6% T.A.E., es decir, anual, es decir, 6/12 meses: 0,5% al mes durante 3 meses: total 1,5% de la inversión en esos 3 meses. Y eso antes de impuestos.
Salvo error por mi parte, es así. Quizá así te cuadre más. Todos los intereses son T.A.E. ( = Tasa Anual Equivalente ).
Un saludo.
Txipiron.
Si no, sería un verdadero chollo!!! Quizá ahora la oferta ya no te parezca tan atractva¿?. Eso sí, no tiene riesgo y te dan mucho más que en una cuenta corriente normal. Pero para ganar dinero, mejor la BOlsa y existen valores de riesgo y otros de menos riesgo...
Un slaudo.
Txipiron.
Precisar que ese 7% es 7% TAE, es decir, que 7% sería en el caso de que fuera una inversión a 1 año. Al ser el fondo a 1 mes al 7% TAE, te dan un interés de 7/12 meses= 0,58% por ese mes de inversión. Además, sería antes de impuestos.
Por si desconoces esta circunstancia.
En todas estas ofertas es así.
Un saludo.
Txipiron.
Incluso, dentro de la página oficial de ING aparece 2,45% pinchando en apartado "cuenta naranja"... Y no hay noticias que vayan a aumentar al 3%.
Se les podría llamar y preguntar, jeje.
Un saludo.
Txipiron.
Pues sí es interesante... A ver si hay un pique entre ellos y los inversores salimos ganando.
Es gracioso que la condición sea fondos que están en otras entidades.
Un saludo.
Txipiron.
Hola Chanquete.
Hace un tiempito que no te pasas...jeje.
a mí ese criterio me parece absurdo porque son absolutamente asimilables o análogos. Al banco o caja lo que le interesa es que el importe mensual que cobra su cliente vaya directamente a su cuenta y, con ello, a las arcas del banco, y por tanto, ¿qué diferencia hay entre uno y otro?
Si alguien lo sabe ( si sabe la diferencia que puede haber como para que la pensión no sea análoga a la nómina a los efectos de cobrar el seguro gratuito por fallecimiento, lo de ING...
Un saludo.
Txipiron.
Hablando se diferencias dependiendo si es nómina o pensión lo que tienes domiciliado, en la BBK ( no sé si también en otras entidades bancarias ) no te abonan la indemnización del seguro gratuito para casos de fallecimiento o grandes incapacidades si lo que tienes domiciliado es pensión. No se entiende análogo a nómina. Sí que hay otros casos que se consideran análogos a nómina.
¿conocéis casos de éstos?
Un saludo.
Txiprion.