aquellos contribuyentes de la Edad Media que pagaban impuestos por todo. En aquella época los impuestos recaían en exclusiva en el pueblo y sus beneficiarios eran la Corona, la Nobleza y el Clero. Eran impuestos indirectos, es decir, no dependían de la capacidad económica del contribuyente ya que se gravaba el comercio, el consumo y la producción. La Revolución Francesa ayudó a poner un poco las cosas en su sitio obligando a los Nobles a contribuir también pero, aun así, el sistema no era justo. Si de justo o no justo hablásemos en la actualidad, haríamos una tertulia interminable a tenor de quien se sentase enfrente de nosotros a debatir. Mientras lo medita, acuérdese que tiene una invitación a presentarlo antes del próximo 1 de julio.