Hola, gracia por tu respuesta.Si tienes razón es ir a límite pero simplemente estaba planteando un supuesto para que me quedará claro el funcionamiento a través de vuestras respuestas al mismo, así de paso quién lo lea y le surja una duda parecida pues ahí tiene más información al respecto.Igual me he explicado mal, pero yo no quería dar a entender que sea un juego de niños presentar ningún modelo a la Agencia Tributaria, solo he dicho que si hay que hacerlo pues no tengo problema en hacerlo.Un saludo.
Hola de nuevo:Muchas gracias por tú respuesta, si en lo de Mayo estamos de acuerdo, pero me has dejado un poco sorprendido con lo de la promoción en el 4 trimestre, no sé muy bien a qué te refieres si eres tan amable de explicarmelo.Un saludo.
Estoy de acuerdo con tú apreciación sobre este banco y la forma de expresarlo que has tenido.Yo he sufrido también la incidencia y no pasa nada. Vivimos en la época de la inmediatez....Un saludo.
De acuerdo comprendido, eso me estaba pareciendo a mi que no tenía nada que ver con Raisin, de ahí mi primera confusión al leer esto en este foro.Un saludo.
Me ha ayudado mucho tú respuesta, a eso me refería yo también lo entiendo así de todo lo que he leído al respecto y entiendo que cuando se trata de un depósito sin interés compuesto así tendría que ser, tal y como lo explicas.Gracias por tú consejo. Y con respecto a las normas tributarias pues a presentar el modelo en cuestión de turno si así toca, no me plantea ningún problema el hacerlo, pero a día de hoy quería tenerlo claro solo eso.Un saludo y muchas gracias.
Hola de nuevo,Si eso lo entiendo pero si lees mi mensaje ahora estaba planteando un depósito a 5 años con los intereses pagaderos a vencimiento, es decir a los 5 años, y mi duda es si Raisin en las declaraciones de esos años va indicando el capital mas los interes generados o solo el capital los cinco años hasta cobrar todo y retirar los intereses entonces.Espero haberme explicado correctamente, un saludo.
Muchas gracias por la respuesta tan rápida.Me lo has aclarado a la perfección en el supuesto que he trasladado en mi anterior mensaje está claro que no habría que presentar dicho modelo 720.Ahora la duda siguiente es si se trata de un periodo superior de inversión al año, por ejemplo 5 años, si los intereses no son compuestos y se cobran al vencimiento junto con el capital, pasaría lo mismo? o va marcando Raisin los intereses año a año?No sé si me explico bien.De nuevo muchas gracias por vuestra atención, un saludo.
Hola buenas noches:Este se trata de mi primer post en el foro y aprovecho para saludar a todos los compañeros.Estoy muy interesado en la plataforma Raisin y os leo atentamente pero mi primera duda es la siguiente, no comprendo muy bien el funcionamiento del módelo 720 para la Agencia Tributaria.Me explico he leído sobre el tema aquí y en la propia pagina de Raisin y mi duda principal es si yo hago un depósito de 50000 euros a un año por ejemplo, entiendo que el año que viene no tendré que presentar el módelo 720 al no pasar el límite, pero la duda es cuando en mayo del año siguiente me paguen el dinero más los intereses, sean cuales sean estos ya pasaré el límite, y aunque retire por ejemplo los intereses a mi cuenta en España y solo dejé los 50000 euros tendría al año siguente que presentarlo?Espero haberme explicado con claridad, agradezco vuestras respuestas y atención.Un saludo.