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Sentencia sobre la supervisión en el MAB, la función del Asesor Registrado y de BME en el caso Gowex

El fraude de la empresa Let's Gowex, que cotizaba en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), tuvo una serie de consecuencias de distintas dimensiones:

-La primera y más evidente fue la pérdida que sufrieron quienes habían confiado en las excelentes perspectivas que proclamaba la empresa y habían comprado acciones.

-Otra consecuencia fue el cuestionamiento de la confianza que cabía depositar en las empresas que cotizan en ese mercado y sobre la calidad de la supervisión que existe en el mismo. Cuestionamiento que, por otro parte, cabe plantear también sobre las empresas que cotizan en la Bolsa en general, tras escándalos como los de Bankia, Banco Popular Español, Pescanova o Abengoa.

-Otra consecuencia, con un contenido más jurídico pero con transcendencia económica sobre todo para los perjudicados por el fraude, fue la dificultad de concretar qué responsabilidades tienen los distintos intervinientes en el mercado. Así, los perjudicados por el desplome de Let's Gowex, ¿a quién pueden reclamar? ¿Sólo a su administración social y a su auditor? ¿Tienen alguna responsabilidad el Asesor Registrado contratado por la compañía y la sociedad que gestiona y supervisa el MAB?

La cuestión es importante para los perjudicados porque es previsible que si la responsabilidad se limita a administradores sociales y auditor no se encuentren bienes suficientes con los que resarcir sus pérdidas; de modo que les interesaría que la responsabilidad se extendiese al Asesor Registrado y/o a la sociedad rectora del MAB.

En este sentido, varios inversores han presentado demandas ante los juzgados civiles de Madrid contra el Asesor Registrado de Let's Gowex para que éste les indemnice por las pérdidas sufridas. Se le imputa responsabilidad con fundamento en que habría incumplido sus obligaciones de comprobar que esa sociedad cumplía materialmente con las condiciones de acceso y permanencia en el MAB; es decir, que su función no se limita a asesorar a la empresa en la presentación formal de la documentación que exige el MAB, sino que debe comprobar que el contenido material de esa información es cierto y que la empresa realmente desarrolla el negocio tal como anuncia, con la viabilidad y expectativas que anuncia y que cabe esperar de cualquier empresa que acude al mercado bursátil a solicitar financiación. Hay ya varias sentencias de Juzgados e incluso de la Audiencia Provincial de Madrid que han desestimado estas demandas porque consideran que la obligación del Asesor Registrado se limita al asesoramiento a la empresa en la presentación de la documentación, sin que tenga obligación de comprobar que el contenido de esa información se corresponde con la realidad, lo cual supondría una duplicidad respecto a la labor del auditor.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia, de 11 de octubre de 2018, que indirectamente da la razón a los demandantes-antiguos inversores en Let's Gowex.

Esta sentencia trae causa de un expediente que la CNMV abrió contra Bolsas y Mercados Españoles Sistema Multilateral de Negociación, S.A. (BMESN), que es la empresa rectora y supervisora del MAB; expediente que dio lugar a que el Ministerio de Economía impusiera una sanción a esa empresa por haber omitido toda labor de supervisión sobre los asesores registrados en general y, en particular, sobre el Asesor Registrado de Let's Gowex.

De la lectura de esta sentencia se infiere que BMESN defendía que sí había cumplido con sus obligaciones de supervisión del MAB porque aprobó el Reglamento y las Circulares que lo rigen, incluyendo la regulación de los asesores registrados; y que supervisó efectivamente la labor del AR de Let's Gowex. Sin embargo, según el Abogado del Estado, que defiende la corrección de la sanción, lo que hizo el BMESN fue externalizar su labor supervisora en los Asesores Registrados, confiando en que éstos actuarían correctamente en el cumplimiento de sus obligaciones, comprobando materialmente la corrección real y no sólo formal de la información de las empresas que les contratan; su confianza llegó al extremo de que ni siquiera conocería el contenido del contrato entre Let's Gowex y su Asesor Registrado.

Es decir, según la CNMV y el Abogado del Estado, la situación es cabalmente la opuesta a la que defiende el Asesor Registrado de Let's Gowex y que han considerado las sentencias que han desestimado las demandas dirigidas contra éste: según el AR de Gowex y las sentencias civiles dictadas hasta ahora, el AR sólo tiene funciones de asesoramiento formal; según la CNMV, es quien tiene las funciones de supervisión material, ya que la empresa rectora del sistema habría externalizado en el AR esa supervisión.

Después de resumir las posiciones de las partes (el Abogado del Estado, en defensa de la sanción acordada por el Ministerio como final del expediente abierto por la CNMV, por una parte; y BMESN, por otra), la sentencia de la Audiencia Nacional cita cuál es la normativa aplicable para concluir que el AR efectivamente tiene funciones que transcienden de las meramente formales en cuanto a la presentación de información para incluir obligaciones sustantivas de comprobación de que la empresa asesorada cumple con los requisitos para acceder y mantenerse en el MAB y dar seguridad a los inversores, de forma que le corresponde la función de lo que en el mundo económico se califica como gatekeeper; es decir, hay un doble nivel de supervisión: un primer nivel que desarrolla el asesor registrado y un segundo nivel que ha de desarrollar el organismo rector del MAB, y por cuya omisión el Ministerio ha sancionado a BMESN:

Los Asesores llevan a cabo, a tenor del punto quinto de la Circular 10/2010, una labor de asistencia a las empresas con valores incorporados al segmento de Empresas en Expansión del MAB, y en general les corresponden cometidos concretos, como: comprobar que la compañía cumple los requisitos de regulación del segmento para su incorporación al MAB; asistirle en la preparación del folleto informativo o documento de información alternativo, revisar que la información de la empresa cumpla con las exigencias legales y no omita datos relevantes ni induzca a confusión; una vez incorporada al MAB revisará la información que la compañía haya preparado para remitir al MAB, tarea de asesoramiento, o en caso de potencial incumplimiento relevante de las obligaciones asumidas trasladará al MAB los hechos que puedan suponer incumplimiento. Por último, le corresponde "Gestionar, atender y contestar las consultas y solicitudes de información que el mercado le dirija en relación con la situación de la compañía, la evolución de su actividad, el nivel de cumplimiento de sus obligaciones y cuantos otros datos el mercado considere relevantes en relación con la actuación de la compañía ....".

Para el desarrollo de sus funciones el Asesor Registrado deberá "suscribir las declaraciones que la normativa del MAB prevea, con carácter general, con ocasión de la incorporación de valores al segmento de Empresas en Expansión o en relación con la información exigible a las empresas con valores a él incorporados" y "cursar al Mercado, a la mayor brevedad posible, las comunicaciones que contesten las consultas y solicitudes de información que este último pueda exigirle".

Como se ve, este régimen, confirma la obligación de establecer unos protocolos internos de actuación en orden a verificar la información de los Asesores y empresas, ya que existe una obligación explícita de "contrastar la información facilitada por los Asesores Registrados", pese a las obligaciones de verificación que a estos incumbe a su vez (Estos tienen en definitiva funciones de consultor y vigilante de la legalidad del comportamiento de las sociedades negociadas, lo que permite identificar el rol del asesor registrado con la que la ciencia económica denomina un gatekeeper, un "guardián" del sistema que filtra quiénes pueden acceder y permanecer en el MAB.).

(…)

La Administración apunta al hecho cierto de que este mercado tiene sus antecedentes en el AIM (Alternative Investment Market) de Londres. A su vez, los Asesores Registrados no son sino una figura tomada de los "Nominated Advisors" (NOMADS), cuyo rol es el de un colaborador necesario de las empresas mientras permanezcan en el Mercado Alternativo Bursatil. Pero, tal y como destaca la Administración y la doctrina, el AIM lleva a cabo una supervisión continua de sus NOMADS para verificar que estos cumplen con sus múltiples tareas, siendo sometidos a expedientes disciplinarios que pueden culminar con la expulsión del mercado, así como a una responsabilidad propia de derecho privado como consecuencia del incumplimiento de sus funciones.


Si esto es así, parece claro que tanto el Asesor Registrado como BMESN han de tener responsabilidad por las pérdidas sufridas por los accionistas de Let's Gowex, de modo que quienes aún tengan en trámite sus procedimientos judiciales o hayan interrumpido la prescripción mediante reclamaciones extrajudiciales podrán utilizar la doctrina de esta sentencia para reclamarles el resarcimiento de las pérdidas sufridas.

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  1. en respuesta a Hijodethor
    -
    #20
    21/01/21 16:41
    Por lo que veo en ese foro es una sentencia del Juzgado de Primera Instancia. Hasta ahora todas las sentencias de Juzgados de Primera Instancia y Audiencias Provinciales han sido favorables a E&Y. Creo que estas sentencias están equivocadas en cuanto a la función del asesor registrado y por eso he interpuesto recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que aún está pendiente de que éste decida si la admite o no a trámite: suele tardar unos dos años abundantes en decidir. Si el TS admitiera el recurso y luego lo estimase (entre ocho y diez meses más), se deberían ganar el resto de procedimientos en trámite o pendientes de presentar (éstos siempre que se haya interrumpido la prescripción con reclamaciones extrajudiciales). Queda también la posibilidad de reclamar al gestor del MAB, siempre que se haya interrumpido la prescripción.
  2. en respuesta a Consumerista
    -
    #19
    21/01/21 16:25
    Buenas Tardes.
    Gracias por responder  tan rapido, se lo ocupado que esta.
    El link no lo tengo lo estoy preguntando a un forero que es el que da la noticia.
    https://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/794625-gowex?page=2854
    En cuanto salga lo pongo.
    Un saludo
  3. en respuesta a Hijodethor
    -
    #18
    21/01/21 14:04
    No conozco esa sentencia, no soy parte en ese procedimiento y no encuentro ninguna noticia sobre ella. ¿La tienes o puedes darme algún detalle?
  4. #17
    21/01/21 02:15
    Buenas.
    Me acabo de enterar que salio la sentencia el dia 18 de Enero 2021 en el que el auditor Ernest and Young se acaba de librar de pagar las costas del juicio, entiendo que esto es muy malo y que no hay posibilidad de recuperar el dinero , no se como lo ve.
    Un cordial saludo
  5. en respuesta a Consumerista
    -
    #16
    13/02/20 18:17

    Igualmente para usted y sus representados en ese interminable recurso de la sala civil del TS.

    Paciencia, suerte y justicia.

    Salu2

  6. en respuesta a confused.com
    -
    #15
    13/02/20 17:31

    Pues que haya suerte y justicia.

  7. #14
    13/02/20 16:07

    Estimado señor indicar que algunos hemos conseguido denunciar, y ser esta aceptada a trámite, una demanda civil contra BME y E&Y.

    Admitida a trámite la demanda de 140 accionistas de Gowex contra BME y EY https://bit.ly/38oSQ05

    http://www.rtve.es/noticias/20200213/admiten-tramite-demanda-140-accionistas-gowex-contra-bme-ey/2001164.shtml

    El tiempo y la justicia dirá!

    Salu2

  8. en respuesta a Hijodethor
    -
    #13
    06/02/20 19:18

    E&Y responderán si son demandados por los afectados en vía civil y se gana, que es lo que decía en mi anterior mensaje que está pendiente en el Tribunal Supremo respecto a unas personas concretas. En vía administrativa no van a tener sanción. NO al menos en el procedimiento en que se sancionó a BME.

  9. en respuesta a confused.com
    -
    #12
    06/02/20 19:02

    Hola confused.
    Esta bien que hayan pillado a BME pero que hay de ernest and young? esos son los que de verdad tienen el dinero para poder indemnizar a los afectados.

  10. en respuesta a Hijodethor
    -
    #11
    06/02/20 18:35

    Efectivamente, BME tiene los dedos pillados...

    https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/07/09/mercados/1562683420_222022.html

    Y vía civil algunas demandas ya se han presentado.

    El penal es lo que es, una lentitud que tiene a Genarete tocado, ya que sabe que le va a caer años y ahora está atado, sin pasaporte, "algunas" cuentas congeladas, sin poder tener actividad chiringetera ludópata,...etc.

    Osea que está deseando que acabe el penal y empezar a cumplir condena el sicópata!

  11. en respuesta a Consumerista
    -
    #10
    06/02/20 17:34

    Gracias.

  12. en respuesta a Hijodethor
    -
    #9
    06/02/20 17:26

    Esto no es un foro, es un blog, que voy actualizando de tarde en tarde, cuando los pleitos que defiendo me dejan algún hueco; y trato diversos temas, por lo que alguno puede quedarse algo descolgado.
    La sentencia de la Audiencia Nacional que motivó esta entrada fue recurrida y el Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso Administrativo) no admitió a trámite el recurso, por lo que la sanción a BME es firme.
    Por otro lado, está pendiente de admisión por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo otro recurso que presenté yo, defendiendo a unos afectados, en que se solicita la responsabilidad civil del asesor registrado; pero la Sala de lo Civil está demorando algo más de dos años en resolver las admisiones a trámite de los recursos que le llegan, así todavía nos queda alrededor de año y medio de espera para esa decisión inicial.

  13. en respuesta a confused.com
    -
    #8
    06/02/20 16:51

    Buenas tardes.
    Ha pasado casi un año desde el ultiimo mensaje publicado en este foro y no hay noticias.
    Entiendo que la cosa esta muy mal,no?.
    Hay posibilidades de recuperar el dinero o parte de el o nos olvidamos del tema?, perdon por ser tan negativo pero veo que la cosa esta muy parada y eso suelen ser malas noticas.
    Un cordial saludo.

  14. en respuesta a luis1468
    -
    #7
    04/03/19 08:07

    Hola Luis1486,

    No se sabe aun, solo se podría encontrar una vez salga la sentencia del recurso y/o se filtre a la prensa, se este dentro del proceso.

    Toca seguir atentos,pero que por tiempo ya tenia que haberlo echo el recurso.

    Estemos atentos y si sale algo se comparte.

    Salu2

  15. en respuesta a luis1468
    -
    #6
    01/03/19 13:04

    No intervengo en ese procedimiento, no tengo más información.

  16. en respuesta a confused.com
    -
    #5
    01/03/19 11:37

    Buenos dias, desde que se publicó la sentencia de la AN contra BME y EY, estamos de forma continuada intentando obtener información al respecto, si han presentado recurso ante el Supremo y no hemos tenido fruto, podrías informarme al respecto si es posible? Tienes conocimiento de si han recurrido o no? Muy agradecido de antemano. Un saludo

  17. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #4
    15/12/18 12:17

    JUSTICIA, que como nadie de los supervisora pudo observar/descubrir tal cual estafa del Psicópata de Jenaro!!!

    Sentencia:

    http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=8560124&links=BOLSAS%20Y%20MERCADOS%20ESPA%C3%91OLES&optimize=20181106&publicinterface=true

    Publicación BOE sanción:

    https://www.boe.es/boe/dias/2017/04/01/pdfs/BOE-A-2017-3644.pdf.

    En el BOE indicado, aparece la sanción de 150.000 euros que la CNMV en Resolución de 27 de febrero de 2017 impone a Bolsas y mercados españoles (BME) por el asunto Gowex.
    Lo importante, para los interesados que hayan notificado a BME y E&Y su intención cada año de demanda civil via burofax, es que se califica la falta de MUY GRAVE.

    Si fuera la falta GRAVE con dificultad podría exculparse de su negligencia en los tribunales. Al ser MUY GRAVE,confirmada por la Audiencia Nacional, BME no se libra de su responsabilidad y el duo e&y/BME ya se pueden pelear para ver quien paga a los afectados!

    Aun se puede recurrir al TS, aunque creo que el plazo pasó y no lo han hecho...

    Salu2

  18. en respuesta a hepyco
    -
    #3
    13/12/18 17:38

    Quien no haya hecho ninguna reclamación tendrá sus posibles acciones contra BMESN y el Asesor Registrado prescritas. Le queda la posibilidad de personarse en el procedimiento penal contra Let's Gowex y su administrador social, si es que todavía está en una fase en que se pueda hacer, no lo sé porque no intervengo en el procedimiento penal.

  19. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #2
    13/12/18 13:10

    y la gente que no ha denunciado habida cuenta de que hasta ahora no ha servido para nada. Quedan desamparados ?

  20. Luis Ángel Hernández
    #1
    12/12/18 19:43

    Gracias por compartir esta sentencia, me sorprende que con las implicaciones que tiene no haya tenido mayor repercusión mediática. Lo de los Asesores Registrados, BME, auditores y proveedores de liquidez es una terna complicada de entender en el MAB y lo peor es que a la vista de los resultados no cumplen los objetivos para los que fueron creado, salvando siempre las excepciones.

    Saludos